La relación existente entre el desarrollo del mercado de la abogacía y la litigiosidad de nuestra justicia ha sido protagonista de una jornada “sobre análisis empírico del Derecho” que la Universidad Autónoma de Madrid organizó recientemente con la presencia de Juan S. Mora-Sanguinetti, abogado y economista y presidente de la Asociación de Economistas del Banco de España.
Mora-Sanguinetti, presentó en esta Jornada un estudio realizado con el catedrático de EE.UU., Nuno Garoupa, de la «Law School» de Texas A&M sobre estas dos variables que se realizó durante dos años estudiando la década 2001-2010 de nuestro país.
En este sentido, señaló que “Jornadas de este tipo resaltan el interés tanto del mundo académico como del de la práctica jurídica de conocer los resultados de la medición de las normas; de las consecuencias del funcionamiento del sistema judicial y otros factores que configuran el análisis empírico del Derecho, una práctica poco estudiada hasta estos momentos. Tenemos, además, muchísimos más datos y estadísticas que otros países”, aclara Juan S. Mora-Sanguinetti.
Nuestro interlocutor, -quien subraya que sus opiniones en esta entrevista son como experto, no del Banco de España-, reconoce que hay un debate abierto en nuestro país sobre si realmente nuestros tribunales gestionan más de nueve millones de asunto al año.
“Si tomamos uno de los últimos informes de la OCDE [Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos] en el que participé, se observa que la cantidad de asuntos per cápita que llegan a nuestros tribunales es claramente superior a la de países de nuestro entorno. Según el OCDE ‘Justice Project’, España sería la tercera economía más litigiosa del área”.
¿Cómo se vislumbra el concepto de litigiosidad en el sector jurídico desde la estadística que usted ha estudiado?
Hablamos de la relación entre oferta y demanda. La maquinaria judicial produce resoluciones judiciales en el plano de la oferta frente a una demanda que está canalizada por la propia abogacía, defensora de los derechos de los ciudadanos.
Aunque tuviéramos el mejor sistema judicial del mundo, unas tasas de litigiosidad tan elevadas son siempre difíciles de resolver. La responsabilidad de la eficacia del sistema judicial responde, por tanto, a dos factores: el propio sistema judicial y sus medios que le ayudan a funcionar y los propios abogados que canalizan los intereses de ciudadanos y empresas en forma de múltiples casos dentro de ese sistema judicial.
¿Qué elementos influyen en el desarrollo de esa litigiosidad según estos estudios en los que usted ha participado?
El informe técnico que realizó la OCDE trataba varios factores desde la parte de la abogacía y su defensa de los intereses de los justiciables. Así hay que hablar de la influencia de la calidad de la técnica legislativa, si ésta es inferior la litigiosidad se incrementará.
Otro elemento que hay que tener en cuenta es el crecimiento económico y la complejidad de nuestra economía en ese aumento litigioso. Se observa más litigiosidad en aquellos lugares donde el sector servicios es más predominante que en otros donde es menor. En paralelo, la incertidumbre sobre las resoluciones judiciales aumenta la litigiosidad.
¿Cuáles son las consecuencias más directas de ese exceso de litigiosidad que padece nuestro país?
Uno de los primeros elementos que se observa son los plazos más amplios de las resoluciones judiciales para resolver los conflictos. El sistema judicial tarda más tiempo de forma significativa en resolverlos. Y esto genera un coste importante para las empresas y los ciudadanos que debe preocuparnos.
Los plazos altos de resolución distorsionan los mercados de crédito, las propias relaciones laborales, algo preocupante en un país con una tasa alta de desempleo e incluso el mercado de la vivienda. Como puede ver el problema se traslada a sectores prácticos de la vida diaria del ciudadano.
¿Con estos datos que usted maneja en diferentes estudios, se puede decir que el sistema judicial está colapsado como se señala desde la judicatura y asociaciones de fiscales o tiene un margen de mejora?
Lo que se deduce de estas estadísticas a nivel de nuestro país es que las altas tasas de litigiosidad existen. El sistema judicial en sí mismo lleva una década sin poder mejorar sus tasas de eficiencia en cuanto a resolución de asuntos. Eso no significa que se encuentre en la situación de colapso que usted me indica.
