El 14 de noviembre de 2012 Alfonso Fernández Ortega, “Alfon”, de 19 años en ese momento, fue interceptado por tres policías de paisano en las proximidades de la Avenida de Buenos Aires de Madrid. Portaba una bolsa de plástico grande. Dentro encontraron un artefacto de fabricación casera y diverso material explosivo incendiario.
Por aquel hecho, tipificado como un delito de tenencia de explosivos, el tribunal de la Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesto por los magistrados Pilar Oliván, Rosa María Quintana e Ignacio Fernández, y lo ha condenado a cuatro años de cárcel.
La Fiscalía había solicitado un año y seis meses más; 5 años y seis meses de prisión.
El día de los hechos las centrales sindicales habían convocado un día de huelga general. Los tres policías patrullaban en un vehículo camuflado cuando vieron a dos jóvenes y una mujer que caminaban en dirección a la calle Villalobos.
Cuando detuvieron su vehículo con la intención de identificarles, uno de los jóvenes salió corriendo. Ante los policías quedaron Alfon, que portaba la bolsa, y la mujer.
La bolsa contenía dos botellas de 50 cl llenas de gasolina y dos botes de metal, tipo spary, denominados butane-gas, que contenía un gas licuado extremadamente inflamable. Los cuatro recipientes estaban unidos por una cita de esparadrapo de color beige.
En el centro había un petarlo pirotécnico a cuya mecha había unidas varias cerillas con cinta adhesiva. Junto a ello, había tornillos de 5 cm de longitud cuya función era la de hacer de metralla.
La explosión de un artefacto de tales características hubiera sido una tragedia.
Fernández Ortega, “Alfon”, fue condenado en otro juicio antes, en diciembre de 2014, por el Juzgado de lo Penal número 26 de Madrid, a un año de prisión por un delito de lesiones y resistencia a la autoridad ocurrido el 19 de junio de 2012.
En aquella ocasión la magistrada lo absolvió del delito de atentado.
La defensa de Fernández Ortega, dirigida por el letrado Erlanchi Barrondo, ha anunciado que recurrirá la sentencia impuesta a su cliente.
Esta condena se suma a la anterior.