La situación profesional del juez Presencia es una incógnita, incluso para sus compañeros

La situación profesional del juez Presencia es una incógnita, incluso para sus compañeros

16 / 05 / 2018 06:15

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La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Valencia, que está conociendo de la situación familiar del juez Fernando Presencia, no lo tiene nada claro. Por eso ha enviado un oficio al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) pidiéndole que se pronuncie, y que aclare de una vez cuál es su situación profesional.

Lo que sí que se sabe es que, fue a consecuencia de haber denunciado la supuesta corrupción urbanística en la partida de “el Gran Chaparral 2ª fase” del Ayuntamiento de Pepino -donde el fiscal decano de Talavera de la Reina, Ángel Demetrio de la Cruz Andrade, tiene construido su polémico chalet- cuando Presencia fue suspendido provisionalmente de sus funciones, por primera vez, mediante un acuerdo tomado por la Comisión Permanente del CGPJ, el 16 de febrero de 2016.

Esta suspensión era la consecuencia directa de la apertura de juicio oral contra su persona, acordado por la Sala de lo Civil y Penal del  Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) por un supuesto delito de prevaricación judicial en relación con el sobreseimiento de unas diligencias previas abiertas, por el atropello a un peatón y la posterior ‘fuga’ del conductor; conductor que casualmente era uno de los abogados que denunció la corrupción.

El 27 de junio de 2017, la Comisión Permanente volvió a suspender nuevamente a Presencia por la apertura de un segundo juicio oral por el mismo delito, en un caso diferente -diligencias previas 1/2017- tras haberlo acordado la misma Sala de lo Civil y Penal del TSJCLM, en relación con el sobreseimiento de otras diligencias abiertas contra un empresario, que casualmente también denunció la corrupción.

“Como es lógico la segunda suspensión provisional de funciones sustituyó, y dejó sin efecto, a la primera suspensión provisional de funciones, porque nadie puede ser suspendido provisionalmente de funciones dos veces al mismo tiempo”, explica su abogado, José María Garzón.

El magistrado fue condenado el 17 de julio de 2017 por el TSJCLM, en primera instancia a 10 años de inhabilitación -diligencias previas 1/2016-, pena que, luego, en casación, confirmó la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Error en la propuesta

Después de eso, la Comisión Permanente tomó un acuerdo de cumplimiento de sentencia que, debido esta vez a un error cometido en la propuesta de Javier Aguayo Mejías (jefe de Servicio del Personal Judicial del CGPJ) ni le separó de la carrera judicial ni modificó la situación de suspensión provisional en la que se encontraba el magistrado.

El acuerdo fue recurrido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo por el magistrado por considerar además que no le correspondía a la Permanente tomar esa decisión sino al Pleno del órgano de gobierno de los jueces.

Debido a esa circunstancia el acuerdo tampoco fue después publicado en el Boletín Oficial del Estado, como es preceptivo.

Y en consecuencia el acuerdo de cumplimiento de la sentencia no adquirió firmeza.

Mientras tanto, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCLM volvió a condenar al magistrado por el mismo delito tras un nuevo juicio y una sentencia de fecha 17 de julio de 2017.

Un fallo que luego fue declarado firme por auto de 13 de noviembre de 2017 de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCLM.

“De esa forma, el auto que declaraba la  firmeza de la sentencia condenatoria dictada en el Procedimiento Abreviado 1/2017 puso fin a la segunda suspensión provisional, pasando el magistrado Presencia a la situación de suspensión definitiva desde el mes de diciembre de 2017”, añade el letrado.

El origen del embrollo

Y aquí está, precisamente, el origen del embrollo que ha dado la posibilidad a Fernando Presencia de regresar al último destino que ostentó en Talavera de la Reina.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo anuló el auto que declaró la firmeza de esta segunda sentencia, al considerar que se había vulnerado el derecho a un juicio justo y al proceso debido del magistrado privándole de su derecho de defensa.

La sentencia del TSJCLM dejó, por lo tanto, de ser firme.

La suspensión provisional de Presencia perdió, en consecuencia, su carácter definitivo cuando la sentencia penal perdió su firmeza, de acuerdo con el artículo 193 del Reglamento de la Carrera Judicial.

Dicho en otras palabras, como la primera sentencia del Supremo no fue ejecutada y la segunda sentencia, la del TSJCLM, ha dejado de ser firme, Presencia ha recuperado, paradójicamente, su condición de magistrado en ejercicio.

Ante esta situación es comprensible que la sección décima de la Audiencia Provincial de Valencia no lo tenga claro, y que haya enviado un oficio al Consejo General del Poder judicial pidiéndolo que se pronuncie y que aclare de una vez cuál es la situación profesional del Magistrado Fernando Presencia.

Veremos qué contesta el Consejo.

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