Pérez-Llorca y Montalbán analizan las ventajas del Direct Lending en España como alternativa a la financiación
De izquierda a derecha, Miguel Lasso de la Vega, Joaquín Gonzalo, Ander Valverde y Alfonso Erhardt, los integrantes del seminario.

Pérez-Llorca y Montalbán analizan las ventajas del Direct Lending en España como alternativa a la financiación

|
07/10/2016 06:56
|
Actualizado: 06/10/2016 17:13
|

Los despachos Pérez-Llorca y Montalbán han organizado una mesa redonda en la que se ha debatido el estado del Direct Lending en España, sus distintas modalidades, su percepción de la evolución del mercado y el futuro de los préstamos directos en España.

Presidida y moderada por Joaquín Gonzalo, socio de Montalbán, y por Ander Valverde, abogado del equipo de Bancario y Financiero de Pérez-Llorca, el debate giró en torno a temas de actualidad sobre el Direct Lending y su implantación en nuestro país.

Alfonso Erhardt, uno de los socios fundadores de Oquendo Capital, y Miguel Lasso de la Vega, Director de HIG Whitehorse, indagaron en si los fondos de deuda constituyen un complemento o competencia de la banca tradicional, así como las diferentes finalidades de las financiaciones directas y si estas necesariamente tienen un fin concreto (Event-driven).

Ambos directivos expusieron su visión sobre si hay espacio o no para las financiaciones puramente corporativas y de circulante o las diferentes estructuras de este tipo de financiaciones y la flexibilidad del Direct Lending respecto de la banca en materia de Covenants.

En opinión de Ander Valverde el Direct Lending ocupará un nicho de mercado a medio plazo como herramienta de financiación para las empresas “El direct lending tiene una ventaja (de naturaleza legal) competitiva en España, consistente en que prestar dinero (siempre y cuando no se emplee para ello dinero captado del público en la forma de depósitos) no constituye una actividad reservada a las entidades de crédito”.

A su juicio “Esto significa que cualquier persona, física o jurídica, puede prestar en España y que llevar a cabo tal actividad no requiere la autorización previa del Banco de España. Esto contrasta con otros países en los cuales prestar dinero constituye una actividad reservada y fuertemente regulada”.

Sin embargo, a pesar de la referida ventaja legal, “España tiene una desventaja (de naturaleza cultural) competitiva en España, consistente en la tradicional “bancarización” de la economía española”, comenta.

En 2011-2012, la reestructuración y saneamiento del sistema bancario español, la contracción del crédito bancario y la ausencia de liquidez en el mercado, hacían prever que la referida “resistencia cultural” sería más fácil de vencer.

No obstante, la mejora de la situación económica a partir de 2013 y el “boom” crediticio de 2014-2016 motivado por las políticas expansivas del BCE, han devuelto la liquidez a los bancos españoles.

En la actualidad, la banca española financia a precios muy bajos y determinados bancos extranjeros vuelvan al mercado español.

En la medida en que nuestra economía ha estado tradicionalmente “bancarizada” y la banca está compitiendo con márgenes bajos y estructuras de amortización cómodas, el acceso de los fondos de deuda al mercado está siendo más gradual y pausado.

Una herramienta al servicio de la pyme

Los ponentes aportaron la experiencia de sus respectivas instituciones, las modalidades de Direct Lending (senior, unitranche, mezzanine, etc.), su percepción de la evolución del mercado y el futuro de los préstamos directos en España.

En opinión de Valverde “Dependerá del volumen de negocio de la pyme, ya que muchos fondos de deuda tienen un umbral mínimo (de EBITDA del financiado, y de importe de la operación) para entrar a valorar operaciones. Para pymes “pequeñas”, la financiación bancaria probablemente continúe siendo la principal fuente de financiación principalmente para necesidades de circulante.

No obstante, si por “direct lending” también debemos entender financiaciones alternativas en sentido amplio, abarcando no solamente los préstamos directos sino también otras fuentes alternativas de financiación, muchas pymes (especialmente start-ups) podrían acudir al “crowfunding”, fondos de venture capital, mecanismos de financiación públicos o semi-públicos (apoyo a emprendedores, ENISA, ICO, etc.), etc.

Para este abogado “con el crecimiento de la empresa, otras fuentes alternativas podrán ser valoradas, tales y como los préstamos directos de fondos de deuda (generalmente, para proyectos definidos), emisiones de deuda en el MARF, MAB, private equity, etc.

Este fenómeno financiero ha calado en países como “Estados Unidos e Inglaterra, economías mucho menos “bancarizadas” que la nuestra, el direct lending es una fuente de financiación fundamental para empresas mid-market.”

Otro elemento que destaca es que “las grandes empresas acuden a las financiaciones del mercado de valores y a las grandes financiaciones sindicadas (en las cuales participan tanto bancos como fondos de deuda). En Francia también ha crecido mucho el direct lending en los últimos años”.

Modelos de este tipo ya se impulsan en nuestro país “Prueba de ello son determinadas iniciativas legislativas de los últimos años que, en esencia, reconocen que el difícil acceso a la financiación es uno de los mayores problemas a los que se enfrentan estructuralmente las empresas, y por ello tratan de impulsar canales de financiación no bancarios que contribuyan a suavizar los efectos sobre las empresas de la restricción en el crédito”.

A medio plazo cabe la posibilidad que las entidades bancarias puedan entrar en este mercado “En algunos países hay bancos que participan en el capital de fondos de deuda especializados. Un ejemplo relevante es la participación de algunos bancos en fondos de deuda inmobiliarios”, indica Valverde.

Sobre si se podrán recuperar los niveles de préstamos a nivel de entidades bancarias antes de la crisis, nuestro interlocutor comenta que “Es difícil realizar pronósticos fiables sobre el futuro. No obstante, tal y como se deduce de los boletines económicos y las encuestas publicadas por el Banco de España, 2015 fue un año record en préstamos y créditos”.

Ahora nos comenta que “2016 mantiene la misma tendencia que 2015 en términos de financiaciones bancarias. Hay mucha liquidez en el mercado gracias a la política de “QE” del Banco Central Europeo. La banca española, particularmente la banca sin red internacional que solamente puede crecer en España, concede créditos de forma muy activa. Quizá esto permita recuperar los niveles pre-crisis”.

Este interesante seminario concluyó con la discusión de determinadas cuestiones jurídicas como el Derecho aplicable a estas financiaciones y la pregunta recurrente de si el recurso al Derecho inglés o luxemburgués constituye un requisito o una opción en estas estructuras, para lo que se analizaron las estructuras garantías de “doble Luxco” y determinadas inquietudes de naturaleza concursal.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Áreas y sectores