El Tribunal Constitucional retoma esta semana uno de los frentes más delicados del proceso de amnistía: decidir si el delito de malversación cometido por los dirigentes del procés puede beneficiarse de la ley de gracia, o si la apreciación de lucro personal que hizo el Tribunal Supremo para excluirlos cierra esa puerta de forma definitiva.
El pleno arranca este martes con el recurso de amparo de Jordi Turull, exconsejero y actual secretario general de Junts, en una sesión cuyo ponente —el magistrado José María Macías, del sector conservador— ya se ha mostrado contrario en votos anteriores a extender la amnistía a la malversación.
No es un trámite menor. De la resolución sobre el caso Turull depende, según fuentes del propio Supremo consultadas por Europa Press, el ritmo al que el instructor del procés, Pablo Llarena, resuelva la situación de Carles Puigdemont, sobre quien pesa una orden de detención nacional desde su huida a Bélgica en 2017.
Si el Constitucional interpreta que la malversación sin apropiación de fondos sí puede amnistiarse —y esa lectura resulta extensible al resto de procesados—, Llarena no esperaría a que el TC dicte sentencia específica sobre el recurso del propio Puigdemont para pronunciarse.
El resto de amparos —los de Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva y Dolors Bassa— se estudiarán en plenos sucesivos, según ha informado el propio tribunal de garantías.
HACE UNOS DÍAS, LLARENA SE NEGÓ A LEVANTAR LA ORDEN DE DETENCIÓN CONTRA PUIGDEMONT
La deliberación llega en un momento especialmente cargado. Hace apenas unos días, Llarena rechazó levantar la orden de detención contra Puigdemont pese al respaldo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dio a la amnistía, descartando que el referéndum ilegal de 2017 afectara a los intereses financieros de la UE —la otra vía que el Supremo había empleado para resistirse a aplicar la ley—.
El instructor sostuvo que ni la sentencia europea ni las resoluciones dictadas hasta ahora por el propio Constitucional sobre la constitucionalidad de la amnistía «han dejado sin efecto» su interpretación sobre el beneficio personal, aunque —matizó— «tampoco constituyan una validación específica» de esa lectura.
Llarena fue además explícito sobre el alcance de su negativa: no declara «irrevisables» las medidas cautelares ni convierte la falta de amnistía en justificación suficiente para mantenerlas indefinidamente.
Se limita, señaló en su auto, a rechazar el levantamiento «por las razones ahora formuladas, sin excluir el examen que proceda ante otras circunstancias concretas».
Desde Junts evitan alimentar expectativas sobre un regreso inminente de su líder. «No participamos de estos rumores. Somos prudentes en este sentido. Queremos ver las sentencias y esperamos que sean lo más rápido posible», declaró esta semana el portavoz del partido, Josep Rius, quien sí insistió en reclamar a los tribunales que apliquen «de una vez por todas» la ley aprobada por el Congreso en mayo de 2024 y refrendada por la justicia europea.
El trasfondo jurídico es el que ha marcado todo el proceso desde su aprobación: el Constitucional ya avaló el año pasado la constitucionalidad de la norma, rechazando los recursos presentados mayoritariamente por el PP.
Lo que queda por resolver ahora es su aplicación concreta al delito de malversación cuando los magistrados instructores aprecian —como en este caso— un propósito de obtención de beneficio patrimonial personal en la actuación de los procesados durante el desafío independentista.