Los tuits sobre Bimba Bosé, entre la ofensa y un posible  delito de odio, según los juristas
En la mesa, la inspectora Silvia Barrera; Elvira Tejada fiscal de la Sala de Criminalidad Informática; Paco Pérez Bes, moderador y Eloy Velasco, magistrado de la Audiencia Nacional.

Los tuits sobre Bimba Bosé, entre la ofensa y un posible delito de odio, según los juristas

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27/1/2017 18:59
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Actualizado: 27/1/2017 18:59
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Diferentes personalidades han hecho acto de presencia en este V Congreso de ENATIC que se ha desarrollado a lo largo de este viernes en la capital de España. Junto a los temas del evento, hay otros temas como el de los tuits a la fallecida Bimba Bosé que han sido objeto de comentario. Aquí las opiniones de diferentes juristas ante la actuación de la Fiscalía sobre esta cuestión que ha abierto una investigación.

Elvira Tejada, fiscal de Sala Coordinadora en materia de Criminalidad Informática, e invitada por la organización a dar una ponencia destaca que “hemos pedido a policía y guardia civil todos los tuits encontrados en redes sociales para recabar información y ver si realmente este comportamiento puede ser delictivo. Tenemos el informe de guardia civil, aun falta el de policía y lo que haremos será analizar al detalle cada tuit, porque en este caso son comentarios aislados y no coordinados”.

De esta investigación habrá que ver si estamos ante un delito de odio o ante otro de injurias privadas “aquí se exige querella del ofendido y el fiscal no es parte en este tipo de procesos. Como aquí la ofendida ha fallecido Tejada advierte que en el Código Penal anterior a 1995 se daba la opción a ejercitar la acción penal a los familiares durante un plazo limitado de seis meses a un año. Eso antes se podía hacer, ahora no es posible”.

La propia fiscal comenta que han abierto este expediente por “nuestra preocupación porque posiblemente alguno de los comentarios podría considerarse como crímenes de odio. Y eso es lo que vamos a valorar en los próximos días”. A su juicio, los posibles delitos mencionados ya están en el Código Penal “lo que es delito, lo es en el mundo físico y en el virtual” y recuerda que este tipo de actuación recuerda a la que la fiscalía hizo sobre el caso de la presidenta del PP leones y de la Diputación, Isabel Carrasco, asesinada hace unos años y el efecto que generó en redes sociales.

Para Rafael Catalá, ministro de Justicia que hace días comento en twitter que en redes sociales no cabían los insultos comentaba que “muchas de las reformas que hemos llevado a cabo, especialmente las últimas modificaciones del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal pretenden frenar la hipotética comisión de delitos en redes sociales. Los tuits que se han conocido tienen un carácter ofensivo muy grave, son delitos perseguibles a instancia de parte. Todavía no sabemos si las personas ofendidas por esos tuits han presentado algún tipo de denuncia”.

Sobre la actuación de la Fiscalía sobre este tema subrayaba a pregunta de este periodista que “ la propia Fiscalía pone de manifiesto su sensibilidad y cercanía de cara a saber a través de la investigación pertinente si se ha cometido desde los tuits y declaraciones vertidas tienen carácter delictivo y por tanto actuar en consecuencia”.

Fiscalía defiende derechos y deberes de los ciudadanos

José Manuel Maza, nuevo fiscal general del Estado, señala sobre esta cuestión que “la fiscalía del cibercrimen ha abierto una investigación de cara a saber si la publicación de esos tuits genera delito. Se está recabando información y las decisiones se tomarán a la vista de lo analizado. Preguntado si este tipo de actuaciones podría generar un delito de odio “como comprenderá no puedo entrar en valoraciones al respecto, para eso hemos hecho recabar toda la información sobre este tema y hacer una valoración posterior del propio tema”, destaca. Maza recuerda que es labor de la Fiscalía tutelar los deberes y derechos de los ciudadanos.

En opinión de Eloy Velasco, magistrado de la Audiencia Nacional explica que la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos exige dos cosas para que cualquier manifestación no sea libertad de expresión sino de odio “una manifestación puede exteriorizar desde las redes sociales un sentimiento de odio y en segundo lugar una situación que coloque en postura de riesgo a una persona como consecuencia de unas manifestaciones de odio, que no tiene porque ser una persona concreta y puede ser un colectivo en abstracto”.

Para este magistrado el Código Penal tiene respuesta suficiente para este tipo de situaciones que se generen en redes sociales si se sigue el artículo 510 del Código Penal “Lo que sí está claro es que el legislador se olvidó de una situación, el odio a los mendigos, en relación actuaciones que hemos visto hace poco no proliferen y se repriman penalmente”. Para Velasco es una buena noticia que la Fiscalía entre en estos temas e investigue si hay delito “gracias a ellos se protegen los derechos a los ciudadanos. Hay una fiscalía especializada en delitos de odio que lo está haciendo bastante bien”.

Por su parte, Javier Puyol, abogado experto en nuevas tecnologías, indica que hay que diferenciar si estos tuits que hemos conocido son calificativos como delitos de odio o injurias privadas, “en el primer caso sería la fiscalía la que debe investigar y analizar su contenido, en el segundo caso corresponderá a aquellos que estén legitimados sobre la base de la Ley 5/2001”.  A su juicio «debería ser el Parlamento quien ante este tipo de situaciones, que van en contra de la dignidad de las personas, aprobase una regulación específica sobre estos temas».

Desde su punto de vista nuestra legislación se va quedando anticuada La ley 5/2001 tiene una parte procesal que fue derogada por la aprobación de la Ley de Enjuiciamiento Civil y se ha quedado un poco escasa “la evolución tecnológica está generando nuevos problemas en estos último años. Posiblemente se podrían establecer unas acciones concretas sacadas del Código Penal para garantizar esa legitimación y tutela efectiva».

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