Asociaciones y sindicatos critican el informe de la CNMC sobre gasolineras desatendidas porque vulneran derechos fundamentales
La sede del CNMC en el Ministerio de Industria. EP.

Asociaciones y sindicatos critican el informe de la CNMC sobre gasolineras desatendidas porque vulneran derechos fundamentales

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08/9/2016 07:57
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Actualizado: 31/3/2022 13:42
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De nuevo el “ macroregulador “ vuelve a estar en el ojo del huracán tras un informe sobre el desarrollo de las gasolineras desatendidas en nuestro país. Asociaciones y sindicatos como AEVECAR, CEEES, AGES, CCOO Y UGT FICA, FACUA y COCEMFE lo ven desacertado y creen que será un paso atrás en los derechos de los consumidores.

Destrucción de puestos de trabajo; reducción de los derechos de los consumidores y en especial de las personas con discapacidad. Restricción de la seguridad o la desregulación del urbanismo para situar gasolineras de este tipo, son algunas de las duras críticas que ha recibido la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) en su informe sobre esa actividad. Se puede descargar en este enlace aquí: goo.gl/J9lyXh 

Víctor García Nebreda, secretario general de la Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de la Comunidad Autónoma de Madrid (AEESCAM) y de la Agrupación Española de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles (AEVECAR), patronales a nivel nacional y regional de las estaciones de servicio, corrobora estas afirmaciones.

“Por abaratar el precio del combustible están dispuestos a derogar normativa en vigor desde hace tiempo y socavar muchos de los derechos de los consumidores”, dice García Nebreda.

Para estas entidades no tiene sentido que Competencia no haya hecho consultas a los operadores del sector en un sector tan estratégico como éste.

Víctor García Nebreda, secretario general de AEESCAM y AEVECAR, patronales regional y nacional de las estaciones de servicio. Foto: Eva Corral.  

Desde estas asociaciones y otros expertos consultados por esta publicación el informe de Competencia suele ser un preaviso de lo que quiere hacer el Gobierno en este y otro tema.

Posiblemente la falta de un Gobierno estable está parando en estos momentos que se legisle sobre este tema que preocupa al sector de las estaciones de servicio. “No es cierto que sea una práctica extendida en Europa, Suecia y Dinamarca superan el 60 por ciento de las estaciones pero países como Francia, Alemania o Inglaterra están por debajo del 5% que hay en nuestro país”.

Del mismo criterio es Mariano Aguayo, socio director de Aguayo Abogados, despacho que en los últimos veinte años ha trabajado codo con codo con el sector.

“Creo que la CNMC no ha advertido el coste medioambiental y otros elementos en su informe. No puede romperse el desarrollo futuro de las ciudades por colocar estaciones desatendidas en cualquier lugar”, dice Aguayo.

Desde su punto de vista no es una buena idea llena nuestro país “de este tipo de hongos automáticos sin personal”.

Curiosamente este informe de Competencia llega cuando en Europa se está haciendo lo contrario, sacar las estaciones de servicio del casco urbano.

“La solución pasa por el fomento de la competencia y porque se abran los contratos de las petroleras más que poner en marcha muchos puntos de distribución sin mucha lógica”.

A juicio de García Nebreda, “en un país con 25 por cien de paro no tiene mucho sentido que la CNMC prefiera que las gasolineras no tengan trabajadores porque suponen un coste para la empresa”.

A este respecto desde AEESCAM se advierte que el coste por trabajador es de 25.000 euros anuales, cantidad que las estaciones desatendidas no tienen que soportar

Desde las Asociaciones Sindicales y las Patronales reivindican la vital importancia de los trabajadores y la profesionalidad y formación de los mismos; y lo hacemos desde un punto de vista económico, social y ético, recogido en La Constitución Española, que en su capítulo III “De los principios rectores de la política social y económica” y en su artículo 40 establece “…De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo”.

Respecto a la irrelevancia de la presencia de trabajadores en las estaciones de servicio, es importante indicar señala Aguayo que “en nuestro país la normativa que viene a establecer la presencia obligatoria de un trabajador, se justifica por una serie de funciones que únicamente pueden ser desempeñadas a través de la actuación profesional de una persona debidamente formada».

El informe de la CNMC pone en peligro la viabilidad de las estaciones de servicio tradicionales y los más de 50.000 puestos de trabajo existentes en la actualidad

En opinión de este letrado: ” las estaciones de servicio tradicionales han realizado un enorme esfuerzo inversor para modernizar una red obsoleta y en monopolio y convertirla en una red moderna. Una red con un altísimo grado de eficiencia y que ofrece un importante valor añadido en la atención al ciudadano. El informe de la CNMC entra como un elefante en una cacharerría con las estaciones ya establecidas”.

Para García Nebreda hay que indicar que esa presencia física podría evitar en parte el mal uso por parte de los usuarios de las instalaciones, lo que pudiera generar un riesgo, “como puede ser la utilización de teléfono móvil, encender mecheros o cerillas o fumar en determinadas zonas. Por lo tanto, no hay capacidad alguna para intervenir en casos de incidentes o accidentes».

