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Las Fuerzas Armadas llevan tatuadas el machismo en su normativa

Las Fuerzas Armadas llevan tatuadas el machismo en su normativa
07/7/2018 06:15
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Actualizado: 07/7/2018 02:22
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Llevar un tatuaje visible, siempre que su contenido no vulnere la legalidad, no tiene ninguna incidencia en la disciplina y en la operatividad de las unidades. Una unidad poco sospechosa de inoperativa y de indisciplinada es la Legión y, por la sociedad, en general, son conocidos los tatuajes que muchos de sus miembros exhiben en los actos militares que públicamente se muestran.

La situación de discriminación de una mujer que oposita a formar parte de las Fuerzas Armadas, debido a su tatuaje en un pie, resulta poco más que ridícula y grave por la incidencia que tiene en su posible proyección personal.

Situación que sólo proviene de la permisividad que, desde los ámbitos de “personal”, en el Ministerio de Defensa, a la hora de no filtrar la normativa que emana de mentes machistas claramente ancladas en una moral reaccionaria y con un evidente autoritarismo, permiten que se produzca esta circunstancia en nuestros días.

En el año 2015 el Ministerio de Defensa rechazó la propuesta de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME) consistente en eliminar de la Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre, por la que se prueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas (OD), el carácter sexista de su contenido.

“El mantenimiento de un vestuario propio de personal femenino más allá de las necesidades funcionales o biológicas que puedan suponer un uniforme adaptado, es simplemente sexista ya que la norma que se proyecta no aporta ningún argumento que haga lógica la excepción a la homogenización que se pretende.

Faldas, gorros y zapatos de tacón, cuyo uso además se restringe para determinadas situaciones, no aportan funcionalidad distinta por necesidades biológicas o de otro tipo, quedando por tanto en el ámbito del sexismo su uso”.

Este párrafo forma parte de la propuesta de modificación que AUME realizó durante el trámite de la OD en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.

Anteriormente la asociación había presentado una propuesta para que otra norma –Norma General 3/96 que regula la policía personal y el aspecto físico del personal militar (NG)- abandonara el también carácter sexista y no impusiera discriminaciones entre hombres y mujeres. Estas discriminaciones consisten, prácticamente, en la forma de llevar el cabello y en la utilización de pendientes, pulseras y collares.

Ambas propuestas fueron rechazadas tajantemente por el Ministerio con argumentos tan indeterminados como: vestir el uniforme con “propiedad y corrección”, el de realizar una comparativa con otros ámbitos laborales (precisamente donde también se realiza esa diferenciación sexista) como aerolíneas, centros comerciales, establecimientos hoteleros, o, también con otros ejércitos aliados, y, finalmente sentenciando que no es en absoluto sexista.

Todo ello soportado en el fuerte arraigo en las tradiciones militares.

Lo anterior dicho en el trámite de la OD.

Los argumentos para denegar la propuesta a la Norma General sobre policía personal fueron simplemente sentencias tales como: la norma tiene encaje legal, que la norma es razonable o que existe proporcionalidad en la misma, sin más argumentación, es decir: porque sí.

Para más abundamiento y ya casi con mofa se esgrime: que si la propuesta se trata de que las mujeres se corten el pelo y de que los hombres se pongan pendientes…, haciendo también una comparativa con las marcas a realizar en las pruebas físicas, que son distintas para cada sexo.

No es necesario realizar un gran ejercicio de análisis para darnos cuenta de lo que subyace en toda esta situación: tradición machista que se intenta enmascarar con el gran “arraigo de tradiciones” (como si ello fuera un argumento de peso en sí mismo) en las Fuerzas Armadas.

Esto puede sorprender, o no tanto debido a otras situaciones relativas a conculcación de derechos que se enmascaran de la misma forma, pero lo que resulta asombroso es que desde órganos superiores sujetos a la acción política y desde puestos ocupados por mujeres se haya permitido esta situación.

Durante el trámite de las citadas normas se encontraba en la Subsecretaria de Defensa una mujer y en la Dirección General de Personal otra, que aún hoy ostenta el cargo.

Si existe hoy una responsabilidad (y la hay) en el mantenimiento de esta normativa, retrógrada y discriminatoria, que inflige una verdadera desigualdad en el trato entre hombres y mujeres, está en los órganos de personal.

La Dirección General de Personal lleva años insensible a las situaciones del personal militar, dejando dicha dirección en manos de la cúpula militar y obviando la participación de las asociaciones profesionales que han intentado cambios sin éxito.

Esto no hace más que poner de manifiesto el desastre que durante los últimos años ha sido la política de personal del Ministerio de Defensa.

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