El Tribunal Supremo ha anulado cuatro artículos del reglamento de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIES) al entender que contradicen la normativa europea, la Ley de Extranjería y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
El Pleno de la Sala Tercera ha admitido parcialmente los recursos de SOS Racismo, la Federación Andalucía Acoge y la Asociación Proderechos humanos contra el Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIES). En concreto, ha anulado el párrafo segundo del artículo el 7.3, el párrafo K del 16.2, el 21.3 y el 55.2 párrafo 1.
En relación a los dos primeros, los magistrados entienden que contradicen una directiva europea que reconoce el derecho de las familias internadas en espera de expulsión a que se les facilite alojamiento separado que garantice un grado adecuado de intimidad.
Sobre el tercero, consideran que es contrario a la Ley de Extranjería, que no permite un nuevo internamiento en un CIE por una causa que ya incluida en el expediente de expulsión.
Respecto al último artículo anulado, que permitía los registros personales incluso con desnudo integral, los jueces afirman que se excede de la propia Ley de Extranjería y de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.