El sistema judicial en nuestro país no está colapsado, pero lleva una década sin poder mejorar sus tasas de eficiencia en cuanto a resolución de asuntos

Usted impartió hace unos días una ponencia en el que relacionaba esta litigiosidad con el auge del mercado de la abogacía en nuestro país…
Esta exposición forma parte de otro proyecto de investigación en el que invertimos los dos últimos años para ver la relación entre ambas variables. Nuestro país tiene un alto número de abogados. Según la Comisión Europea para la Eficacia de la Justicia estaríamos en el puesto séptimo de un total de veintisiete naciones. Estamos por encima de Francia y Alemania.
Lo que hemos pretendido analizar es si esta alta tasa de litigiosidad tiene que ver con el crecimiento de nuestro mercado de la abogacía. Este mercado tiene una distribución irregular en todo el territorio nacional. Hemos querido buscar una correlación entre ambas variables. En países como EE.UU., Italia, Japón, Inglaterra (como una parte del Reino Unido) y Austria se han hecho estudios similares.
¿Cómo se ha organizado dicho estudio de investigación?
Hemos procurado evitar opiniones personales y que los datos nos dieran esa respuesta desde el modelo econométrico diseñado. Analizamos un periodo estable, la década que va del 2001 al 2010, época de estabilidad donde se aprueba la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil que entra en vigor en el 2001 y la entrada en vigor de la nueva Ley de Acceso a la Abogacía en el pasado 2011 tras una vacatio legis de cinco años.
La idea ha sido construir dicho modelo econométrico que relacione los casos litigiosos de esa década con la presencia y el desarrollo del mercado de la abogacía en cada lugar. Al mismo tiempo se analizan otros factores que influyen en que exista o no litigiosidad.
Aquí se tiene en cuenta la estructura económica de una provincia respecto a otra o elementos como la renta per cápita, el crecimiento económico o la presencia de empresas y asociaciones en cada lugar determinado, la propia tasa de desempleo o las tasas de morosidad.
A priori, desde un punto de vista empírico, abogacía y litigiosidad están relacionadas de forma “endógena” o circular: a mayor número de abogados debería haber más litigiosidad en una provincia, al menos teóricamente, pero si hay más casos litigiosos, esto debería generar que acudieran a esa provincia más abogados que a otra. Esta circularidad la hemos resuelto mediante las llamadas “variables instrumentales” al identificar factores que afecten al mercado de la abogacía pero no afecten a dicha litigiosidad.
De esta forma hemos utilizado elementos como las condiciones históricas del mercado de la abogacía; la existencia de Facultades de Derecho antes de 1972, fecha en la que se creó la UNED que ayuda a la formación de abogados en cualquier lugar de España. Otra variable sería la existencia de Facultades de Derecho en las históricas capitales de distrito universitario, hablamos de 1845, donde existían en ciudades como Granada, Sevilla o Valencia.
Sorprende la distribución de los abogados en nuestro país. Están concentrados en lugares donde hubo facultades históricas de Derecho, sin que por ello exista hoy una alta actividad empresarial

Del cruce de estas variables, ¿Qué destacaría de este planteamiento que nos describe?
Los abogados en España se distribuyen hoy a nivel territorial de forma muy curiosa. Se concentran parcialmente en aquellos lugares donde hubo facultades históricas de Derecho. La distribución de los abogados hoy se parece mucho al mapa clásico del siglo XIX. Es curioso porque algunas de estas provincias no tienen un desarrollo empresarial importante en la actualidad como pudiera ser el caso de Granada.
Y sobre el resultado ¿Qué conclusiones podemos extraer de este estudio estadístico?
En primer lugar, parece existir una relación positiva entre tasa de litigación y número de abogados en nuestro país. Lo hemos observado al tener en cuenta todos los elementos que influyen tanto a nivel económico como en cuanto a la complejidad de cada lugar.
A mayor número de abogados, mayores tasas de litigación. De forma global, un incremento del 1 por cien en el número de abogados generaría un incremento de la litigación en un 1,4 por ciento.
¿Este incremento de la litigiosidad se puede aguantar durante más tiempo realmente?
