Ocho meses de cárcel por «deslealtad» a un soldado que puso orina de animal con cocaína en su análisis médico
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena al militar por alterar su prueba de análisis de orina. Foto: Confilegal

Ocho meses de cárcel por «deslealtad» a un soldado que puso orina de animal con cocaína en su análisis médico

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14/6/2024 06:30
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Actualizado: 13/6/2024 17:59
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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a ocho meses de prisión a un soldado, encontrándole culpable de un delito de deslealtad. Una sentencia del alto tribunal que confirma la condena previa del Tribunal Militar Segundo, con fecha 18 de octubre de 2023. Tribunal que penaba así al militar por alterar su análisis de orina.

Dentro de la Inspección General Sanidad de la Defensa, existe el Plan Antidroga del Ejército de Tierra. Un protocolo del que el soldado en cuestión debía participar en la mañana del 13 de septiembre de 2022.

“El soldado Juan Ignacio (nombre ficticio) fue requerido por sus superiores para someterse a control de consumo de drogas a través de analítica de orina. Después de tres intentos para realizar la micción, finalmente en la cuarta ocasión, el encausado se colocó en el aseo habilitado […] el soldado volcó el líquido en los tres tubos”, explica la sentencia del Supremo.

Una muestra que levantaba las sospechas en el laboratorio del Servicio Farmacéutico de Ceuta. Y que analizaba finalmente el Instituto de Toxicología de Defensa que, en su informe del 10 de octubre de 2022, confirmaba que la muestra estaba adulterada.

«La perito militar declaró que los niveles de creatinina de la muestra estaban muy por debajo de los parámetros normales, y que era imposible que fuera orina humana. Además, se confirma el resultado como positivo a cocaína», expone la sentencia de la Sala Militar del Tribunal Supremo.

Un análisis que provocaba que el Tribunal Militar Territorial Segundo fallara en octubre de 2023 en contra del soldado. Así pues, determinaba una condena de ocho meses de prisión para el militar por un delito de deslealtad. Y, del mismo modo, suspensión militar de empleo, cargo público y derecho de sufragio pasivo durante este tiempo.

El Supremo confirma la condena por alterar el análisis de orina

Decisión del tribunal militar que el soldado llevaba ante el Tribunal Supremo. En concreto, ante la Sala de lo Militar compuesta por los magistrados Jacobo Barja de Quiroga (presidente), Clara Martínez de Careaga y García, José Alberto Fernández Rodera, Fernando Marín Castán y Ricardo Cuesta del Castillo (ponente).

«La comandante farmacéutica asevera que la orina es de animal. Esto lo recoge textualmente la sentencia. Si la orina es de animal, este tendría que haber tomado cocaína. Algo totalmente absurdo» manifiesta la defensa del militar en el recurso ante el Supremo.

Una afirmación que no comparte el Supremo. Así pues, el alto tribunal afirma que el anterior tribunal sancionador «ha contado con suficiente prueba de carácter incriminatorio» para llegar a esta conclusión.

«Los hechos declarados probados no tienen encaje en el delito de deslealtad», sostiene, igualmente, la defensa del soldado condenado.

Motivo de recurso que también es tumbado por el alto tribunal, que valora que la condena se ajusta a los parámetros marcados en el artículo 55 del Código Penal Militar sobre la deslealtad.

«Concurren todos los elementos exigidos por el tipo penal previsto», asegura la sentencia. En concreto, «La condición de militar del ahora recurrente y dar información falsa sobre asuntos del servicio». Información otorgada con dolo, ya que «su actuación se produjo a sabiendas de que su información era dar información falsa, con una muestra de orina adulterada para tratar de impedir dar positivo en el análisis de drogas».

Razonamientos por los que el Supremo, en su sentencia 22/2024, desestima el recurso de casación del militar. Y por tanto, confirma su condena de ocho meses de prisión.

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