La Audiencia de La Coruña juzga hoy a un individuo acusado de arrancar de un mordisco un trozo de labio a su expareja
La fiscal señala que poco después del inicio de su vida en común, "el acusado comenzó a hacer gala de su carácter agresivo, celoso y controlador en relación con su pareja y decidió conseguir la sumisión de ésta mediante el empleo constante de la violencia verbal y física sobre ella".

La Audiencia de La Coruña juzga hoy a un individuo acusado de arrancar de un mordisco un trozo de labio a su expareja

La Fiscalía reclama 10 años de cárcel
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19/11/2019 10:35
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Actualizado: 19/11/2019 13:56
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La Audiencia Provincial de La Coruña juzga hoy a un individuo acusado de maltrato a su compañera sentimental, a la que, presuntamente, arrancó de un mordisco un trozo de labio cuando ya había cesado la relación.

El acusado responde a las iniciales de H. B. L. V.

La Fiscalía pide para él 10 años de prisión.

Lo acusa de un delito de malos tratos habituales agravado por la ejecución en el domicilio común, del artículo 173.2 del Código Penal (CP); de un delito de lesiones de género del artículo 153.1, y de un delito de lesiones causantes de deformidad del artículo 150.

Indica que concurre la circunstancia de reincidencia (artículo 22.8ª CP) en los delitos de los artículos 153.1 y 150 del CP, y la agravante de parentesco del artículo 23 del CP y la de ejecutar el hecho por razón de género del artículo 22.4ª en el delito de lesiones del artículo 150.

Según relata la fiscal en su escrito de acusación, H. B. L. V. mantuvo una relación sentimental con L. P., que comenzó aproximadamente a mediados de 2016, y ambos convivieron durante unos dos años en La Coruña en un domicilio que compartían con el hijo de él y dos hijas de ella, todos mayores de edad.

Indica que poco después del inicio de su vida en común, «el acusado comenzó a hacer gala de su carácter agresivo, celoso y controlador en relación con su pareja y decidió conseguir la sumisión de ésta mediante el empleo constante de la violencia verbal y física sobre ella, de manera que creó en el hogar un ambiente de temor y humillación que provocó el retraimiento de la mujer a la hora de denunciar la situación que estaba viviendo».

La fiscal explica que el acusado, de manera prácticamente diaria, insultaba» a la pareja con expresiones como “p***, z***, gorda, me das asco”, «al tiempo que, en el curso de discusiones que mantenían, llegaba a hacer amagos de agredirla, aunque en muchas ocasiones se interponían las hijas de su pareja».

Apunta que «también le controlaba las llamadas telefónicas» y que «llegó a fracturar uno de los terminales de la mujer, además de poner todo tipo de impedimentos para que saliese sola de casa».

La fiscal señala que la mujer interpuso la denuncia el 10 de junio de 2018, «debido a que durante la noche anterior, entre los días 9 y 10 de dicho mes, se produjo otro incidente entre ellos en el dormitorio común, en el curso del cual el varón llegó a agarrarla del cuello, apretándoselo violentamente, además de golpearla y proferir todo tipo de expresiones insultantes (del tenor de las ya expuestas) y otras amenazantes».

Tras acudir a los servicios médicos del Sergas, «a la mujer se le diagnosticó una lesión erosiva en el cuello de un centímetro, consecuencia del  episodio descrito».

La representante del Ministerio Público indica que después de la presentación de dicha denuncia se produjo la ruptura definitiva de la relación y el acusado abandonó voluntariamente el domicilio.

Cuenta que el 13 de agosto de 2018, alrededor de las 22.00 horas, cuando la mujer regresaba a su casa, se percató de la presencia de su expareja a bordo de un vehículo, del cual descendió para, acto seguido, abordarla pidiéndole hablar con ella, a lo que ésta se negó.

Indica que el acusado desistió de seguir importunándola cuando la mujer se aproximó a las terrazas de establecimientos públicos que había en el lugar, llenas de gente. La mujer avisó telefónicamente del incidente a una de sus hijas y, a los pocos minutos, el hijo del hombre se acercó a buscarla.

