Javier de la Cueva: «Los sistemas informáticos de Justicia que tenemos serían el ‘sueño húmedo’ de Stalin o de Hitler»
Javier de la Cueva en una reciente intervención en la Facultad de Derecho de la Universidad de Castilla-La Mancha, en Toledo. Carlos Berbell/Confilegal.

Javier de la Cueva: «Los sistemas informáticos de Justicia que tenemos serían el ‘sueño húmedo’ de Stalin o de Hitler»

|
04/2/2018 06:20
|
Actualizado: 15/11/2020 18:44
|

Javier de la Cueva, 29 años como abogado, profesor de filosofía en la Universidad Complutense, y de derecho, en el Instiuto de Empresa, es una «rara avis». A su dominio profesional del campo legal se une un conocimiento profundo del tecnológico, además de un apasionado por el arte y el pensamiento.

Posiblemente sea uno de los pocos letrados que sepan programar. También es de los que les gusta llamar a las cosas por su nombre, de los que no se arredran en decir ‘El rey va desnudo’, si en verdad va desnudo.

No es un kamikaze, en absoluto. Se expresa pasionalmente, con la fuerza que le dan las cosas pensadas y repensadas a lo largo de sus paseos a pie o en bicicleta por Madrid.

De la Cueva es una autoridad reconocida en los dos mundos, el jurídico y el tecnológico.

Desde hace tiempo viene avisando, a quien quiere escucharle, que no está bien que los sistemas informáticos de Justicia que se han creado en las 12 Comunidades Autónomas con competencias transferidas y en el que rige en las 5 Comunidades, que gestiona directamente el Ministerio, sean administrados por el Ejecutivo.

«Serían el ‘sueño húmedo’, de Stalin, de Lenin, de Hitler, de Mussolini y, por supuesto de Goebbels”, afirma con contundencia.

«Jamás un gobierno ha podido tener acceso a tantos datos del poder judicial como con la ‘maquina’ que se ha creado», añade.

Pero no asegura que se esté haciendo ni que se vaya a hacer en ese sentido. Aunque reconoce su “peligrosa potencialidad”.

Lo de Goebbels, Stalin o Hitler da para el titular. Lo sabe, ¿verdad? ¿Puede explicarlo?

Cuando yo antes presentaba una demanda ante los Juzgados, esta terminaba en el Decanato y de ahí se iba a reparto. Quienes conocían lo que yo hacía era el Decanato, que era donde yo presentaba la información, y luego en el Juzgado donde cayera la demanda.

¿Qué ocurre? Que cuando se sustituye ese sistema y tengo que hacerlo a través de Lexnet le estoy dando todos mis datos al Ministerio de Justicia. Datos que quedan registrados en tablas.

Y el Ministerio de Justicia, al igual que las consejerías de justicia correspondientes, con solo apretar una tecla podría saber en qué juzgados tengo mis asuntos, qué jueces lo llevan, puede perfilar qué tipos de clientes tengo, quiénes son, sus DNIs.

El abogado en su despacho de Madrid, junto a una de las obras de arte que lo adornan. Carlos Berbell/Confilegal.

¿Está usted diciendo que se ha construido un Gran Hermano?

Es un Gran Hermano, pero esto no lo digo yo, lo dice el Real Decreto de Lexnet y la Orden Ministerial que se aprueba quince días antes de Lexnet y es donde se refleja toda esta información.

En Madrid hay 77.000 abogados colegiados y sólo usted dice estas cosas…

Sí, pero también es verdad que en su momento, en 2003 critiqué la Ley de Propiedad Intelectual porque el artículo 25, que era el que establecía un canon digital, resulta que se estaba aplicando a las actas de los juicios. A los CDs y DVDs en los que se grababan.

Porque los artículos 147 y 187 del Código Civil hacían que las actas fueran digitales. Con lo cual, por cada juicio que se celebraba en España la SGAE, Cedro y demás entidades de gestión se llevaban 20 céntimos por cada una de las copias.

En mi tesis doctoral cuento que esto le costó al estado 130 millones de euros.

«¿Que está ocurriendo aquí con los sistemas informáticos? No es muy diferente a lo que sucedía al periodo anterior a la Ilustración en lo que al derecho se refería»

Sin embargo, la Administración de la Administración de Justicia, a cuya transferencia a las autonomías dio su visto bueno el Tribunal Constitucional, está dividida en trece partes, cada una gestionada por responsables distintos. 

Trece reinos de Taifas, así es. Cada uno con potencial acceso a la información que le he referido. ¿Que está ocurriendo aquí? No es muy diferente a lo que sucedía al periodo anterior a la Ilustración en lo que al derecho se refería.

