El Supremo avala el impuesto sobre viviendas vacías en Cataluña
La Sala de lo Penal del TS señaló que «lo relevante» no era cómo se suministraran los fármacos a la víctima, sino que se estaba prácticamente inconsciente.

El TS avala la condena a un hombre que abusó de su ex pareja cuando estaba casi inconsciente por la ingesta de fármacos

2 / 01 / 2023 14:41

Actualizado el 03 / 01 / 2023 08:01

El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la condena a 12 años y medio de cárcel dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife contra un hombre que abusó sexualmente de su ex pareja mientras estaba en un «estado de somnolencia profunda» debido a la ingesta de medicamentos.

Frente a las supuestas contradicciones que había señalado el recurso presentado por la defensa, la Sala de lo Penal del TS señaló que «lo relevante» no era la manera en que se le suministraran los fármacos a la víctima, sino que se encontraba en un estado en el que estaba prácticamente inconsciente cuando el hombre realizaba los actos por los que fue condenado por delitos continuados de abuso sexual y contra la intimidad.

El TS rechaza el recurso de casación presentado por el hombre en una sentencia del 21 de diciembre, con lo cual confirma su condena a 12 años y 6 meses de prisión y a pagar a la víctima una indemnización de 15.000 euros, un fallo que ya fue avalado por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Canarias.

Los hechos se remontan a octubre de 2018, dos meses después de que víctima y agresor pusieran fin a la relación sentimental que habían mantenido durante 24 años. A pesar de la ruptura, seguían compartiendo casa y, según el fallo, él aprovechó esa circunstancia para echar benzodiacepinas y ansiolíticos «de forma encubierta en las comidas» que daba a su ex pareja, lo que «la hacía caer en un profundo estado de somnolencia que anulaba su capacidad volitiva y sensorial».

En este contexto, «sin su consentimiento y aprovechando su estado de inconsciencia, realizaba distintos actos de contenido sexual», desde tocamientos a penetraciones, que grababa con su teléfono móvil.

Ella denunció los hechos en diciembre de 2019, dando lugar a un proceso judicial que acabó con la citada condena. Sin embargo, él presentó sucesivos recursos, llegando hasta el Tribunal Supremo, donde alegaba «falta de credibilidad» de la víctima por «las contradicciones de su testimonio» sobre la ingesta de psicofármacos.

En este sentido, el recurso detallaba que en la denuncia ella negó haberlos tomado, durante la fase de instrucción dijo que los había consumido en el pasado y finalmente expuso que, «ante las sospechas que tenía sobre esa ingesta, hacía tiempo que no ingería alimentos en la vivienda en la que residía con el acusado». Con todo, el hombre afirmó que se trataba de «juegos sexuales consentidos».

La Sala Segunda rechaza la impugnación manifestando que la ingesta de medicamentos quedó probada y subrayando que «lo relevante» en este caso no es tanto «el cómo se suministraron» sino «los efectos que produjeron en la víctima», que quedaron constatados en las grabaciones realizadas por el propio condenado.

A este respecto, los magistrados recalcan que los vídeos muestran que la mujer se encontraba en «un estado de somnolencia cercana a la privación de sentido», «incapaz de ejercitar su libertad sexual».

Además, ratifican la valoración de la Audiencia Provincial y de TSJ al afirmar que esa «somnolencia profunda» fue producto de «la ingesta de medicamentos subrepticiamente facilitados por el acusado».

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