El acusado de arrancar de un mordisco un trozo de labio a su expareja niega que tuviera intención de hacerle daño
Afirma que nunca la agredió ni la insultó
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19/11/2019 14:54
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Actualizado: 19/11/2019 14:58
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El individuo acusado de maltrato a su expareja, a quien supuestamente arrancó de un mordisco un trozo de labio después de que ésta rompiese la relación, ha manifestado hoy en el juicio que «no fue» su «intención hacerle daño».
«Yo nunca la agredí», ha asegurado H. B. L. V. ante el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de La Coruña.
La Fiscalía pide 10 años de cárcel para él por los presuntos delitos de malos tratos habituales, agravado por la ejecución en el domicilio común; lesiones de género; y lesiones causantes de deformidad.
Señala que concurre la circunstancia de reincidencia en ambos delitos de lesiones, y la agravante de parentesco y la de ejecutar el hecho por razón de género en el delito de lesiones causantes de deformidad.
La Fiscalía sostiene que poco después de que la pareja comenzara a convivir, «el acusado comenzó a hacer gala de su carácter agresivo, celoso y controlador» y «decidió conseguir la sumisión de ésta mediante el empleo constante de la violencia verbal y física sobre ella, de manera que creó en el hogar un ambiente de temor y humillación que provocó el retraimiento de la mujer a la hora de denunciar la situación que estaba viviendo».
Afirma que la insultaba prácticamente «a diario» y que le arrancó de un mordisco un trozo de labio después de que ésta pusiera fin a la relación.
Informa que «la víctima recuperó el trozo de labio y lo preservó en hielo, lo que permitió su posterior reimplantación».
Fue intervenida quirúrgicamente dos veces.
A preguntas del Ministerio Público, H. B. L. V. ha declarado no tener conocimiento de la «gravedad» de las lesiones provocadas a su expareja, según ha dicho, a raíz de un beso.
«Si tuviese intención, le hubiese hecho daños mayores», ha afirmado H. B. L. V., que sostiene que fue un accidente.
«Yo en ningún momento la agredí», ha manifestado.
Ha expuesto que las discusiones que tuvo con su entonces pareja se limitaban a asuntos económicos y también ha negado haberla insultado.
LA VERSIÓN DE LA DENUNCIANTE
«En principio era una relación buena, pero después empezó con los malos tratos físicos y verbales», ha explicado la denunciante.
Ha contado que de esta situación eran conocedores los hijos que convivían con ellos en la vivienda, y que incluso en alguna ocasión el hijo del acusado «llegó a intervenir» en alguna disputa.
EL RELATO DE HECHOS DE LA FISCALÍA
Según el escrito de acusación de la fiscal, H. B. L. V. mantuvo una relación sentimental con L. P., que comenzó aproximadamente a mediados de 2016, y ambos convivieron durante unos dos años en La Coruña en un domicilio que compartían con el hijo de él y dos hijas de ella, todos mayores de edad.
Afirma que H. B. L. V., de manera prácticamente diaria, insultaba» a la pareja con expresiones como “p***, z***, gorda, me das asco”, «al tiempo que, en el curso de discusiones que mantenían, llegaba a hacer amagos de agredirla, aunque en muchas ocasiones se interponían las hijas de su pareja».
Asimismo, apunta que éste «le controlaba las llamadas telefónicas» y que «llegó a fracturar uno de los terminales de la mujer, además de poner todo tipo de impedimentos para que saliese sola de casa».
La fiscal relata que la mujer interpuso la denuncia el 10 de junio de 2018, «debido a que durante la noche anterior, entre los días 9 y 10 de dicho mes, se produjo otro incidente entre ellos en el dormitorio común, en el curso del cual el varón llegó a agarrarla del cuello, apretándoselo violentamente, además de golpearla y proferir todo tipo de expresiones insultantes (del tenor de las ya expuestas) y otras amenazantes».
Indica que acudió a los servicios médicos del Sergas, y se le diagnosticó «una lesión erosiva en el cuello de un centímetro, consecuencia del episodio descrito».
La fiscal señala que después de que la mujer presentara la denuncia se produjo la ruptura definitiva de la relación y el acusado abandonó voluntariamente el domicilio.
Cuenta que el 13 de agosto de 2018, alrededor de las 22.00 horas, cuando la mujer regresaba a su casa, se percató de la presencia de su expareja a bordo de un vehículo, del cual descendió y la abordó pidiéndole hablar con ella, a lo que ésta se negó.
Indica que el acusado desistió de seguir importunándola cuando la mujer se aproximó a las terrazas de establecimientos públicos que había en el lugar, llenas de gente.
Añade que ésta avisó telefónicamente del incidente a una de sus hijas y que a los pocos minutos el hijo del hombre se acercó a buscarla.
Según la Fiscalía, al entrar ambos en el edificio donde se ubicaba su vivienda, en uno de los rellanos fueron interceptados por el acusado, y la mujer se parapetó detrás del hijo de él, que intentaba evitar que su padre se aproximase a ella, pero fue apartado de un empujón por él.
Relata que acto seguido, H. B. L. V. «agarró la cabeza» de su expareja, le mordió en el labio inferior y le arrancó 2/3 de éste, que escupió cuando abandonaba el lugar».
«Todo ello con la clara intención de dejar constancia de su dominio físico sobre la mujer, del desprecio absoluto de su decisión de no volver con él y aumentar deliberadamente el sentimiento de humillación de ésta, derivado del grave afeamiento del rostro y el agudo dolor físico así causados», agrega.
La fiscal explica que que antes de ser asistida por una ambulancia, ayudada por una de sus hijas y por el hijo del acusado, «la víctima recuperó el trozo de labio y lo preservó en hielo, lo que permitió su posterior reimplantación para atenuar el negativo impacto estético del arrancamiento».
Informa que la mujer curó a los 59 días, de los cuales 20 fueron de total incapacidad para la realización de sus labores habituales y dos de ingreso hospitalario.
CONDENADO POR UN DELITO DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y LESIONES A UNA PAREJA ANTERIOR
La Fiscalía señala que el acusado fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 6 de La Coruña en sentencia firme, del 22 de julio de 2016, como autor de un delito de violencia de género y lesiones a una pareja anterior.
Fue sentenciado a las penas de 60 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad (cumplida el 7 de marzo de 2017), privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 3 años (para cuyo cumplimiento fue requerido el 22 de julio de 2016) y prohibición acercamiento y comunicación durante dos años a la víctima (requerido en la misma fecha); así como dos años de privación de la patria potestad (con idéntica fecha de requerimiento).
Indica que fue sentenciado a 60 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad (cumplida el 7 de marzo de 2017), privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 3 años (para cuyo cumplimiento fue requerido el 22 de julio de 2016) y prohibición acercamiento y comunicación durante dos años a la víctima (requerido en la misma fecha), así como dos años de privación de la patria potestad (con idéntica fecha de requerimiento).
Por el caso por el que ha sido juzgado hoy fue detenido el 13 de octubre de 2018 e ingresó en prisión provisional el 15 de octubre.
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