El Consejo Fiscal critica que se compense a los jueces por el tiempo que tardan en tramitar un asunto
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El Consejo Fiscal critica que se compense a los jueces por el tiempo que tardan en tramitar un asunto

En su informe sobre el Proyecto de Reglamento de Retribuciones Variables de la Carrera Judicial
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02/7/2018 06:15
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Actualizado: 01/7/2018 18:48
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El Consejo Fiscal no ve bien que se compense a los jueces por el tiempo que tardan en tramitar un asunto y no por la dedicación que emplean en resolver cada uno de ellos, tal como se contempla en el Proyecto de Reglamento de Retribuciones Variables, elaborado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

La crítica está contenida en el informe preceptivo, aprobado por el último Consejo Fiscal que presidió como fiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar.

Éste órgano de la Fiscalía General del Estado (FGE) tiene el deber de informar de los proyectos de ley o normas reglamentarias que afecten a la estructura, organización y funciones de los jueces y fiscales.

En este sentido, este proyecto fue evaluado primero y remitido a la Fiscalía por parte del órgano de gobierno de los jueces, y tras su análisis, el pasado 28 de mayo, Sánchez Melgar, rubricó la valoración que el Ministerio Público ha hecho del mismo.

El proyecto recoge que el sistema de valoración para cobrar las retribuciones se ha hecho, por ejemplo, en materia penal, «cogiendo el catálogo del código penal y asignando tiempos por sentencias».

Es el caso de los juzgados de menores, se ha fijado el empleo de una hora y 15 minutos a los autos «acordando» medidas cautelares o medidas restrictivas de cualquier otro derecho fundamental, incluidos de los autos de prórroga.

Para el Consejo Fiscal -del cual eran miembros la actual ministra de Justicia, Dolores Delgado, y la sucesora de Sánchez Melgar, al frente de la Fiscalía General del Estado, María José Segarra-, este tiempo estipulado debería ser para aquellos autos que «resuelvan en uno u en otro sentido» la imposición de medidas cautelares, pues «con la redacción propuesta no se ‘premia’ la decisión acordando las medidas respecto de la decisión desestimándolas».

ADVIERTE DE QUE SE PUEDEN PRODUCIR EFECTOS CONTRARIOS

Al igual que ocurre con los autos que den lugar a la conclusión del expediente de reforma sin sentencia, para los que se han asignado 45 minutos, y para las sentencias con conformidad, que cuentan con una hora y cuarto.

«Tampoco se considera correcto», dice el informe, «pues el esfuerzo puede ser mayor en los referidos autos, pudiéndose producir el efecto perverso».

No entienden los fiscales que se asignen 15 minutos a la ejecutoria archivada con carácter definitivo y nada a los que sean de carácter provisional, pues, en su opinión, este sistema de valoración «puede incentivar los archivos definitivos improcedentes».

Ante todo esto, a la Fiscalía le «sorprende la agrupación del delitos y tiempos», por lo que advierte de la necesidad de «emplear parámetros neutros» para que no se «infravaloren las decisiones en un determinado sentido».

«Parece que los valores medios debieran basarse en el tiempo de dedicación empleado en el estudio y la resolución de los asuntos hasta el dictado de la resolución final, incluyendo el tiempo dedicado en las vistas y comparecencias, el tiempo invertido en la aclaración, subsanación o complemento en los autos finales y en la resolución de incidencias» y no en los tiempos de tramitación, señala el órgano asesor de fiscales.

Asimismo cuestiona que en este reglamento o en los trabajo preparatorios no se haga ninguna mención expresa al tratamiento de los asuntos desde una perspectiva de género o cuestiones relacionadas con la conciliación familiar.

DEBERÍA COBRARSE LA HORA EXTRA «DESDE LA PRIMERA»

Por otro lado, el Consejo Fiscal critica los parámetros de productividad establecidos para poder cobrar «un número de horas extraordinarias».

Para ello, hay que realizar un 20 por ciento más de la jornada más al año, que son 1.650 horas anuales.

En este sentido, la Fiscalía afirma que «debería cobrarse desde la primera» hora extra que se haga y no las 330 horas al año que se han estipulado, pues «al exigir ese número de horas, compromete la salud laboral al exigir una dedicación excesiva».

«El sistema prima las horas, esto es el ahorro de tiempo por resolución, la prisa para dictarla para no sobrepasar el tiempo medio calculado, sobre la calidad», concluye el informe. EP.

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