Derecho a la portabilidad de los datos y libre competencia, una relación que no siempre es sencilla
Asistencia notable a esta VII Cátedra internacional donde se analizó el nuevo derecho a la portabilidad, uno de los más complejos para las empresas tras la aprobación del RGPD.

Derecho a la portabilidad de los datos y libre competencia, una relación que no siempre es sencilla

Las conclusiones de la VII Conferencia Internacional de la Cátedra Google inciden en la importancia de este nuevo derecho emanado del RGPD, uno de los más complejos a la hora de desarrollar por las empresas
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04/7/2019 06:15
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Actualizado: 12/4/2022 10:36
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Los datos personales son de los ciudadanos que pueden trasladarlos de una empresa otra  siguiendo  el artículo 20 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Esa relación con la libre competencia, no siempre lograda,  fue abordada en el VII Conferencia Internacional de la Cátedra Google sobre Privacidad, Sociedad e Innovación de la Universidad CEU San Pablo.

En las mesas redondas y ponencias que se sucedieron a lo largo de la jornada y en la que participaron alrededor de una treintena de especialistas, se puso atención sobre el hecho de que, como afirmó el Titular de la Cátedra Google, José Luis Piñar “la portabilidad sin interoperabilidad y sin compromiso puede hacer que el derecho a la privacidad de los datos se quede en nada”.

Como ponencia inaugural fue la que impartió el presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), José María Marín, quien afirmó que las grandes compañías deben tenerla muy en cuenta esa libre competencia y no utilizar esa posición dominante para acabar esos datos personales con riesgo de monopolio en diferentes sectores.

En esa línea destaco que  desde las agencias de competencia y regulación se considera que los datos “no son de la nube, ni de las compañías, sino del usuario y, por ello, debe ser este quien decida cómo utilizarlo y cómo acceder a ellos».

Marín Quemada aprovechó el foro para asegurar que la institución que preside no “solo tiene el fin de regular y sancionar, sino también de colaborar con las empresas en aras de un correcto desarrollo de la actividad económica».

En relación con el derecho a la portabilidad de los datos entre empresas -elemento clave de esta séptima edición-, María Álvarez Caro, «Manager» de Políticas y Asuntos Públicos de Google España y Portugal daba su opinión.

“Llevamos ocho años facilitando la portabilidad de los datos personales y recalcó que el Reglamento General de Protección de Datos facilita el marco idóneo para garantizar una adecuada portabilidad y la deseada promoción de la competencia”.

Como invitados de excepción a lo largo de esta VII Conferencia Internacional se pudieron contar con las ponencias de Greg Fair, «Global Senior Product Manager» de Privacidad y Protección de Datos de Google y de Yann Padova.

Padova es socio responsable de Protección de Datos Personales en Baker & Mckenzie París y Exsecretario General de la Autoridad Francesa de Protección de Datos (CNIL).

En su exposición Fair, responsable global de muchos de los productos de Google en lo que respecta a la privacidad, explicó que la portabilidad es uno de los elementos en que la empresa está centrada desde 2007 y expuso en qué consiste el proyecto «Data Transfer» (DTP) para la portabilidad directa de datos personales, de empresa a empresa.

Con este proyecto “proporcionamos servicios seguros de transferencia de datos a empresas de cualquier tamaño. Queremos colaborar con todo tipo de compañía a cualquier escala, estamos abiertos a todo”.

Durante la mesa redonda en la que participó después, Fair afirmó que “la privacidad no es universal, la manera en que se percibe puede variar significativamente entre dos sujetos y por eso la información es tan sensible”.

Durante su ponencia, Padova analizó la evolución del «data sharing» o intercambio de datos desde el punto de vista empresarial desde su origen y explicó que se está percibiendo un cambio entre el citado intercambio de datos y el intercambio entre algoritmos y conocimiento:

“Este tipo de intercambio constituye el futuro”.

La portabilidad, un reto para las empresas

La primera mesa redonda, moderada por Marcos Judel, presidente de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP), versó sobre “el derecho a la portabilidad en el RGPD”.

