La estrategia comercial del influencer ha suscitado dudas sobre si un descuento anunciado sobre un precio nunca aplicado puede considerarse una práctica engañosa. FACUA ha anunciado que le ha denunciado. Foto: FACUA.

Nil Ojeda y el descuento del 99% en toda su web pone a prueba los límites de la normativa de Consumo

26 / 07 / 2026 05:45

Actualizado el 27 / 07 / 2026 11:56

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Los límites del marketing tienen una frontera clara: los derechos de los consumidores. Sin embargo, en ocasiones, estos se ven amenazados… y la respuesta de los organismos llega tarde o no es suficiente para reparar el engaño.

La última polémica la ha ocupado la campaña de descuento del influencer Nil Ojeda, que prometió que la página web de su marca M***shakes se encontraría al 99% si la Selección Española de Fútbol Masculina conseguía alzarse como ganadora del Mundial de Fútbol 2026. Y cumplió, pero con matices.

Los productos con los que promocionó dicho descuento desaparecieron, y solo se podían adquirir un par de camisetas que, con el descuento, su precio no llegaba a los 30 euros. Esta estrategia tiene a los profesionales divididos: mientras los expertos del marketing consideran que la campaña de publicidad ha conseguido ir más lejos de lo que esperaban, los profesionales del Consumo ven en esta práctica un engaño.

Y luego está la perspectiva de los consumidores: muchos se siente desprotegidos porque, a pesar de encontrar respuesta por parte de los organismos oficiales, estas prácticas siguen repitiéndose.

Un promesa «cumplida»

Nil Ojeda, un influencer que tiene una marca propia llamada M***shakes, subió a la cuenta oficial del Instagram de la tienda el mismo día de la final del Mundial, que enfrentaba a España contra Argentina, una oferta muy llamativa: «si España gana hoy, toda la web al 99%».

Lo que este influencer no esperaba es que su publicación llegara más allá de su público habitual.

Cuando el silbido del árbitro dio por finalizado la prórroga del último partido Mundial 2026, coronando a la Selección Española de fútbol masculina con su segunda estrella, el descuento no se llegó a materializar.

Muchos de los productos desaparecieron y su lugar lo ocuparon un par de camisetas conmemorativas por la victoria de España con un precio de venta al público de 3.000 euros que, tras el descuento, se podían adquirir por 29,69 euros.

Como consecuencia, Internet se volvió a llenar de comentarios. Quejas que llegaron hasta FACUA, ONG española sin ánimo de lucro que se dedica a la defensa de los derechos de los consumidores y a luchar contra los abusos de las empresas.

La organización denuncia que esta campaña sigue la redacción de lo que la Ley de Competencia Desleal entiende como publicidad española.

Los expertos en Consumo coinciden que la campaña fue muy arriesgada

En este sentido se pronuncia Almudena Velázquez Cobos, CEO de Red Abafi: «El artículo 5 de La Ley de Competencia Desleal considera desleal cualquier práctica que induzca a error sobre una ventaja real de precio, y el 3 de la Ley General de Publicidad dice lo mismo sobre publicidad que puede confundir al consumidor».

En ambos artículos, tal y como explica la abogada, no es necesario mentir con los precios, «basta con montar un escenario de precios que, aunque técnicamente cuadre, lleve el error».

Pero ¿entonces es un engaño? La abogada considera que sí. «Desde 2022, el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores, tras la Directiva Ómnibus se exige que cuando alguien anuncie un descuento, el precio «de antes» sea el más bajo que ese producto tuvo realmente en los 30 días previos», explica.

«En este caso las camisetas nunca costaron 3.000 euros: ese precio se infló de la nada justo para que el «99% de descuento» cayera en los 30 euros de siempre. Es lo que se llama un falso descuento, y por decirlo llanamente, un engaño», razona contundentemente la CEO de Red Abafi.

En este sentido también se pronuncia la letrada María Gallego. «La campaña se le fue de las manos. Es un riesgo enorme para una empresa anunciar así sin definir las condiciones: descuento, productos, tiempo…», advierte la abogada especialista en Consumo.

Cuando el marketing acaba en sanción

Tras la denuncia de FACUA, Nil Ojeda subió un vídeo explicando que los productos desaparecieron porque «la campaña se viralizó» y no había «llegado a su publico habitual».

Para Velázquez Cobos esto confirmaría que la campaña quería «generar ruido a base de un reclamo de precios que no era real», lo que podría graduar la posible sanción.

Por su parte, Gallego considera que esta campaña no se aleja a viejas prácticas que usaban las empresas para Black Friday: empresas como Mediamarkt, Carrefour, PC Componentes, entre otras, fueron sancionadas en 2023 por subir el precio de productos antes de esta fecha para lugar rebajarlo a su precio original.

El ordenamiento jurídico español cuenta con herramientas para perseguir este tipo de prácticas cuando inducen a error al consumidor, ya sea mediante sanciones administrativas o acciones en materia de competencia desleal.

Sin embargo, esa respuesta no suele traducirse en una reparación efectiva para quienes han resultado afectados.

Más allá de las posibles multas a las empresas, los consumidores rara vez obtienen una compensación por el perjuicio sufrido, lo que evidencia una brecha entre la finalidad disuasoria de la normativa de consumo y la protección material e individual de quienes son destinatarios de estas campañas.

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