Ambos expertos muestras su preocupación por la viabilidad de las estaciones de servicio presenciales y los más de 50.000 empleos directos que dependen del sector.

“Se ha hecho un esfuerzo importante de renovación de las gasolineras y sus convenios colectivos. Colocar gasolineras en cualquier punto no es la solución y generará problemas”, indican.

CONSUMIDOR RESPONSABLE DE LA SEGURIDAD DE LAS ESTACIONES DESATENDIDAS

Este modelo de gasolineras desatendidas, útil en lugares recónditos del país no puede ser el modelo que modifique la explotación tradicional de las más de 10.000 gasolineras presenciales que hay en nuestro país.

Su aprobación masiva “traslada la responsabilidad de la seguridad al consumidor.

La propia CNMC pide que se eliminen derechos de los consumidores por suponer un coste adicional para las empresas de gasolineras desatendidas”, indica García Nebreda.

Al final lo que hace Competencia es crear un doble rasero con normas específicas para las gasolineras presenciales. “Ahora, propone eliminar la obligación de tener recipientes calibrados para que el consumidor pueda comprobar que paga por lo que efectivamente compra, eliminar las hojas de reclamaciones porque si el cliente quiere reclamar existen otros medios para hacerlo y que no sea obligatorio disponer de guantes y papel en la instalación.”

Desde este frente asociativo se sorprende esta desregulación que se quiere hacer desde el propio regulador cuando la propia Constitucion señala en su artículo 51 garantizar la defensa y derechos de los consumidores.

“La mayoría de administraciones ha considerado que este sector es de especial relevancia y por ello ha dictado normas específicas para preservar éstos derechos en el desarrollo de nuestra actividad comercial. Proponer eliminarlos en aras a la mejora de la rentabilidad de determinadas empresas es inaudito”.

En opinión de este colectivo, García Nebreda recuerda que, «hay que considerar que la CNMC ofrece una visión sesgada de la problemática porque únicamente recoge consideraciones de tipo económico. El documento emitido por la CNMC sólo aporta criterios economicistas, que no deben prevalecer sobre los derechos de las personas”.

Mariano Aguayo, socio director de Aguayo Abogados, despacho que lleva veinte años en estos temas.

Esto puede generar muchos problemas en asociaciones de vecinos que no contaban con tener una gasolinera ahora en su contexto “ también cuenta el derecho del ciudadano a la ordenación del territorio”, indica Mariano Aguayo.

Otro elemento importante es que las regulaciones aprobadas en distintas Comunidades Autónomas, sean consideradas en éste documento una “barrera normativa” a este tipo de negocio por tratar de garantizar los derechos de las personas con discapacidad.

“No estamos en contra de la libertad de empresa o del aumento de la competencia; únicamente de iniciativas que obvien y excluyan al colectivo de personas con discapacidad”; apunta el secretario general de AEESCAM.

Asimismo, desde este colectivo advierten que en numerosas ocasiones estas estaciones de servicio no cuentan con las medidas de accesibilidad pertinentes para que las personas con la movilidad reducida puedan utilizar con autonomía el dispensador o el dispositivo de pago. Esta situación ya fue denunciada por COCEMFE CV en febrero de 2015 y se requirió una normativa que aportara soluciones.

La Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre), recoge en su artículo 29.1, que “todas las personas físicas o jurídicas que, en el sector público o en el sector privado, suministren bienes o servicios disponibles para el público, ofrecidos fuera del ámbito de la vida privada y familiar, estarán obligadas, en sus actividades y en las transacciones consiguientes, al cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, evitando discriminaciones, directas o indirectas, por motivo de o por razón de discapacidad.”

EL ESTUDIO NO CUENTA CON LOS DERECHOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDA

“Pues bien, lo mínimo que se puede pedir a un organismo como la CNMC es que sea respetuosa con las normas que protegen los derechos de los ciudadanos, especialmente cuando se trata de colectivos especialmente sensibles”, recuerda García Nebreda.

Califica de mito el que las gasolineras desatendidas sean menos seguras que las que disponen de personal. “Nuevamente el informe parece más un spot publicitario que otra cosa”.

Sorprende que la CNMC no sea respetuosa con normas que protegen derechos de los ciudadanos, en especial de colectivos sensibles

Desde este amplio colectivo opositor, que espera que esta campaña de protesta haga reconsiderar su punto de vista a la CNMC se recuerda “múltiples sentencias del Tribunal Constitucional al respecto de la intromisión del Gobierno Central en materias urbanísticas.

En especial la de 1 de noviembre de 2.012 en la que declara inconstitucional lo legislado en el RD 6/2000 de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y servicios, en lo referente a introducir medidas de carácter urbanístico para favorecer la instalación de gasolineras en Hipermercados“.

 

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