La Fiscalía entiende que el tiempo transcurrido —apenas tres o cuatro meses— es insuficiente para acreditar una evolución estable y consolidada. Foto: Ministerio del Interior.

La Fiscalía paraliza el tercer grado concedido por el Gobierno vasco al etarra Asier Arzalluz Goñi, que asesinó a López Lacalle

16 / 02 / 2026 15:08

Actualizado el 16 / 02 / 2026 15:15

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La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado un recurso ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria contra la decisión del Gobierno Vasco de conceder el tercer grado penitenciario a Asier Arzalluz Goñi, el etarra que quitó la vida al periodista y escritor José María López Lacalle el 7 de mayo de 2000.

Dicho recurso, articulado por Carlos García Berro, fiscal coordinador de Vigilancia Penitenciaria de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, paraliza la concesión de semilibertad acordada por la por la Consejería de Justicia y Derechos Humanos.

La titular de esta Consejería es María Jesús San José, del Partido Socialista de Euskadi–Euskadiko Ezkerra (PSE-EE) –la marca vasca del PSOE– el 10 de febrero de 2026.

La decisión de la Consejería fue comunicada a la Fiscalía tres días después.

La última palabra la tiene ahora el magistrado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro.

El Ministerio Fiscal solicita que se revise la legalidad de esta decisión y que el interno sea reclasificado en segundo grado.

Para ello, se apoya en distintos preceptos constitucionales y penitenciarios, así como en la doctrina del Tribunal Supremo, que exige especial prudencia en la progresión de grado en delitos de especial gravedad.

Según explica la Fiscalía en un comunicado, la Administración penitenciaria valoró de forma positiva aspectos como la petición de perdón a las víctimas, el reconocimiento de los hechos y la asunción del daño causado por la actividad de ETA.

Sin embargo, la Fiscalía considera que estos elementos, aunque relevantes, no son suficientes por sí solos para justificar una progresión al tercer grado en este momento.

En particular, el Ministerio Fiscal pone el acento en el uso del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que permite flexibilizar el régimen del segundo grado para facilitar la reinserción, pero siempre como parte de un programa de tratamiento y tras un periodo prolongado de observación.

En este caso, la Fiscalía entiende que el tiempo transcurrido —apenas tres o cuatro meses— es insuficiente para acreditar una evolución estable y consolidada.

La nota recuerda que el Tribunal Supremo, en sentencias como la STS 965/2022, ha establecido que los cambios en el régimen penitenciario deben basarse en procesos sostenidos en el tiempo y no en mejoras recientes o de corta duración, especialmente cuando se trata de delitos graves.

Un periodo tan breve, señala la Fiscalía, no permite comprobar la estabilidad del cambio ni verificar que la evolución del interno sea real y duradera.

Por estos motivos, el recurso con el objetivo de que se refuerce el control judicial y se aplique el criterio de prudencia exigido en este tipo de casos .

Finalmente, la Fiscalía informa de que, por el momento, no ha recibido la resolución relativa a la posible aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a otro interno, Mikel Garikoitz Aspiazu Rubina, conocido como “Txeroki”.

Quién era López Lacalle

López Lacalle, periodista y escritor, era conocido por su postura crítica frente a ETA y al nacionalismo radical vasco. Colaboró en distintos medios de comunicación y destacó por defender públicamente la libertad, el Estado de derecho y la convivencia democrática en el País Vasco, en un contexto marcado por la violencia terrorista.

Fue asesinado por Arzalluz Goñi en Andoain, Guipuzcoa, cuando se disponía a entrar en su domicilio. Su asesinato tuvo un fuerte impacto social y se convirtió en un símbolo de la persecución sufrida por periodistas y ciudadanos que se oponían abiertamente al terrorismo.

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