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El Constitucional paraliza la resolución de convocar un referéndum independentista en Cataluña

15 / 12 / 2016 05:54

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El Pleno del Tribunal Constitucional admitió a trámite ayer el incidente de ejecución de sentencia presentado por el Gobierno el pasado 14 de octubre contra las resoluciones aprobadas unos días antes por el Parlamento catalán impulsando el proceso constituyente, entre ellas, la que apoyaba la celebración de un referéndum en 2017 con o sin el aval del Estado.

La admisión a trámite supone la paralización cautelar de las resoluciones aprobadas hasta que el tribunal de garantías se pronuncie sobre el fondo de los asuntos.

El Ejecutivo cuestionó la legalidad de seis resoluciones aprobadas por la Cámara catalana el pasado 7 de octubre al existir un «incumplimiento» de la sentencia del Tribunal Constitucional 259/2015, de 2 de diciembre.

El Gobierno ya solicitó al Tribunal de Garantías la nulidad de otra resolución aprobada por el Parlamento catalán el pasado 27 de julio, la que dio inicio al denominado proceso de «desconexión» de Cataluña con España.

De hecho, el TC ya se ha pronunciado al respecto y acordó de forma unánime su nulidad.

Así, el Pleno acordó tramitar el incidente y, en concreto, los apartados de los capítulos titulados ‘Referéndum’ y ‘Proceso Constituyente’ que se incluyeron en el Título I sobre ‘El futuro político de Cataluña’ de aquella resolución.

NOTIFICACIÓN PERSONAL

Dan traslado al Ministerio Fiscal y al Parlamento de Cataluña de la petición de la Abogacía del Estado para que, en el plazo de veinte días formulen las alegaciones que estimen oportunas y acuerda también la suspensión cautelar de los apartados objeto del incidente de ejecución, lo que es consecuencia automática de la invocación por el Gobierno del artículo 161.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

De acuerdo con lo solicitado por el Abogado del Estado, el Pleno ordena notificar personalmente esta resolución a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, a los demás miembros de la Mesa del Parlamento de Cataluña, al secretario general del Parlamento de Cataluña, así como al presidente

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este miércoles el incidente de ejecución de sentencia presentado por el Gobierno el pasado 14 de octubre contra las resoluciones aprobadas unos días antes por el Parlament catalán impulsando el proceso constituyente, entre ellas, la que apoyaba la celebración de un referéndum en 2017 con o sin el aval del Estado.

La admisión a trámite supone la paralización cautelar de las resoluciones aprobadas hasta que el tribunal de garantías se pronuncie sobre el fondo de asuntos. El Ejecutivo cuestionó la legalidad de seis resoluciones aprobadas por la Cámara catalana el pasado 7 de octubre al existir un «incumplimiento» de la sentencia del Tribunal Constitucional 259/2015, de 2 de diciembre.

El Gobierno ya solicitó al Tribunal de Garantías la nulidad de otra resolución aprobada por el Parlamento catalán el pasado 27 de julio, la que dio inicio al denominado proceso de «desconexión» de Cataluña con España. De hecho, el TC ya se ha pronunciado al respecto y acordó de forma unánime su nulidad.

Así, el Pleno ha acordado tramitar el incidente y, en concreto, los apartados de los capítulos titulados ‘Referéndum’ y ‘Proceso Constituyente’ que se incluyeron en el Título I sobre ‘El futuro político de Cataluña’ de aquella resolución.

NOTIFICACIÓN PERSONAL

Dan traslado al Ministerio Fiscal y al Parlamento de Cataluña de la petición de la Abogacía del Estado para que, en el plazo de veinte días formulen las alegaciones que estimen oportunas y acuerda también la suspensión cautelar de los apartados objeto del incidente de ejecución, lo que es consecuencia automática de la invocación por el Gobierno del artículo 161.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

De acuerdo con lo solicitado por el Abogado del Estado, el Pleno ordena notificar personalmente esta resolución a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, a los demás miembros de la Mesa del Parlamento de Cataluña, al secretario general del Parlamento de Cataluña, así como al presidente Carles Puigdemont y demás miembros del Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña.

Se les advierte de su deber de «impedir o paralizar» cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada y les apercibe de las «eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir».

Además, el tribunal requiere a todos ellos que emitan los informes previstos en la ley y expliquen si las actuaciones parlamentarias que dieron lugar a la aprobación de las resoluciones «han contravenido la sentencia y los autos» antes mencionados. EP.

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