En la última década se observa una convivencia estable entre el mercado de la abogacía y el sistema judicial. Por desgracia, y pese a la mejora de la economía española en los años de bonanza, no hemos visto aumentos significativos de las tasas de eficiencia en el sistema judicial para resolver esos asuntos.
Hablar del futuro es complicado sin hacer análisis estadísticos. Los datos apuntan a una mejora de la eficacia del sistema judicial en los años más recientes.
¿Cuál puede ser el impacto de la modernización tecnológica de la justicia en los próximos años en esa litigiosidad alta que tiene nuestro país?
Abordamos esta cuestión a fondo en otro proyecto en el que partícipe para la OCDE construyendo el llamado “OCDE Civil Justice Project”. Publicamos también parte de los resultados en el Boletín Económico del Banco de España.
En ese informe se señala que uno de los problemas del sistema judicial español es su tecnología. Los esfuerzos que se han hecho hasta ahora no han sido suficientes.
En otros países se utilizan formularios para la relación digital entre los abogados y la justicia. Incluso cabe hablar de videocámaras que ayudan a agilizar dicha relación profesional. Faltan medios para estar al nivel de otros países de la OCDE.
No es tanto la cantidad de dinero que se invierta en la justicia como dónde se invierta para mejorar la eficiencia del sistema. Es lógico que la introducción de la tecnología en la relación entre abogados y sistema judicial al principio cree algún problema y falta de adaptación. Luego cabría observar que va a repercutir de forma positiva en el acortamiento de plazos en el propio sistema judicial según la evidencia internacional.
¿En este escenario litigioso, el uso de los métodos extrajudiciales como el arbitraje y la mediación podría ayudar a descargar de asuntos el sistema judicial actual?
Los mecanismos extrajudiciales, en sus siglas ADR anglosajonas, podrían ser una solución parcial a la litigiosidad en los tribunales. El problema de esta cuestión es que hay poca información estadística sobre su uso en estos momentos, para conocer su impacto tanto en España como en otros países del área de la OCDE.
Unos buenos sistemas extrajudiciales podrían ayudar a esa descarga de asuntos en el sistema judicial, aunque a veces el incumplimiento de los laudos acabe también en los tribunales. Desde el Banco Mundial se ve como una solución voluntaria que deben tener en cuenta las partes pero nunca debe configurarse como algo obligatorio dentro del proceso.
Otro debate abierto es la relación entre un buen sistema judicial y la competitividad de un país.
Es cierto, es otra discusión abierta a la que contribuyen algunos Premios Nobel de Economía. Cada vez se ve más claro que un país moderno y en progreso suele disfrutar de un marco institucional de elevada calidad en cuanto a su legislación, jurisprudencia y respuesta del sistema judicial a la litigiosidad.
Como bien sabe, en muchas ocasiones, este tipo de variables las tienen en cuenta los inversores internacionales a la hora de posicionarse. Pese a lo que se pueda decir, nuestro sistema judicial no es peor que el de otros muchos países de su entorno. En esta situación, cuando se habla de la lentitud de este sistema judicial hay que hacerlo con prudencia. Estamos peor que los países escandinavos y germánicos pero mejor que el sistema judicial de Inglaterra y Gales y en línea con el francés, al menos en la jurisdicción civil.
Esos inversores y empresarios a los que usted alude están muy sorprendidos de la incontinencia legislativa en España. Normas estatales, autonómicas que no siempre se complementan.
Es otro debate que preocupa a la comunidad jurídica. Algunos académicos del Derecho señalan que cuanto más compleja es la regulación, en el sentido de dar respuesta a un mayor número de cuestiones, menos conflictos deberían existir, al menos en teoría. Sin embargo, el análisis actual de esta cuestión, desde un punto de vista que aúna Derecho y Economía, nos revela que un exceso normativo genera en empresas y ciudadanos una situación de pérdida.
No se sabe a qué normativa atenerse. La consecuencia más directa de este segundo planteamiento será la generación de nuevos incumplimientos normativos, más conflictos y por tanto más litigiosidad. Son las dos caras de una realidad que preocupa a todos los expertos, como puede comprobar.