Treinta años después de ser condenado por múltiples violaciones y robos con violencia, el Tribunal Supremo ha desmontado pieza a pieza la que fue una de las condenas más graves —y ahora, también, una de las más injustas— de nuestra historia judicial reciente.
El caso del ciudadano marroquí Ahmed Tommouhi no es solo el de un inocente que pasó 15 años en prisión, sino el de un hombre atrapado en una cadena de errores de identificación en serie que, durante años, la Justicia no quiso —o no supo— detener.
Un error judicial de libro, o una cadena de errores policiales y judiciales, de libro.
En su sentencia 402/2025, dictada el 5 de mayo, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, formada en este caso por los magistrados Andrés Martínez Arrieta, presidente, Manuel Marchena Gómez, Ana María Ferrer, ponente, Eduardo de Porres Ortiz de Urbina y Javier Hernández García, ha estimado el recurso de revisión y ha anulado la sentencia que fue dictada por la Audiencia Provincial de Tarragona el 7 de enero de 1995.
Tommouhi ha sido absuelto de todos los delitos que se le atribuían. El fallo no deja lugar a dudas: los elementos nuevos incorporados al caso “generan una duda más que razonable” sobre su participación en los hechos.
El patrón: reconocimiento visual sin pruebas objetivas
La historia comenzó en noviembre de 1991, cuando varias mujeres fueron agredidas sexualmente en distintas localidades de Barcelona y Tarragona.
En todos los casos se repetía el mismo patrón: agresores de rasgos similares, un coche Renault 5 gris con matrícula falsa, y ataques en lugares apartados. Tommouhi fue «señalado «identificado» en varias ruedas de reconocimiento —el único hilo del que tiró la acusación— y, sin otra prueba objetiva, fue condenado a más de cien años de prisión.
Pero lo que se presentó como un caso resuelto era, en realidad, el inicio de un fallo judicial en cadena.
El efecto dominó: dos condenas anuladas, una tercera ahora
La clave de la revisión reside en dos sentencias anteriores: en 1997 y en 2023 el Tribunal Supremo anuló otras dos condenas impuestas a Tommouhi por hechos similares cometidos días antes de los de Tarragona (en Olesa y Cornellá).
En ambas revisiones, las pruebas de ADN demostraron que el semen hallado en las víctimas no correspondía al acusado.
Las similitudes entre todos los casos son tan claras como alarmantes: misma zona geográfica, mismo modus operandi, y el mismo vehículo implicado.
Pero no fue hasta que un informe policial identificó a Antonio García Carbonell —detenido en 1995 por otra oleada de violaciones— cuando se descubrió que su fisonomía y forma de hablar eran prácticamente idénticas a las de Tommouhi.
El auténtico autor siguió actuando cuando Tommouhi ya estaba en prisión.

El eslabón del error de la cadena
Los jueces del Supremo reconocen ahora que esos reconocimientos visuales, realizados por víctimas bajo un enorme estrés emocional, fueron “involuntariamente erróneos”.
En el caso de La Secuita y La Bisbal —el último en ser revisado— cuatro de los testigos no identificaron al acusado. Y tampoco se hallaron restos biológicos, huellas o objetos robados que lo vincularan a los hechos.
Ni siquiera fue visto en posesión del coche, que seguía en circulación tras su detención y fue interceptado con armas en su interior un mes después, conducido por un hombre que también coincidía con la descripción física del agresor.
Peor aún: una de las víctimas pudo haber visto a Tommouhi esposado en un pasillo judicial antes de su declaración, lo que pudo contaminar de forma inconsciente su memoria visual.

La justicia ha corregido su ceguera, aunque tarde
La sentencia se apoya en el artículo 954.1.d) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite la revisión de sentencias firmes cuando surgen nuevos elementos probatorios.
Pero más allá del tecnicismo legal, esta resolución representa un acto de reparación frente a un caso paradigmático de cómo el sistema puede fallar cuando se fía todo a la fragilidad del recuerdo humano.
El Supremo lo reconoce abiertamente: “la nueva prueba no demuestra la inocencia, pero introduce dudas significativas sobre la culpabilidad que había sido afirmada en la sentencia”. Y con eso basta.
Más que un caso, un aviso
El caso de Ahmed Tommouhi ya no es solo el relato de un error judicial, sino la advertencia de lo que ocurre cuando un sistema penal se apoya únicamente en identificaciones visuales sin verificación forense, sin cuestionar el contexto en el que se obtienen, sin margen para la duda.
El precio ha sido la vida de un hombre que pasó décadas en la cárcel por una secuencia de errores acumulados.
Con su absolución, el Tribunal Supremo no solo libera a Tommouhi de una condena injusta. También lanza un mensaje claro: ningún sistema de justicia puede permitirse condenar sin sombra de duda cuando la duda, ahora lo sabemos, era más que razonable.