Cómo volar un dron sin tener problemas legales
Está prohibido volar los drones sobre ciudades, pueblos y aglomeraciones de personas. EP

Cómo volar un dron sin tener problemas legales

Para el uso privado, para volarlo, el dron tiene que ser asimilado a los aviones de aeromodelismo, si bien no puede ser considerado un juguete volador sino una aeronave, por lo que representa un mayor riesgo para las personas.

Debido a su reciente auge, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), estableció unas líneas rojas muy claras.

Lo que un usuario no debe hacer jamás con su dron, con su robot volador.

Por ejemplo, no puede volarlo en zonas urbanas, en mitad de la ciudad o del pueblo; no puede volarlo sobre aglomeraciones de personas, ya sea en parques, en playas, en conciertos, en bodas, manifestaciones o procesiones; no puede volarlo de noche ni cerca de aeropuertos o aeródromos; no puede volarlo en zonas de parapente, paracaidismo, aeródromos o heliopuertos; y, por último, no puede poner en peligro a terceras personas.

¿Dónde queda volarlos? Pues en aquellas zonas en las que se vuelan los aviones de aeromodelismo, en el campo o en lugares despoblados.

Donde no haya personas cerca.

El auge del uso de los drones es mundial. Y también los accidentes. El pasado mes de junio a una joven que tomaba parte en la marcha del orgullo gay en Seattle, Estados Unidos, le cayó un dron encima –pesaba un kilo- y la dejó inconsciente.

Y lo mismo le sucedió a un atleta australiana sobre la que impactó un dron cuando estaba corriendo.

O el reciente accidente que sufrió Enrique Iglesias, quien se cortó varios dedos de la mano derecha cuando trató de agarrar un dron que estaba grabando el concierto que daba en la plaza de toros de Tijuana, México, en su gira mundial Sex and Love, ante una audiencia de 12.000 personas.

Por no olvidar, el incidente acaecido hace pocos días durante la celebración de la Copa del Mundo de Esquí Alpino en Italia, en la que Marcel Hirscher se salvó por décimas de segundo de que un dron impactara sobre su persona cuando descendía a toda velocidad por la pendiente.

La AESA recomienda, por eso, cuando se vuelan estos aparatos como hobby, no por encima de los 120 metros de altura y, sobre todo, practicar mucho, para tener el mayor control del aparato posible.

El respeto a esas líneas rojas, sin embargo, no exime de la responsabilidad en el caso de ocurrir algún imprevisto.

El afectado siempre estará protegido por el Código Civil y su artículo 1902, que dice que “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

USO PROFESIONAL

El uso profesional de los drones es otra cosa. Aquí manda la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que regula su explotación de una forma muy específica.

Obliga a que cada uno de ellos estén matriculados –como un coche o una aeronave cualquiera- si pesan más de 25 kilos, a que se haya suscrito una póliza de responsabilidad civil, a que el que lo maneje tenga licencia de piloto de ultraligero y que, además, posea el certificado médico aeronáutico debido.

Como en el caso de los aficionados, la Ley 18/2014 prohíbe volar los drones sobre ciudades, pueblos, zonas habitadas en general, aglomeraciones y reuniones de personas al aire libre y a una altura máxima de 120 metros, si pesan menos de 2 kilos. Y a una distancia de no más de 500 metros si el aparato no excede los 25 kilos.

En el caso de que el peso de los drones exceda de los 25 kilos pero no supere los 150, y que sean utilizados en actividades de lucha contra incendios o búsqueda y salvamento, su navegación tiene que ceñirse a las limitaciones establecidas en su certificado de aeronavegabilidad, emitido por la AESA.

Además, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea tiene que ser informada de estas actividades –cuando el dron pese menos de 25 kilos- con una antelación mínima de cinco días y la identificación de un responsable.

La Ley 21/2003 de 7 de julio de Seguridad Aérea establece una batería de sanciones para aquellos que contravengan las normas, poniendo en peligro la seguridad. Sanciones que van de lo 60 euros –las más leves- hasta los 225.000 euros, las más graves.

Los recintos cerrados son excepciones a las líneas rojas tanto para los drones para uso particular como los que se utilizan profesionalmente. Al estar cubiertos no se considera espacio aéreo regulado, pero es preciso contar con la autorización del propietario del recinto.

 

 

 

 

 

 

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