La mujer y la procura: Un ejemplo de futuro

La mujer y la procura: Un ejemplo de futuro

8 / 03 / 2020 06:30

Nos tenemos que remontar hasta la Segunda República, y concretamente al artículo 40 de la Constitución de 1931, para ver reconocido por primera vez el derecho legítimo de las mujeres a elegir una profesión.

En el ámbito de la procuraduría, la pionera fue Carmen Illamola i Pirretas, primera mujer que se colegió en Cataluña, en el Colegio de Procuradores de Barcelona en 1936.

Pero no fue hasta 1962, en el marco de la apertura social que se emprendió durante el régimen franquista, cuando se empezó a incrementar la colegiación y, por tanto, el ejercicio de las mujeres en este gremio.

Aunque el acceso de la mujer a las profesiones jurídicas en nuestro país se puede calificar de reciente, en la actualidad el número de licenciadas en Derecho supera ampliamente al de licenciados, y esta progresión sigue en aumento.

La profesión de la procura es una gran desconocida para la mayoría de los ciudadanos y apenas se tiene conocimiento de cuáles son sus funciones o cometidos,  una labor que para los que no son juristas es de difícil compresión, a veces incluso para los que se encuentran inmersos en un proceso judicial.

Podría comenzar diciendo que la procura es una profesión libre, independiente y colegiada, que tiene como principal misión la representación técnica de quienes sean parte en cualquier procedimiento, y, en consecuencia, precisa del perfecto conocimiento del Derecho Procesal, lo que dota de seguridad a los procesos judiciales.

DESARROLLAMOS UN METICULOSO TRABAJO DIARIO

Esta sencilla, que no simple, frase hace que el trabajo que desempeñamos parezca invisible para nuestros representados porque todas aquellas gestiones que desarrollamos no se aprecian frente al justiciable, pero si se enumeran solo unas pocas, ya se puede uno imaginar el meticuloso trabajo diario que desarrollamos.

Algunas de esas funciones se pueden resumir en: control diario de señalamientos y términos, la participación activa en toda la gestión de la prueba, la actuación prácticamente exclusiva en la mayoría de actos de ejecución, y la recepción de notificaciones, citaciones, requerimientos, emplazamientos, entre otros.

También todas aquellas actuaciones judiciales que han de practicarse en días y horas hábiles sujetas a los oportunos y temidos plazos, de aquí que entre nuestros colegiados decimos que vivimos en “guardias permanentes”, y el cómo compaginar esas “guardias permanentes” con la conciliación familiar hace que las mujeres procuradoras articulen ambas tareas utilizando diferentes y variadas estrategias, sin obviar su profesionalidad.

El papel de la mujer en la Justicia en general y en la procuraduría en particular hay que entenderlo desde una visión histórica, en la que se ha pasado de una profesión tradicionalmente masculina, a una profesión abierta a hombres y mujeres de distintos sectores sociales. 

En  consecuencia,  nos  encontramos  hoy  con  una  profesión  jurídica en que la presencia de las mujeres es significativa y a menudo, mayoritaria.

En Cataluña concretamente el 63,7 % del total de profesionales de la procura son mujeres, siendo un trabajo de jornada completa, dado que por las mañanas se articula desde las distintas sedes judiciales y por las tardes en cada uno de los despachos.

Parece que mujer, jornada completa y conciliación no puedan ir de la mano, y ciertamente no es tarea fácil, ya que representa muchos sacrificios, pero por otro lado las mujeres procuradoras no sufrimos la brecha salarial ya que nuestros honorarios se perciben mediante aranceles, y el techo de cristal o la limitación a ocupar puestos de alta dirección está dejando de ser noticia.

El avance en la igualdad de género ya es palpable en nuestra profesión. Y me atrevo a decir que nuestro ejemplo debe servir como base para el ya imparable empoderamiento de las mujeres en todos los ámbitos de la sociedad en general y de la justicia en particular.

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