Entonces había unos grandes grupos de normas. Hasta que llega el racionalismo y con ello todo el proceso de codificación. Y acabamos con un Código Civil, un Código Penal, un Código Mercantil… Con ello se deshicieron todas aquellas miles de pequeñas normas y de cosas, y se impuso una cuestión esencial: la costumbre no puede ir contra norma y la ley solo puede ser derogada por otra ley posterior.

No puede existir, por lo tanto, la costumbre «contra legem» (contra la ley).

Aquí nos encontramos en el mismo momento prerracionalista que entonces. En el cual lo que existe es todo un conglomerado de distintos sistemas. Y va a llegar el momento en el que se tenga que decir lo mismo: «señores, aquí hay que racionalizar».

Estamos en la prehistoria de las tecnologías de la información y de la comunicación. No nos olvidemos de que la imprenta es de 1440 y cuando tiene efectos serios sobre la sociedad es en 1789, que es cuando se produce la Revolución Francesa.

La problemática que nos encontramos ahora es que esas tecnologías de la información y la comunicación se implantan a mediados de los años 90, ¿qué vamos a tener en 2018 sino reinos de Taifas?

Se entiende.

Pero tenemos que reivindicar, desde los juristas, que se deben aplicar los mismos criterios por los que ya transcurrimos de la codificación a todo el tema tecnológico que se está desarrollando.

El profesor De la Cueva afirma que con la transferencia de competencias de Justicia a 12 autonomías se han creado 13 reinos de Taifas. Carlos Berbell/Confilegal.

Esto nos lleva a una cuestión a la que usted le ha dado muchas vueltas. ¿Quién puede hacer esa nueva codificación¿ Usted ha hablado de profesiones que no existen en estos momentos…

Yo lo que defiendo es que tiene que generarse un profesional que es un conjunto de jurista, informático y documentalista. Por ejemplo, uno de los problemas que existen en todos los despachos de abogados es que no existe una normalización en la nomenclatura de los archivos. ¿Cómo nombra usted a sus archivos? ¿Contrato 1, contrato 2, contrato 3?

Sin embargo, hay un sistema que es facilísimo. Los ocho primeros caracteres en todo archivo van a tener que ser la fecha en formato ISO. 2018/02/02 y luego una barra baja que va de más genérico a más específico, describiendo en qué consiste este elemento. De esa manera, cuando abre cualquier directorio, coincide el orden cronológico con el orden alfabético y no te pierdes.

¿No ha pensado que los que gestionan esos sistemas informáticos de la justicia española son como los constructores de catedrales de la Edad Media, que guardaban sus conocimientos en secreto para poder mantener sus puestos de trabajo?

Es un símil muy acertado. Esto ya ocurrió en el derecho romano. Eran los sacerdotes los que tenían los ritos. Y estos eran sagrados. Y como ellos eran la casta sacerdotal, no los podían compartir y de esa manera no perdían el poder. Se conservaba el poder conservando la información, lo que es elemental.

Ahora bien, por encima de ese poder tienen que prevalecer los principios del derecho. El imperio de la ley.

En estos momentos se está generando tecnología «contra legem» (contra la ley), «praeter legem» (fuera de la ley) y «secundum legem» (de acuerdo con la ley). Y esto no puede ser. Es inadmisible.

Uno de los grandes conquistas de la Ilustración consiste en la prohibición de normas ocultas. Y eso es lo que son, de facto, partes de esos sistemas.

«El derecho a la participación que establece la Constitución española, tiene que llegar a este tipo de normativa técnica o código fuente»

¿Qué es lo que se debe de hacer, según su punto de vista?

Se debe establecer que el código fuente y el desarrollo de arquitecturas tecnológicas sean normas procesales. Actualmente son normas organizativas.

Este diseño normativo de los sistemas telemáticos no puede ir en una ley que sea la de la modernización de no sé qué, o la normalización tecnológica de no sé cuantos.

Tienen una importancia constitucional y tienen que tener una misma forma de aprobación que las normas jurídicas.

Tenemos que aplicar la teoría de las fuentes del derecho a este tipo de normativa. Porque, de acuerdo con esta teoría, la democracia consiste también en los procesos de hacer las propias normas.

Y estas normas técnicas tienen que hacerse por personas que estén legalmente habilitadas al efecto. Además, los procesos y la escritura que vayan elaborando tienen que hacerlos de un modo abierto al público, al igual que como se hace con las normas jurídicas. Se hace un expediente, se llama a los afectados y se cuelga de Internet. Y los ciudadanos pueden hacer las alegaciones que consideren.

El derecho a la participación que establece la Constitución española, tiene que llegar a este tipo de normativa técnica o código fuente. Y la propiedad que se genere de esa forma tiene que ser de dominio público. Como la Ley, que son de dominio público y tienen que estar escritas en un repositorio accesible a todo el mundo.

Los abogados del Estado tendrán que adaptarse a estos conocimientos.

