La DGT planea sacar de las carreteras a los conductores que circulen bajo los efectos de las drogas
Recurso gráfico de uno de los miles de accidentes de nuestras carreteras.

La DGT planea sacar de las carreteras a los conductores que circulen bajo los efectos de las drogas

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09/7/2017 04:58
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Actualizado: 23/11/2017 11:10
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Según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT) alrededor de un 40% de los conductores fallecidos en la carretera durante el pasado año presentaban sustancias psicoactivas, alcohol o drogas, en su organismo en el momento de su muerte». Ante esta tesitura la DGT planea declarar la guerra a esta tipología de conductores y sacarles de la circulación.

En este sentido Dirección General de Tráfico (DGT) pretende incrementar próximamente las pruebas de detección de drogas ilegales hasta alcanzar 150.000 test en 2018, lo que supone un tercio más de los 100.000 que quiere realizar este año y más del doble de las 65.000 efectuadas en 2016.

«Desde la DGT estamos haciendo un esfuerzo muy importante por aumentar el número de pruebas de drogas entre los conductores. Este año queremos alcanzar los 100.000 test de drogas y el año que viene 150.000, con el objetivo de sacar de la carretera a los conductores que circulan con presencia de estas sustancias y que ponen en riesgo no sólo su vida, sino la vida de los demás», declaró Gregorio Serrano, su director quien subrayó que: «Consumir alcohol y otras drogas es incompatible con la conducción».

Sanciones duras contra los conductores ebrios o drogados

En la actualidad las sanciones a estos conductores son las siguientes. Vienen reflejadas en el  capítulo IV del Código Penal donde se tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece distintas penas por conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de las drogas. Estas son las sanciones:

En España, conducir tras haber consumido alcohol o drogas está castigado con multas de hasta 1.000 euros, e incluso con penas de prisión, en función de la gravedad.

Las tasas de alcohol máximas que permite la DGT son 0,5 gr/l en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado, una tasa – que se reduce a 0,3 gr/l o 0,15 mg/l, respectivamente, si se trata de conductores profesionales o conductores noveles-

Si se superan estas cantidades se estará cometiendo una infracción grave o muy grave. La multa por alcoholemia varía entre los 500 euros y 4 puntos en el carnet de conducir a 1.000 euros y 6 puntos según la cantidad detectada.

En el caso de los conductores reincidentes, directamente se les aplica una multa de 1.000 euros y 4 o 6 puntos en el carnet. En el caso de que los agentes realicen la prueba de drogas y detecten alguna sustancia ilegal en el organismo (se excluyen las que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica), la infracción pasa a ser tipificada como muy grave, lo que implica una multa de 1.000 euros y 6 puntos en el carnet de conducir.

Si el hecho de haber consumido alcohol o drogas ha provocado un problema de seguridad grave, el conductor pasa a ser juzgado por vía penal, lo que conlleva castigos más duros: las penas incluyen prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

Cuatro años ha sido la pena que le ha caído a una chica de 22 años que, borracha y drogada, condujo de forma temeraria y acabó con la vida de tres personas. Además, negarse a hacer las pruebas de alcohol o drogas conlleva unas penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

Medidas próximas a aprobar

Al mismo tiempo tras el último Comité de Seguridad Vial que tuvo lugar este mes de mayo se acordó que los conductores reincidentes en sanciones de alcohol y drogas, es decir, los que hayan cometido dos o más infracciones de este tipo en menos de dos años, perderán el carné de conducir y serán remitidos a las autoridades sanitarias para que evalúen si tienen un problema de abuso o dependencia de esas sustancias.

Desde la DGT explican que la retirada del carné a conductores reincidentes ya aparece recogida en el artículo 36 del Reglamento General de Conductores, pero se viene realizando «en casos concretos». La idea, a partir de ahora, es establecer más controles sobre este tipo de conductores.

También en el Congreso de los Diputados el incremento de la mortalidad y accidentes de tráfico está siendo de estudio. Hace unos días CONFIELGAL se hacía eco de una iniciativa.  Se registraba en la Cámara Baja una proposición de ley para modificar la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre del Código Penal  y endurecer las  imprudencias graves con resultado de muerte y penar la conducta de abandono de lugar del accidente del conductor infractor que han generado en los últimos meses cierta alarma social

Llegar a los 150.000 controles de drogas  en el 2018

Serrano visitaba este jueves el laboratorio de toxicología encargado de realizar las pruebas evidenciales procedentes de los controles de drogas de abuso realizados a los conductores por los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en las carreteras. En dichas instalaciones mantuvo una reunión para anunciar el propósito de la DGT de incrementar hasta 150.000 las pruebas de drogas a realizar en 2018.

A lo largo de la visita, el director de la DGT  conoció  de primera mano las distintas fases de análisis de las muestras enviadas que finalizan con la emisión del correspondiente informe analítico que certificará, en su caso, la presencia de drogas en el organismo en el momento de la prueba en carretera.

Según SerranoEl 98% de las muestras enviadas al laboratorio confirman el positivo de la primera prueba indiciaria que se realiza a los conductores”. También ha añadido “que ningún conductor es sancionado hasta que esta determinación ha resultado confirmatoria de la prueba indiciaria”.

Un procedimiento que preserva los derechos del conductor

Cuando un conductor da positivo en la prueba de drogas realizada por los agentes en carretera prueba indiciaria, se le requiere una segunda muestra salival que es la que se envía al laboratorio para su análisis y confirmación del positivo con las convenientes garantías de cadena de custodia y cadena de frio.

Una vez que la muestra está en el laboratorio pasa por tres fases: la preanalítica, la analítica y la post analítica. Todas las fases están perfectamente protocolizadas y sometidas a los controles de calidad requeridos internacionalmente.

En la fase analítica es donde se determinan y cuantifican las distintas sustancias psicoactivas mediante técnicas homologadas de gran precisión como es la Cromatografía de líquidos y espectrometría de masas en tándem (LC-MS/MS).

Es en la actualidad, Synlab, la cuarta empresa mundial en el sector del laboratorio clínico y primera en Europa. La actual empresa adjudicataria por concurso público del servicio de determinación de drogas en nuestro país. Dispone de 69 laboratorios, aunque centraliza en uno de ellos la determinación de la prueba de drogas realizada a los conductores por parte de la Agrupación del Tráfico de la Guardia Civil (ATGC)

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