El CGPJ ha jubilado a 29 magistrados, desde 2014, por incapacidad permanente para hacer justicia
En 2009 el entonces presidente del TSJ de Navarra, Juan Manuel Fernández, informó a la Comisión Permanente del CGPJ de la situación del magistrado Ricardo Javier González y la posibilidad de jubilación por incapacidad permanente.

El CGPJ ha jubilado a 29 magistrados, desde 2014, por incapacidad permanente para hacer justicia

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08/5/2018 23:55
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Actualizado: 09/5/2018 09:01
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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha jubilado por incapacidad permanente para administrar justicia a 29 jueces (16 hombres y 13 mujeres) desde principios de 2014, cuando comenzó el mandato vigente de 5 años, cuyo final está previsto para diciembre de este año.

Sólo en lo que va de este año 2018, han dejado la carrera judicial 4 magistrados, tres mujeres (dos magistradas de Audiencias Provinciales -una de Cuenca y otra de Palma de Mallorca- y una tercera destinada en un Juzgado de lo Penal de Madrid) y un hombre, presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, quien poco después falleció.

«La media de edad de los magistrados jubilados forzosamente era de 61,4 años», según aclaran fuentes oficiales del órgano de gobierno de los jueces.

«Todos los expedientes de jubilación forzosa se incoaron con el acuerdo de los magistrados, aquejados de distintas dolencias por las que les fue reconocida la incapacidad», añaden las mismas fuentes.

El anterior mandato, que fue de 2008 a 2013, el número de jubilados por esta vía se elevó a 37.

Y en el Consejo precedente -que fue de 2001 a 2008 (se alargó hasta 7 años)- fueron 49.

En conjunto, los 3 últimos CGPJ han dejado fuera de la carrera judicial a 115 personas por este motivo.

Una de esas personas que estuvo en punto de mira del CGPJ en 2009 fue precisamente el magistrado del voto particular del caso manada, Ricardo Javier González. 

El entonces presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra -y hoy vocal del CGPJ-, Juan Manuel Fernández, informó a la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces para que se iniciara un expediente de jubilación por incapacidad permanente a este magistrado, por una baja prolongada por enfermedad.

Estos procedimientos se inician, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, a instancia de la Sala de Gobierno del órgano «afectado», en este caso el TSJN -que presidía Fernández-, del Ministerio Fiscal, del propio CGPJ o del propio interesado.

Para ello se suele nombrar a un magistrado para que instruya el expediente que, en la mayor de las confidencialidades, pone en marcha el mecanismo comunicando el caso al Equipo de Valoración de Incapacidades de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social correspondiente al domicilio del interesado.

O a la Sección de Prevención de Riesgos Laborales del CGPJ, para que examinen y hagan pruebas al afectado en cuestión.

Si es procedente, el instructor puede solicitar información al Servicio de Inspección del Consejo para saber cómo ha venido funcionando el magistrado en el destino asignado.

En la fase final, previo informe del Ministerio Fiscal, la propuesta llega al Pleno del CGPJ, que es el que tiene la última palabra.

El proceso de jubilación por incapacidad permanente es muy lento

Además, no gusta internamente.

¿Corporativismo? Sin duda. Casi el 60 por ciento del sueldo se va en complementos, por lo que, en muchos casos, los compañeros hacen la vista gorda para no perjudicar al afectado y dejarle con un sueldo mínimo. A nadie le gustaría que le pasara eso.

En el caso del magistrado González, la sangre no llegó al río y se dio carpetazo al asunto, al considerar, poco después, que había regresado a «la normalidad».

Es verdad que en el expediente profesional del juez del voto particular del «caso manada» figuran cuatro sanciones por retrasos en sus resoluciones.

Sanciones que se remontan a finales de los 90 y principios de 2000. El último, en julio de 2001, considerada falta muy grave porque tardó más de dos años un caso de divorcio.

Precisamente, el retraso injustificado en la iniciación o en la tramitación de los procesos o causas fue el motivo más sancionado por el CGPJ tanto en 2015 como en 2016.

Comparativa motivo de infracciones de jueces en 2015 y 2016. Fuente: Memoria 2016 CGPJ.

Problemas mentales

La mayor parte de estas jubilaciones forzosas, según ha podido saber Confilegal, se deben a trastornos mentales, paranoias, esquizofrenias, trastornos bipolares, fobias o psicosis, causas todas ellas que imposibilitan el desempeño de una función tan importante como es la administración de justicia.

Son graves problemas de salud mental de personas que toman decisiones sobre la vida de los ciudadanos.

Y es una cuestión que ha venido preocupando a los diferentes Consejos.

Por ello, el Consejo precedente al actual creó, dentro del órgano, la Sección de Prevención y Riesgos Laborales, antes citada, y puso a su frente a una especialista, Carmen Renedo, con el objetivo de prevenir y detectar situaciones de estrés, trastornos de ansiedad generalizada o de estrés postraumático entre los magistrados.

Lo paradójico es que no existen controles psiquiátricos, psicológicos o -para ser políticamente correctos- de salud mental regulares dentro de la carrera judicial, como sucede con otras profesiones, como los pilotos, por poner un ejemplo.

¿Serían necesarios?

Los jueces y magistrados no transportan personas por el aire, es cierto, pero deciden sobre libertades y propiedades. ¿Quién puede desear que alguien tome decisiones tan importantes sobre sus vidas y sus destinos en esas condiciones?

Ciertamente, nadie medianamente sensato y en sus cabales.

Esta es una asignatura pendiente que, tarde o temprano, tendrá que aprobar el poder judicial español. No le queda otra porque está en juego la confianza de la ciudadanía.

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