Eugenio Ribón, decano del ICAM
El Colegio de la Abogacía de Madrid, a través de su decano, Eugenio Ribón, ha dado este paso para que se clarifique una de las cuestiones que más preocupan a los abogados, como es la necesaria existencia de referencias informativas sobre tasaciones de costas que precisan los consumidores para tomar la decisión de abrir una causa o no.

El ICAM solicita al Consejo de Estado que aclare si pueden existir criterios orientativos de tasaciones de costas y jura de cuentas

La institución solicita este dictamen ante el riesgo de sanciones por parte de la CNMC

22 / 07 / 2025 14:07

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El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha presentado una petición formal al Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes para solicitar un dictamen del Consejo de Estado que clarifique los límites legales para la publicación de criterios orientativos de honorarios profesionales en materia de tasaciones de costas y jura de cuentas.

La solicitud, fechada el pasado 21 de julio, está firmada por el decano Eugenio Ribón ¡, surge de la tensión existente entre la nueva normativa que obliga a los colegios profesionales a publicar estos criterios y el riesgo de ser sancionados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por supuestas prácticas anticompetitivas.

«Resulta urgente disponer de un marco normativo claro que permita a los Colegios cumplir con esta obligación legal sin riesgo de sanciones», explica Ribón. La situación genera lo que los juristas llaman «inseguridad jurídica»: cumplir la ley puede suponer una sanción por otra ley.

La cuestión no es baladí. Los abogados están obligados por el Estatuto General de la Abogacía y el Código Deontológico a informar por escrito a sus clientes sobre los costes del proceso, incluidos los honorarios de la parte contraria en caso de condena en costas.

Sin criterios objetivos, esta obligación se convierte en papel mojado.

El origen del conflicto normativo

El conflicto tiene su origen en la reciente Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa, que en su artículo 6.2.e establece el derecho y la obligación de los Colegios de la Abogacía de «elaborar y publicar criterios orientativos, objetivos y transparentes» para la cuantificación de honorarios en tasaciones de costas y jura de cuentas.

Sin embargo, la CNMC ha mantenido una interpretación restrictiva del artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, considerando que ciertos criterios orientativos colegiales podrían constituir recomendaciones colectivas de precios prohibidas.

Esta postura ha resultado en la imposición de «sanciones de cuantía muy elevada» a diferentes Colegios de la Abogacía en los últimos años.

El ICAM no se conforma con enviar un escrito. Ha lanzado la campaña «Transparencia sin sanciones: por un derecho de defensa seguro y claro para todos», que durará dos semanas e incluye un kit digital para que colegiados y despachos se adhieran a la solicitud.

Seguridad jurídica y transparencia en juego

Según expone el ICAM en su petición, la actual situación genera una «inseguridad jurídica manifiesta» que podría comprometer la efectividad del derecho de defensa y la transparencia en el sistema judicial.

La institución argumenta que la falta de criterios orientativos claros dificulta el cumplimiento de los deberes deontológicos de información al cliente, genera asimetría informativa entre profesionales y usuarios, incrementa la litigiosidad sobre tasaciones de costas y compromete el auxilio que los colegios deben prestar a los tribunales en procedimientos de tasación

El colegio madrileño destaca que estos criterios no constituyen una práctica colusoria, sino que responden a una «finalidad teleológica resarcitoria» dirigida a garantizar el resarcimiento de la parte procesal que obtiene una condena en costas favorable.

Transparencia como derecho constitucional

El ICAM enmarca su solicitud en la protección de derechos fundamentales, argumentando que la elaboración de criterios orientativos es esencial para garantizar el derecho de defensa del artículo 24 de la Constitución, proteger el derecho de información de consumidores y usuarios (artículo 51 CE), asegurar la tutela judicial efectiva y facilitar decisiones informadas en la contratación de servicios jurídicos

Para Ribón, «la transparencia en los honorarios no es una cuestión de conveniencia, sino un mandato legal y constitucional vinculado al derecho de defensa y a la protección del consumidor».

La falta de criterios genera «asimetría informativa» entre profesional y cliente, dificultando que los ciudadanos tomen decisiones informadas antes de litigar.

Campaña de movilización

El ICAM no se conforma con enviar un escrito. Ha lanzado la campaña «Transparencia sin sanciones: por un derecho de defensa seguro y claro para todos», que durará dos semanas e incluye un kit digital para que colegiados y despachos se adhieran a la solicitud.

La estrategia busca presión social y sectorial para que el Ministerio eleve la consulta al Consejo de Estado con respaldo amplio. Otros colegios de abogados y asociaciones de consumidores podrán sumarse a la iniciativa.

Precedente del Consejo de Estado

La petición hace referencia a un precedente relevante: el Dictamen 812/2019 del Consejo de Estado, en el que ya se analizó la legalidad de los criterios orientativos colegiales para costas y jura de cuentas, confirmando su validez.

Sin embargo, este dictamen no pudo pronunciarse sobre el actual marco jurídico posterior a la aprobación de la Ley Orgánica del Derecho de Defensa.

La urgencia de una respuesta

La institución colegial solicita que el dictamen se tramite «con carácter de urgencia», dado que el riesgo de sanciones administrativas genera un «efecto disuasorio» que podría comprometer la efectividad del derecho de defensa y la transparencia en la cuantificación de honorarios.

El ICAM considera «imprescindible» obtener este pronunciamiento interpretativo para «dotar de seguridad jurídica a la actuación colegial» y «asegurar la correcta aplicación de la normativa de defensa de la competencia».

La petición pone de manifiesto uno de los desafíos más complejos en la regulación de las profesiones liberales: el equilibrio entre la transparencia informativa, la defensa de la competencia y el derecho de defensa, un debate que podría tener implicaciones significativas para el conjunto de la abogacía española.

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