Los hechos sancionados por la AEPD ocurrieron en una cena de empresa en un restaurante. Foto: Confilegal

Un restaurante, multado con 10.000 euros por difundir imágenes del torso semidesnudo de un cliente

La empresa titular del centro hostelero es Moreno y Arana S.L

14 / 04 / 2024 06:30

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado con 10.000 euros a un restaurante por difundir imágenes comprometidas de un cliente obtenidas de las cámaras. Aunque finalmente pagarán 6.000 por reconocer los hechos y acogerse al pago voluntario.

La persona que envió el archivo era un empleado. 

Se le sancionó por dos motivos. Con 7.000 euros por incumplir el artículo 5.1.f) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y con 3.000 por infringir el 32.

La reclamación fue interpuesta por el afectado. Le comentó a la AEPD que todo ocurrió en el contexto de una cena de empresa en un restaurante cuya titularidad era la mercantil Moreno y Arana S.L.

Según explicó, durante esa cena se recogieron a través de las cámaras de vigilancia de dicho local unas imágenes donde se mostraba su torso parcialmente desnudo. Estos archivos fueron enviadas por un empleado del bar a uno de sus compañeros de trabajo, que, en cuanto recibió tal contenido, le alertó a través de WhatsApp de lo que estaba pasando.

El afectado, junto con la reclamación, aportó a la AEPD diversas pruebas. La imagen donde se le veía a él en una mesa larga con el resto de comensales, capturas de pantalla con la conversación que mantuvo con el compañero y una denuncia presentada en su empresa por una presunta situación de acoso sexual.

El restaurante no respondió a los requerimientos de la AEPD

La AEPD, para conocer los detalles del asunto pidió explicaciones tanto al restaurante, que no respondió, y al compañero receptor del vídeo. Éste comentó que recibió las imágenes por la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp y que, en cuanto le llegaron, avisó a su compañero eliminó el vídeo.

Respecto al motivo por el cual recibió esas imágenes, el compañero manifestó que el mencionado trabajador del restaurante le dijo que lo hizo con el fin de que resultasen necesarias a efectos legales. Pues era un cliente habitual y ese día otros comensales que estaban en el restaurante se quejaron de él.

Para la AEPD, dicha difusión de imagen evidenciaba la falta de aplicación de medidas adecuadas de todo tipo, tanto técnicas como organizativas, que garantizasen la confidencialidad de los datos personales y, en particular, los del afectado.

Por otro lado, también detectaron una serie de ausencia de medidas de seguridad al haber accedido un trabajador a las imágenes captadas por las cámaras de videovigilancia.

Una serie de agravantes por las imágenes difundidas

A la hora de establecer la cuantía de la sanción, la AEPD tuvo en cuenta una serie de agravantes por la naturaleza de las imágenes difundidas donde aparecía el afectado con el torso semidesnudo. 

Pues una tercera persona las vio y ello podía dar la posibilidad de que pudiese almacenarlas. Y eso supone un mayor perjuicio que si se tratase de otro tipo de grabaciones. También consideraron como agravante la intencionalidad al haberse difundido. 

La AEPD le dio la opción a Moreno y Arana S.L de ver reducida su sanción si reconocían los hechos y aceptó. El 1 de marzo de 2024 procedió al pago de 6.000 euros. Aun así, la sanción no es firme porque puede ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Noticias relacionadas:

Límites al reconocimiento por videovigilancia de la Policía Local: disponer de la tecnología no justifica utilizarla

Alerta por un ciberataque con IA: modifica datos personales y accede a facturas de forma autónoma

La AEPD investigará el informe de Interior con nombres de periodistas y su supuesta ideología

Multa de 4.000 euros a una empresa de estructuras por grabar las conversaciones de sus trabajadores para justificar un despido

Un abogado no puede ignorar una petición de borrado de datos aunque esté de vacaciones

Se inventó multas de tráfico para ganar dinero y acaba multado con 2.000 euros por la web que utilizó para el engaño

Lo último en Tribunales

Schneider

El TSJ de Madrid avala el ERE de Schneider Electric pese a sus buenos resultados y rechaza la demanda de diez trabajadores

deudas

Firmó una deuda de 36.000 euros, la empresa le reclamó 40.123, y el tribunal solo dio por probados 12.565

jéssica rodríguez aldama ábalos caso mascarillas

La Audiencia Nacional confirma la imputación de Jéssica Rodríguez, expareja de Ábalos, en el ‘caso Koldo’

LEY DE NIETOS CERA

Iustitia Europa pide al Supremo suspender las elecciones del 29-N ante la polémica de la ‘ley de nietos’

PSOE madrid ferraz

Pedraz rechaza por ahora investigar al PSOE al no existir un “principio de prueba” suficiente