Un policía de Valls logra que la Justicia le conceda 1.010 euros por los gastos derivados de su asistencia a cursos de formación
El Ayuntamiento autorizó la asistencia a ambos cursos y asumió el pago del transporte. Sin embargo, rechazó abonarle la manutención y el alojamiento.

Un policía de Valls logra que la Justicia le conceda 1.010 euros por los gastos derivados de su asistencia a cursos de formación

El Ayuntamiento se negó a pagarle la comida y las noches de hotel
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26/9/2023 06:30
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Actualizado: 26/9/2023 08:56
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La titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº2 de Tarragona, Natalia Jiménez Rodríguez, ha condenado al Ayuntamiento de Valls a pagar 1.010 euros a un policía local por los gastos de manutención y alojamiento derivados de su asistencia a dos cursos de formación. 

Según la sentencia 197/2023 de 8 de septiembre, el agente acudió en octubre y noviembre de 2021 a dos cursos de investigación sobre accidentes de tráfico organizados por el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña en un municipio que no era el suyo. Durmió fuera de casa un total de 11 noches. 

El Ayuntamiento autorizó la asistencia a ambos cursos y asumió el pago del transporte. Sin embargo, rechazó abonarle la manutención y el alojamiento, por lo que el policía local tuvo que pagar de su propio bolsillo más de 1.000 euros.

Se estaba vulnerando la norma

Ante esta negativa, el policía local, de la mano de su abogado David Nieto, del despacho Nieto Jones, decidió acudir a los tribunales al considerar que se había producido “una flagrante vulneración de lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón del servicio”. 

El recurso se fundamentaba en lo dispuesto en el artículo 7 de la citada ley, que hacía referencia a las comisiones derivadas de la asistencia a cursos convocados por la Administración, en el artículo 40 del acuerdo de condiciones de trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de Valls y, por último, en el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española. Pues a otros compañeros sí le habían concedido las dietas en otras ocasiones.

La magistrada, tras analizar el citado artículo 7, ha concedido al policía local un total de 1.010 euros ya que en dicha ley se establece que contando con autorización expresa y siendo el curso fuera del municipio en el que residen, pueden ser indemnizados.

David Nieto Prats, abogado que ha llevado el caso.

El Ayuntamiento no daba ninguna explicación convincente al policía

En palabras a Confilegal, el letrado ha explicado que “desde un primer momento el Ayuntamiento se negó a pagar los gastos, sin ofrecer al policía ninguna explicación convincente al respecto. Se estaba vulnerando la normativa vigente”.

A ello ha añadido que «seguramente la Administración contaba con que el funcionario -como ocurre en muchos casos- no reclamaría sus derechos en vía judicial. Además, la situación era tan arbitraria que el mismo Ayuntamiento durante años anteriores sí había pagado estos mismos gastos a otros policías del consistorio».

Por otra parte, Nieto ha destacado que esta sentencia tiene un valor simbólico importante. «Es un reflejo de que el derecho y la justicia están al servicio de los ciudadanos para evitar o revertir abusos e ilegalidades cometidos por el poder”.

«Para ello, es importante que existan ciudadanos valientes, como este policía local, que no se dobleguen frente a los abusos y que acudan a un abogado para reclamar lo que legalmente les pertenece». De modo que están contentos con la sentencia al considerar que se ha dado la vuelta a una situación que era «completamente injusta».

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