Javier de la Cueva trabaja con Linux y tiene tres servidores distintos en los que guarda sus datos. Carlos Berbell/Confilegal.

¿Si no se toman esas decisiones, la democracia correría peligro?

Tenemos ya poca democracia. Desde luego, el sistema Lexnet es una invasión de la privacidad de todo el poder judicial. No es razonable que un determinado poder en un momento determinado pueda tener acceso a todos tus datos. No es razonable, tampoco, el traspaso de datos de Facebook Europa a Facebook Estados Unidos y que se lo diera a la NSA.

No es razonable que el poder ejecutivo, cuando hay un problema con una Comunidad Autónoma, como es la de Cataluña, resulta que pierda control sobre las redes telemáticas en la que se está ejercitando toda la cuestión catalana y esta dependa de un señor que está en Bruselas. Es un problema de vertebración estatal también.

Como le he dicho esto, se ha generado tecnología «contra legem». Y eso produce un gran hábito. Contra eso tenemos que estar en guardia.

Quizá lo que se ha construido en Justicia es la consecuencia directa de la historia. Quien ha facilitado desde siempre los medios materiales a la Justicia ha sido el Ejecutivo. De ahí que se hayan construido sistema tecnológicos centralizados. Ahora, a usted que le gusta tanto la ciencia ficción, imagínese que existe un mundo paralelo, como en «Fringe» o en «Star Trek Discovery», y que ahí se ha han hecho las cosas bien, desde su punto de vista. ¿Se atreve a describirlas? 

[Sonríe] En ese universo paralelo no tendríamos, lo primero, un problema de privacidad. No tendríamos una máquina que sería «el ‘sueño húmedo’, de Stalin, de Lenin, de Hitler, de Mussolini y, por supuesto de Goebbels».

Cada Juzgado tendría su propio servidor y se reproduciría tecnológicamente lo que teníamos antes de la informatización de mediados de los 90.

¿Y cómo se presentarían los escritos, por ejemplo? Lo que ahora hace Lexnet. 

¿Cómo enviaba antes yo mi escrito al Tribunal Supremo?

El procurador lo presentaba en el Registro del Alto Tribunal.

Ahora envío el correo al Tribunal Supremo. ¿Qué hace el procurador? Lo envía a una ventana que va al Ministerio de Justicia, ahora a través de Lexnet.

¿Y cómo se protegen los metadatos, a los que usted siempre se refiere?

El único que sabe las comunicaciones que yo tengo con el Juzgado 15 es el Juzgado 15. Pero no lo tiene que saber ni el Consejo General del Poder Judicial ni el Ministerio de Justicia.

De la Cueva con el catedrático de derecho procesal, Nicolás González-Cuéllar. Carlos Berbell/Confilegal.

Vale, ahora volvemos a nuestro universo y tenemos lo que tenemos. ¿Cuál es la solución?

¿Cómo tiene que ser el sistema Lexnet? Tiene que ser la máxima defensa de los propietarios de los datos. El habeas data es suyo. Esto lo dice el Tribunal Supremo y la jurisprudencia y la legislación europea. Los míos son míos, los del cliente son suyos y los del juez suyos.

¿Por qué mis datos o los de mi cliente tienen que estar en un órgano distinto de donde antes estaban? ¿Antes el CGPJ sabía si yo tenía un procedimiento en el Juzgado 15? No. Pues ahora exactamente igual.

Por ello, desde mi punto de vista, tienen que establecerse dos tipos de sistemas. Uno es quien tiene que legislar esa norma técnica y otro es el depositario de los datos personales una vez que ya funcione el marco.

La legislación del marco la tiene que hacer el legislador. ¿Quién hace la legislación del derecho procesal? El Parlamento. Y como el Parlamento no tiene ni idea tendrá que hacerlo alguien por delegación del Parlamento.

¿Quién hace los diseños de los sistemas informáticos de la Justicia?

Los ingenieros. Yo no digo que lo hagan mal. Lo que digo es que cuando coges a un jurista y le hablas de un servidor te dice que el servidor es él. Y cuando coges a un informático y le hablas de la separación de poderes te contesta que eso qué es.

Necesitamos, por lo tanto, profesionales que sepan qué es la separación de poderes y que también conozca lo que es la relación servidor cliente. Este tipo de profesionales son los que hay que comenzar a formar.

En el año  2010 estuvo aquí Benkler, uno de los grandes ‘popes’ de Harvard y contó que uno de los grandes problemas que tienen es que no encuentran este perfil. No sabían si ir a formar jurídicamente a los informáticos o formar informáticamente a los abogados.

Yo lo que veo es que no hay que hacer ni lo uno ni lo otro. Hay que fusionar las dos cosas. Esto es un modelo nuevo. Esa es la dirección que hay que tomar. No hay otra. Porque nos jugamos mucho. Más de lo que podríamos sospechar ni imaginar.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Mundo Judicial