Flora Egea, «Data Protection Officer» de BBVA, relató cómo, tras un período de “reticencia e incertidumbre” en el sector bancario se asentaron las bases de afianzamiento de la seguridad jurídica.

También destacó que quizá este derecho de portabilidad sea uno de los más complicados a la hora de desarrollar por parte de las empresas.

José Amérigo, secretario general Técnico del Ministerio de Justicia y conocedor de primera mano del proceso de adaptación de la Ley Orgánica de Protección de Datos española al reglamento europeo, remarcó que el derecho de la portabilidad, también dio su opinión: «Es representativo de los problemas a los que nos enfrentamos en la redacción de la Ley”.

Por su parte, Javier Torre de Silva, socio de CMS Albiñana & Suárez de Lezo y Letrado (exc.) del Consejo de Estado hizo énfasis, por su parte, en la necesaria distinción entre los datos personales y los no personales, que –como describió– “tienen un extraordinario valor económico”.

En cuanto a la portabilidad de estos últimos, informó de que la doctrina no da por hecho que deba existir y de que no se reconoce con carácter general: “cuando ya no hay un derecho fundamental de por medio, la balanza está desequilibrada”.

Para Torre de Silva, debe tenerse “cuidado con la regulación de la portabilidad en los distintos Estados miembros; estamos en un período transitorio, pero las reglas del juego deberían ser iguales para todas las empresas sin generar distorsiones”.

A lo largo de esta VII Conferencia Internacional hubo otras intervenciones destacadas. Fue el caso de Thomas Van der Valk, «Privacy Policy Manager» de Facebook para Europa, Oriente Medio y África, quien  incidió en la importancia de la portabilidad de los datos en el seno de su compañía:

“Es un asunto clave; la integridad, cuando la privacidad está en juego, ha de ser un servicio garantizado en cualquier lugar: el objetivo último es ofrecer protección de datos a todos los usuarios y no ponerlos en riesgo por el acceso de un tercero a su información privada”.

¿Cuál es el valor económico de los datos?

En el panel sobre portabilidad, economía del dato y derecho de la competencia, moderado por  Leticia López-Lapuente, socia directora del Área de Protección de Datos y Comercio Electrónico de Uría & Menéndez, se debatió sobre la vertiente económica del valor de los datos y sobre el hecho de que, desde la UE, existe concienciación de que la portabilidad ayuda a la competitividad.

En este sentido Mariano Bacigalupo, consejero de la CNMC, informó sobre la dificultad de la canalización del tratamiento de datos y reflexionó sobre la diferencia entre intercambio y acceso a los datos en los procesos de portabilidad de los números de los abonados y en los que se producen al margen de dicha portabilidad.

En su intervención, Lucas Blanque, letrado del Consejo de Estado y jefe de los Servicios Jurídicos del Consejo General de la Abogacía Española, ofreció un análisis de la portabilidad desde el punto de vista del sector público:

“Frente a las Administraciones Públicas no se puede ejercer el derecho a la portabilidad. Sin embargo, sí hay intercambio de datos entre ellas”.

Raúl Rubio, socio responsable de Tecnologías de la Información en Baker & Mckenzie, reflexionó sobre los datos aplicados a la banca y su tributación para llegar a una reflexión contundente como que “se empieza a valorar el dato económicamente, pero es difícil ponerle valor económico”, reconoció.

Finalmente, durante el acto de clausura, José Luis Piñar concluyó que “el derecho tiene que tener altura de miras y adelantarse al futuro siempre en permanente diálogo con la autorregulación que nos permita adaptarnos a la portabilidad, a la protección de datos y al derecho a la libre competencia”.

Por su parte, Pedro González Trevijano, magistrado del Tribunal Constitucional (TC) recordó que “es indispensable que haya garantías en los derechos de las personas».

«Es la primera vez que el TC dictamina que, en nuestra Constitución, puede haber un desarrollo de nuestros derechos fundamentales basado en un reglamento de la UE”, concluyó.

Refiriéndose a la reciente sentencia del Tribunal Constitucional por la que se anula la posibilidad de que los partidos políticos puedan tratar sin consentimiento datos sobre opiniones políticas.

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