Fin a las barreras físicas entre abogados e internos en los centros penitenciarios: «dificultaba el derecho de defensa»
Hasta el momento, estas comunicaciones se llevaban a cabo en locutorios con mamparas que impedían el contacto físico entre las personas privadas de libertad y sus abogados. Foto de archivo: Ricardo Rubio/Europa Press

Fin a las barreras físicas entre abogados e internos en los centros penitenciarios: «dificultaba el derecho de defensa»

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09/6/2024 06:30
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Actualizado: 09/6/2024 13:52
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La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias emitió hace unos días una instrucción en la que anunciaba que, a partir de ahora, los abogados podrán tener contacto con los internos sin necesidad de tener una mampara que les separe. Así como poder introducir ordenadores y tablets para preparar la defensa con un funcionario en sala.

Hasta el momento, estas comunicaciones se llevaban a cabo en locutorios que impedían el contacto físico entre las personas privadas de libertad y sus abogados. Desde hace un tiempo esto se estaba permitiendo a través de una resolución judicial. Ello con el objetivo de facilitar el intercambio de documentos.

Por lo que, a partir de ahora, los centros penitenciarios tendrán que iniciar las gestiones pertinentes para, en función de las posibilidades arquitectónicas, habilitar las dependencias. No obstante, hay una serie de reglas que cumplir con respecto al material tecnológico.

Según la instrucción, firmada por Ángel Luis Ortiz, secretario general de Instituciones Penitenciarias, el aparato deberá estar apagado hasta llegar a la sala asignada para la comunicación.

Además, el material informático no podrá contar con elementos de captación de imágenes. Y en caso de tenerlo, tendrán que inhabilitarse antes de acceder al centro penitenciario. Tampoco podrán contar con elementos que posibiliten la comunicación telefónica.

Esta nueva normativa, que deroga las disposiciones anteriores que entren en conflicto con las nuevas directrices, especifica que dichas comunicaciones no se autorizarán en el supuesto de existir una resolución judicial de intervención de las comunicaciones.

Los letrados, satisfechos

Para el abogado penalista Carlos Zurita, estas barreras «dificultaban mucho el derecho de defensa». Reconoce que a él le entorpecía no poder llevar llevar encima su tablet porque todos los documentos los tiene escaneados, nada en papel.

Carlos Zurita, abogado de Tenerife.

Y al estar ahí separados y sin ningún tipo de contacto, «no podías enseñarle bien los papeles que podían ayudar a su defensa». De modo que está 100% de acuerdo con esta decisión.

«La última vez que fui a prisión, a Tenerife II, mi cliente quiso una conformidad que implicaba seguir en prisión. Para que pudiese firmar el documento se lo tuve que dar al funcionario, el cual en ningún momento miró. Luego se lo entregó al interino y después el funcionario me lo volvió a entregar». Lo que hace que el proceso sea más lento.

Asimismo, el letrado penalista, José Antonio Sires, también explica que, en la actualidad, es innegable la relevancia que va alcanzar para los abogados que se encontraban con estas limitaciones físicas. «Es una cuestión que ha ido ganando popularidad a lo largo de los años, en cierto modo por las reinvindicaciones del colectivo de la abogacía».

«En cambio esta nueva forma de comunicaciones de los internos con sus abogados regulada en los artículos 51 de la Ley Orgánica General Penitenciaria y 48 del reglamento no se espera ajena a polémicas que hacen la necesidad de abordar los entresijos contenidos en esta nueva regulación».

José Antonio Sires, abogado penalista. Foto cedida.

Sin embargo, es de los que piensa que hay casos que requieren un acercamiento más personal y humano con la persona privada de libertad. «Y la frialdad de hablar a través de un cristal para informarle de la situación procesal o explicarle un recurso de su caso no ayuda». Además, «crea más sentimiento de soledad y aislamiento que el que ya puede tener en el centro penitenciario».

«Sin duda esta instrucción da cobertura a una situación latente en lo que concierne a la relación de las personas privadas de libertad en la Institución penitenciaria y sus abogados defensores. Veremos su recorrido en la practica diario», concluye.

Colegios de abogados, se pronuncian

El Colegio de la Abogacía de Alicante publicó en LinkedIn que esta decisión era un paso adelante en el derecho de defensa de las personas privadas de libertad.

«Desde la Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia (CRAJ) del ICALI se realizarán las gestiones oportunas con los centros penitenciarios de la provincia a fin de recabar información sobre la puesta en marcha de esta modalidad de entrevista con los internos».

Asimismo, el Colegio de la Abogacía de Madrid también emitió un comunicado en el que celebraban la eliminación de estas barreras que desde hace años venían solicitando.

Juan Manuel Mayllo, Diputado responsable del Turno de Oficio comentó que “es una medida que satisface una petición histórica de la abogacía. Por un lado el poder mantener un contacto de máxima confianza con los clientes, y por otro la posibilidad de llevar toda la documentación del procedimiento en ordenador o Tablet para preparar los juicios, lo que sin duda fortalece el derecho de defensa”.

El primero en conseguirlo fue Nicolás González-Cuéllar

El primer abogado penalista en conseguir entrevistarse con su cliente sin barrera física alguna fue Nicolás González-Cuéllar, que en 2013 representaba al expresidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, en prisión preventiva. Gracias a un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, cuyo ponente fue el magistrado Enrique López López, obtuvo este «privilegio» que hoy se ha convertido en norma.

Es evidente que sobre la decisión del secretario general de Instituciones Penitenciarias ha pesado el precedente del caso del «procés»; todos los acusados pudieron reunirse con sus abogados en las condiciones que hoy se han generalizado para todos. El tribunal de la Sala de lo Penal del Supremo consideró que esa debería ser la norma.

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