Un estudio señala que la ciberseguridad debe ser parte clave de la deontología de cualquier abogado

Un estudio señala que la ciberseguridad debe ser parte clave de la deontología de cualquier abogado

Alerta de la precariedad de los bufetes ante las amenazas cibernéticas y que deben mejorar sus políticas de seguridad
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09/11/2018 06:15
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Actualizado: 09/11/2018 00:32
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¿Cómo implantar la ciberseguridad como elemento destacado de la deontología del abogado? Es la pregunta que el joven jurista Jaime Sardina intenta responder en un estudio de investigación galardonado con el Premio ‘José María Cervelló de Derecho de los Negocios’, que otorgan la Cátedra José María Cervelló de IE Law School y Ontier España.

En este estudio, Sardina analiza el impacto de la ciberseguridad en los despachos de abogados. Lo primero que detectó es que la mayor parte de estos bufetes son vulnerables a los ciberataques.

“Hay un dato significativo y es que el 18% de las acciones de piratas informáticos contra intereses nacionales se dirigen contra el sector de servicios profesionales, donde se incluyen los letrados y sus despachos”.

Para este joven letrado, ahora trainee en Garrigues en su práctica fiscal, “la ciberseguridad debe tender a ser una parte clave de la deontología de cualquier abogado”.

En estos momentos, pese a que el Instituto Nacional de Ciberseguridad, INCIBE, ha lanzado alguna guía en materia de protección de despachos, “a la espera del próximo Estatuto General de la Abogacía, a nivel deontológico no se contempla esta opción”.

Resulta evidente que en los cambios generados en la profesión de abogado, el uso de la tecnología es un elemento clave para ser más eficiente a nivel interno y mejorar las relaciones con los clientes. “Es posible que la tecnología haga avanzar la profesión, pero también hay riesgos inherentes y hay que ser consciente de ello y tomar las medidas necesarias”, explica nuestro joven interlocutor.

Ese nuevo deber deontológico parte de la necesidad de proteger los activos del despacho así como, de forma indirecta, de los datos de terceros que el propio bufete maneja en su actividad profesional habitual. “La regulación deontológica ayudaría a aclarar en qué casos los despachos de abogados incurren en responsabilidad disciplinaria y en qué otros no, por haber tomado las medidas necesarias para ello”.

El momento para abrir el debate parece el adecuado porque no en vano muchos despachos están ya inmersos en esa transformación digital.

España debe mejorar 

En el trabajo de Sardina también se indica que España, «pese a ser la potencia 13 como economía del mundo a nivel del PIB ocupa el puesto 25 de Europa y el 54 del mundo en nivel de compromiso y desarrollo en materia de ciberseguridad. Está claro que debemos avanzar en este campo».

Tampoco en el Código Penal español existen «leyes ni requisitos aplicables a las organizaciones en general», como podría ser el sector de la abogacía.

A este respecto, el informe señala que, en lo que se refiere a los despachos de abogados, «resulta preocupante la falta de previsión normativa, toda vez que el sector de servicios profesionales es el más afectado por los ataques cibernéticos».

Según Sardina, «esta falta del debido nivel de desarrollo que España debería tener en materia de ciberseguridad se ve reflejada en la normativa deontológica de sus Colegios de Abogados, donde las referencias a la necesaria actualización de sus colegiados en relación con las nuevas tecnologías que están transformando la profesión brillan por su ausencia».

A este respecto, explica que «el abogado, por su especial actividad en la que trata muchos datos de clientes y posee información muy confidencial, es una profesión que debe ser especialmente muy cuidadosa.

Incluirlo en el código deontológico del abogado «ayudaría a que los despachos lo tuvieran más en consideración que hasta ahora”. Hoy en día, en caso de un ciberataque no hay pautas que pueden señalar si el despacho estaba bien protegido o no, de cara a ser eximido de responsabilidad.

También se recomienda a los abogados tomar medidas como la encriptación de documentos o usar una «nube privada» de Internet en vez de la pública, con el fin de aumentar la seguridad.

Cuando se habla de aplicar una norma nueva hay que hablar de formación. “Es fundamental que los Colegios de Abogados  trabajen para la concienciación de los abogados en este tema en concreto. Si uno no entiende lo que es la ciberseguridad, para qué es importante y cómo puede minimizar los efectos de un ciberataque, no desarrollará políticas estratégicas en su despacho”.

Asimismo, el estudio se refiere a que «como alternativa, o complemento, a la regulación deontológica, no es descartable la posibilidad de elaborar un código de conducta interno que aborde los distintos protocolos y actuaciones que deban adoptar los abogados de un despacho en materia de ciberseguridad».

Esta posibilidad permitiría al despacho «adaptar su política de ciberseguridad a las necesidades y exigencias concretas que se deriven del perfil de sus clientes y del tipo de información que éstos le confíen al despacho».

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