¿Qué son los jueces paz, quiénes los nombran y cuáles son sus competencias?

¿Qué son los jueces paz, quiénes los nombran y cuáles son sus competencias?

En España hay jueces que no son licenciados en derecho ni son expertos en leyes, pero hace un gran trabajo. Son los llamados jueces de paz, una institución que nació en 1855 para descargar a los alcaldes de las competencias jurisdiccionales que, hasta ese momento, poseían y que suponían una pesada carga. Competencias que iban desde la resolución de controversias de escasa cuantía en materia civil hasta el enjuiciamiento de infracciones penales leves, como insultos.

El número de jueces de paz existentes, según datos del Consejo General del Poder Judicial de 2017 es de 7.693.

Supera, por lo tanto con creces, a los 5.500 jueces profesionales, que son los que han accedido a la carrera siendo licenciados en Derecho. Jueces que han accedido a su puesto tras aprobar una oposición o por los llamados tercer o cuarto turno, después de un tiempo de ser un abogado en ejercicio o por ser jurista de reconocido prestigio.

Su presencia es un claro ejemplo de la participación activa de la ciudadanía en la Administración de Justicia, junto con aquellos que componen los jurados populares.

No son meros colaboradores temporales sino auténticos protagonistas de la potestad jurisdiccional.

Estos jueces legos ejercen en poblaciones donde no hay Juzgado de Primera Instancia e Instrucción.

Son nombrados por la Sala de Gobierno del respectivo Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Ayuntamiento de la localidad, tras haber sido elegidos por mayoría absoluta por el Pleno del Consistorio.

El periodo de su mandato es de cuatro años.

El tratamiento que reciben es el mismo que el que tiene un juez de Primera Instancia: “Señoría”.

Los jueces de paz forman la base de la Justicia española y, por su condición de autoridad, resuelven cuestiones de interés entre los particulares y juegan un importante papel llevando la paz y la tranquilidad a las familias.

En materia civil, los jueces de paz resuelven y ejecutan los asuntos de cuantía no superior a 90 euros.

En lo que se refiere a materia criminal, éstos pueden juzgar a aquellos que abandonen jeringuillas u otros objetos que pudieran generar enfermedades o daños a otras personas, o a los que talen, quemen o arranquen flora amenazada, o a los que maltraten animales, o a los que alteren el orden público en la audiencia de un tribunal o juzgado o a los que desluzcan edificios públicos o privados.

También pueden juzgar y castigar a los que amenacen a otro con armas u objetos peligrosos o a los que hayan injuriado o coaccionado a otros conciudadanos.

Los jueces de paz son, asimismo, los encargados del Registro Civil, es decir, del Registro Público donde constan los nacimientos, los matrimonios, las tutelas, las representaciones, la filiación, la nacionalidad, el sexo y el nombre de los nacidos en el municipio.

Su trabajo y entrega diaria, en el mantenimiento de la paz social, representan una importantísima aportación a la Administración de Justicia.

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