Los patinetes eléctricos o el exceso de trabajo, «factores de riesgo» en los accidentes in itinere
Imagen de la nauguracion de la VI Jornada Otono ASNALA. Fernando Ruiz, coordinador del grupo de Seguridad Social ASNALA junto a Ana Gomez, presidenta de ASNALA y Juan Manuel Criado CEO de Xeoris. Foto: ASNALA.

Los patinetes eléctricos o el exceso de trabajo, «factores de riesgo» en los accidentes in itinere

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25/11/2023 06:30
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Actualizado: 25/11/2023 01:28
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El teletrabajo llegaba durante la pandemia del Covid-19 y, aunque muchos consideraban que era para quedarse, lo cierto es que cada vez son menos las empresas españolas que mantienen el trabajo a distancia actualmente.

Y es que parece que la presencialidad en el trabajo coge cada vez más fuerza después de recuperar la normalidad tras la pandemia.

Algo que ha provocado, tal y como revela el último informe del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que haya aumentado el ´número de accidentes in itinere; es decir, los accidentes que sufren los trabajadores en el viaje de ida y vuelta del trabajo.

Así pues, tal y como destaca este informe realizado por el departamento de Yolanda Díaz, la transformación del teletrabajo, y el hecho de que cada vez sean más los trabajadores que acuden diariamente a sus oficinas y puestos de trabajo físicos, ha provocado que se haya producido también un incremento del 8,8% de los accidentes in itinere durante enero y septiembre de este año.

Un incremento que ha sido analizado detalladamente por los expertos durante la celebración de la VI Jornada de Otoño de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA).

«Un incremento de la movilidad supone una mayor probabilidad de sufrir un accidente in itinere» ha destacado la magistrada especialista y letrada coordinadora en el gabinete técnico del Tribunal Supremo Raquel Vicente Andrés. Un aumento de la movilidad que, sin embargo, parece tener muchas aristas de cara a la peligrosidad de los viajes al trabajo.

Así pues, según ha destacado la magistrada, lo cierto es que no sólo la caída del teletrabajo ha afectado al aumento de los accidentes, sino que también otros nuevos factores de la sociedad han podido influir en este baremo.

La magistrada Raquel Vicente Andrés y Fernando Ruiz Linaza, socio del Area Laboral en Deloitte y coordinador del grupo de Seguridad Social de ASNALA. Foto: ASNALA.

«La flexibilización del requisito mecánico de estos accidentes al admitirse otros medios no convencionales como es el patinete, que hoy en día lo usan muchos trabajadores para ir o volver del lugar de trabajo, confirman un factor adicional del riesgo en la circulación» ha asegurado Raquel Vicente de Andrés.

Eso sí, la magistrada no ha dudado en señalar que será el teletrabajo el punto que marcará la tendencia de los accidentes in itinere el próximo año.

Planteamientos en los que la abogada y especialista en responsabilidad civil derivada de accidentes de trabajo, Marta Checa García ha querido remarcar la importancia de la responsabilidad individual de los trabajadores en estos accidentes.

«La gran mayoría de los accidentes in itinere se deben a accidentes de circulación no correspondientes a la esfera del empresario, sino a la propia conducción del trabajador afectado o de terceros» ha asegurado.

Algo que hace que la responsabilidad de la empresa, según la abogada, «esté en principio, muy lejana».

Eso sí, a excepción de los casos en los que los vehículos sean suministrados por la empresa y «adolecieran de un correcto mantenimiento», o bien que «los casos en los que la carga de trabajo fuese excesiva hasta el punto de originar fatigas considerables que pudiesen provocar el accidente».

Marta Checa García
Marta Checa García es abogada y especialista en responsabilidad civil derivada de accidentes de trabajo.

La salud mental entra de lleno en los accidentes de trabajo

Unos planteamientos de los expertos que dejan patente que los accidentes de trabajo son una temática que aborda diferentes disciplinas jurídicas. Una «amplitud conceptual» que ahora, no sólo contempla las lesiones físicas del trabajador, sino también las alteraciones en la salud mental que pueda padecer debido al trabajo, tal y como ha explicado la magistrada Raquel Vicente Andrés.

Unas palabras en las que se hace referencia a la STS 24-2-2014, rec- 2771/2014, y al criterio del Alto Tribunal, que estima que la definición engloba «no solo los accidentes en sentido estricto o lesiones producidas por la acción súbita y violenta de un agente exterior, sino también las enfermedades o alteraciones de los procesos vitales qu pueden surgir en el trabajo». Así pues, la salud mental entra de lleno en la doctrina jurisprudencial, que hasta ahora mantenía una posición muy rigurosa a la hora de admitir la enfermedad mental como causa exclusiva en el accidente laboral. «La actual tendencia es reconocer el trabajo como factor detonante y exclusivo en los problemas de salud mental, reconociendo la dolencia como accidente de trabajo» ha destacado Raquel Vicente de Andrés.

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