Según explica, al entrar los dos en el edificio en el que se ubicaba su vivienda, en uno de los rellanos, fueron interceptados por el acusado, y la mujer se parapetó detrás del hijo del acusado, que intentaba evitar que su padre se aproximase a ella, pero fue apartado de un empujón por él.

«Acto seguido, agarró la cabeza» de su expareja, le mordió en el labio inferior y le arrancó 2/3 de éste, que escupió cuando abandonaba el lugar, todo ello con la clara intención de dejar constancia de su dominio físico sobre la mujer, del desprecio absoluto de su decisión de no volver con él y aumentar deliberadamente el sentimiento de humillación de ésta, derivado del grave afeamiento del rostro y el agudo dolor físico así causados», manifiesta la fiscal.

Apunta que antes de ser asistida por una ambulancia, ayudada por una de sus hijas y por el hijo del acusado, «la víctima recuperó el trozo de labio y lo preservó en hielo, lo que permitió su posterior reimplantación para atenuar el negativo impacto estético del arrancamiento».

La mujer curó a los 59 días, de los cuales 20 fueron de total incapacidad para la realización de sus labores habituales y dos de ingreso hospitalario.

Fue intervenida quirúrgicamente dos veces. La primera en agosto de 2018, con anestesia local, para la colocación de injerto desgrasado de mucosa labial, y la segunda al mes siguiente, con anestesia general, para la reconstrucción del labio inferior.

La fiscal explica que el labio ha quedado con una ligera atrofia y alteración de la pigmentación, que no impide el cierre de la boca, y que se aprecia, además, una cicatriz.

El acusado fue detenido el 13 de octubre de 2018 y por auto fechado a 15 de octubre se acordó su ingreso en prisión, con la prohibición adicional de cualquier comunicación con la víctima.

CONDENADO POR UN DELITO DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y LESIONES CONTRA UNA PAREJA ANTERIOR

La Fiscalía señala que este individuo ya había sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 6 de La Coruña, en sentencia firme del 22 de julio de 2016, como autor de un delito de violencia de género y lesiones a una pareja anterior.

Fue sentenciado a las penas de 60 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad (cumplida el 7 de marzo de 2017), privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 3 años (para cuyo cumplimiento fue requerido el 22 de julio de 2016) y prohibición acercamiento y comunicación durante dos años a la víctima (requerido en la misma fecha); así como dos años de  privación de la patria potestad (con idéntica fecha de requerimiento).

LA PENA QUE RECLAMA LA FISCALÍA

Por un presunto delito de malos tratos habituales agravado por la ejecución en el domicilio común, la fiscal reclama 3 años de prisión, así como la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 4 años (con pérdida de licencia si fuese titular de ésta) y la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, al domicilio de ésta y a su lugar de trabajo, así como la de comunicarse con ella por cualquier medio durante 5 años.

Por un presunto delito de lesiones de género pide una pena de un año de prisión, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 3 años (con pérdida de licencia si fuese titular de ésta) y la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, al domicilio de ésta y a su lugar de trabajo, así como la de comunicarse con ella por cualquier medio durante 3 años.

Por el delito del artículo 150 CP, 6 años de prisión, con inhabilitación durante ese período para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y la prohibición de aproximarse a menos de 200 m de LP.A.C., al domicilio de ésta y a su lugar de trabajo, así como la de comunicarse con ella por cualquier medio durante 10 años.

Además, reclama que como responsable civil, el acusado indemnice a su expareja con 38.000 euros por la secuela estética y el daño moral, con 1.077 euros por los días de incapacidad total, con 156 euros por los días de ingreso hospitalario, con 2.400 euros por las dos intervenciones quirúrgicas, y con 1.150 euros por los restantes días de curación.

Asimismo, solicita que el acusado indemnice al Sergas en las cantidades a que asciendan el coste de las atenciones médicas dispensadas la víctima, las cuales se determinarán en ejecución de sentencia mediante la facturación que corresponda según la asistencia.

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