Testamentarías: Que ningún banco te de gato por liebre
La testamentaria los documentos involucrados con la ejecución o pago de una herencia.

Testamentarías: Que ningún banco te de gato por liebre

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01/1/2017 05:59
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Actualizado: 28/11/2017 12:12
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Cuando una persona fallece sus directos allegados tienen que hacer una testamentaría de las cuentas bancarias que tuviera para conocer su importe y liquidarlas. El Banco de España recomienda a las entidades financieras actuar diligentemente en esos trámites y en las formalidades de la liquidación de las cuentas bancarias de los fallecidos para no perjudicar a ningún heredero.

En muchos casos, los herederos contratan a un abogado para que se encargue de esos trámites. El letrado comunica al Banco el fallecimiento (deceso, en lenguaje especializado), presentando el consiguiente certificado de defunción expedido por el Registro Civil, y la entidad bloquea automáticamente la cuenta en cuestión.

¿Cuánto tarda un banco en pagar una herencia?

«En esa misma gestión solicitamos al banco un certificado con el saldo de la cuenta en ese momento», explica Jesús Garzón, de Garzón Abogados, conocedor en profundidad de este tipo de trámites. «Por lo general, te lo suelen dar en una semana. Como mucho 15 días».

Con ese certificado de saldo por fallecimiento después el abogado se va a la notaría en cuestión, y junto con el resto de los documentos sobre los bienes, se procede a resolver el testamento.

Sin embargo, Garzón ha venido detectando últimamente, al menos en tres bancos -Bankia, Novobanco y Liberbank-, que le piden que firme un encargo profesional para que el propio banco tramite el  llamado expediente de testamentaría.

«Pero eso es precisamente lo que hacemos nosotros, los abogados. Y no sólo eso. Te piden una provisión de fondos de 70 u 80 euros. Y no tardan 7 o 15 días. La cosa se prolonga 3, 4 y hasta 6 meses, con lo que el banco sigue disponiendo del dinero del fallecido», revela el abogado.

El certificado de saldo por fallecimiento es gratuito, diga lo que diga el banco

«Te dicen abiertamente que ‘es obligatorio’ y eso no es cierto. No hay ninguna Ley que obligue a ello, que lo imponga. Es claramente ilegal. Ellos lo saben y nosotros también. Por eso, cuando se lo recuerdas y te muestras firme en tus planteamientos, te hacen la gestión como tiene y debe de ser», añade.

«A nosotros nos lo han intentado hacer varias veces. Lo que nos preocupa es que también se lo hagan a otros ciudadanos, que hayan optado por hacer personalmente ellos las gestiones. Por eso, estamos contando nuestra experiencia. Para que a nadie ningún banco le de gato por liebre. El certificado del saldo es gratuito. No están obligados a contratar al banco para hacer la testamentaría. Así de claro», advierte Garzón.

Bankia y Novobanco dicen no haber dado instrucciones en ese sentido sobre las testamentarías

A la vista de las afirmaciones del abogado, Confilegal se ha puesto en contacto con las tres entidades bancarias.

Sólo Lieberbank no ha contestado.

Bankia asegura que no existe ni se ha dado instrucción alguna a sus oficinas «para que a los clientes que acudan a solicitar un certificado de saldo ligado al fallecimiento de una persona allegada se les induzca a firmar un impreso por el que se le encarga al banco los trámites de la testamentaría».

«Emitir un certificado de saldos es una obligación que tiene la entidad frente al heredero que quiere conocer las posiciones de su familiar fallecido. En caso de que, además, los familiares quieran que se les tramite el expediente de testamentaria, sí que se les cobraría una comisión por los gastos que ocasiona el estudio jurídico de toda la documentación para permitir que los herederos dispongan de los fondos. Lo que incluye esta comisión es el estudio jurídico y pormenorizado de diversos documentos, tales como los certificados de defunción y del registro de actos de últimas voluntades relativos al causante, así como copia autorizada del último testamento o del auto de declaración judicial de herederos abintestato, o acta de notoriedad tramitada por Notario, según sea el caso. En todo caso, siempre sería previo consentimiento del cliente y, como te decía, sin que en Bankia exista instrucción alguna para animar al usuario a realizar estos trámites», dicen en el correo electrónico de contestación.

Novobanco, por su parte, dice que «no existe comunicación expresa por parte de la Dirección. Simplemente aplicamos los procesos normales en la prestación de servicios que como es normal tienen un coste formal y publico asociado».

«Se facilitan los certificados solicitados por los interesados que tienen el coste publicado en libro de tarifas y posteriormente se tramita la testamentaria después de la adjudicación cobrándose tarifa según libro tarifas. Todo ello con comunicación previa del coste según ley trasparencia», concluyen.

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