La Fiscalía denuncia por sedición a las personas o entidades que impulsan «movimientos populares» para imponer el referéndum independentista
Así quedó uno de los coches patrullas de la Guardia Civil: prácticamente destrozado.

La Fiscalía denuncia por sedición a las personas o entidades que impulsan «movimientos populares» para imponer el referéndum independentista

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22/9/2017 16:05
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Actualizado: 22/9/2017 20:41
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El acoso a la Guardia Civil, durante los registros y las detenciones llevadas a cabo el pasado miércoles y jueves en el que una masa de gente destrozó tres coches patrulla, no va a salir gratis. La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado una denuncia por sedición contra las personas que «han inducido, sostenido o dirigido estas actuaciones» o «la existencia de un concierto de voluntades entre personas o entidades, públicas o privadas, que con sus actos hayan impulsado movilizaciones generalizadas o movimientos populares para imponer el referéndum independentista  inconstitucional por la fuerza de la intimidación».

La denuncia le ha correspondido por reparto al magistrado Ismael Moreno, titular del Juzgado Central de Instrucción 2 de la AN, un hombre que antes fue policía.

El teniente fiscal de la AN, Miguel Ángel Carballo Cuervo, suscribe la denuncia en la que solicita al magistrado que ordene a la Guardia Civil que elabore un atestado en el que informe de todo lo ocurrido y sufrido ese día, en el ejercicio de sus funciones y en cumplimiento de las resoluciones dictadas por el magistrado del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona.

De acuerdo con la Fiscalía, la finalidad de las personas que protagonizaron dichos actos estaba orientada «a impedir que funcionarios de la Administración de Justicia y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pudieran desarrollar sus funciones en cumplimiento de la Ley y de las resoluciones dictadas por una autoridad en el seno de un procedimiento judicial».

El objetivo último de las movilizaciones era conseguir la celebración de un referéndum para conseguir la proclamación de una república catalana independiente de España.

«Los hechos relatados en el presente escrito de denuncia son, en principio, constitutivos de un delito de sedición previsto en el artículo 544 y siguientes del Código Penal

DESCARGAR LA DENUNCIA DE LA AN: DENUNCIA POR SEDICIÓN DE LA FISCALÍA DE LA AN

«1º) Dice el artículo 544 CP: “Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.”

«2º) Debe, por otra parte, tenerse en cuenta que el art. 548 CP castiga la provocación, la conspiración y la proposición para cometer el delito de sedición extendiendo así la intervención penal a los actos preparatorios. El Legislador ha optado por anticipar la respuesta penal con la finalidad de poder neutralizar el alzamiento evitando el riesgo de una quiebra definitiva del sistema legal e institucional».

La persecución del fin pretendido solo es delictivo si se lleva a cabo realizando la conducta típica: «alzarse públicamente y tumultuariamente, elemento que equivale a que el alzamiento sea caótico, anárquico, inorgánico y desordenado,  “aunque nada impediría, según opinión unánime, que de ser organizado y ordenado también se aplicara el precepto analizado” (STS. 1049/1980, de 10-1)», añade la Fiscalía.

«La sedición exige además que el alzamiento se lleve a cabo por la fuerza o fuera de las vías legales.  El Auto del TSJPV  (Auto 11/2005, de 1-3) resume las posiciones doctrinales señalando que para un sector el alzamiento público y tumultuario incluye  ‘todo levantamiento, sublevación o insurrección realizados de forma colectiva produciendo conmoción’, mientras que para otro sector ‘es característico al delito de sedición un cierto contenido de violencia, que no tiene porqué ser física ni entrañar el uso de la fuerza, pero que ha de vivificarse necesariamente en actitudes intimidatorias, amedrentarorias, etc'».

Por todo ello, la Fiscalía de la Audiencia Nacional solicita a que se abra un proceso de instrucción para identificar a los responsables de tales actos.

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