El Levante pide la suspensión cautelar de la Copa del Rey tras recurrir al TAD
Por la alineación indebida, por parte del Barça, de un jugador en el partido de ida
|
23/1/2019 06:15
|
Actualizado: 13/12/2022 11:33
|
El Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha desestimado el recurso del Levante UD por el caso “Chumi”, al considerar que la denuncia por alineación indebida se presentó fuera de plazo.
Es decir, la misma respuesta que dio la Juez Única de Competición, Carmen Pérez.
Tras fracasar ante el Comité de Apelación, el Levante ha decidido recurrir ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), solicitando la suspensión cautelar de la Copa del Rey hasta que se resuelva el recurso.
Los granotas argumentan que la disputa del partido Barcelona-Sevilla este miércoles a las 21:30 haría imposible la ejecución de una resolución estimatoria por parte del TAD.
Tuit del Levante UD anunciando su decisión de acudir al TAD:
El #LevanteUD presentará recurso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo del Consejo Superior de Deportes tras la resolución del Comité de Apelación de la @rfef que confirma el archivo de la reclamación por alineación indebida del @FCBarcelona_es en los octavos de #CopadelRey.
— Levante UD (@LevanteUD) January 21, 2019
El Levante recurrió ante Apelación la resolución de la Juez Única
El FC Barcelona cometió alineación indebida en la ida de los octavos de final de Copa del Rey frente al Levante UD, por lo que podía haber sido expulsado del torneo.
Sin embargo, los servicios jurídicos del Levante no denunciaron la alineación indebida en el plazo previsto por el artículo 26 del Código Disciplinario de la RFEF, perdiendo así la oportunidad de eliminar al Barça.
A pesar de encontrarse fuera de plazo, el pasado viernes el Levante decidió presentar denuncia, pero ésta fue archivada por la Juez Única de Competición.
Según la Juez Única, el archivo de la reclamación es la única interpretación posible al Código Disciplinario de la RFEF, ya que el artículo 26 especifica que si la denuncia no se presenta en plazo, el resultado del partido queda “automáticamente convalidado”.
Tras publicarse la resolución de la Juez Única, el Levante no dudó en recurrir ante el Comité de Apelación, pero de nuevo su recurso ha sido desestimado, por haber presentado la denuncia fuera de plazo.
¿Qué ha argumentado el Comité de Apelación?
Apelación ha fallado a favor del FC Barcelona en una resolución que se publicó ayer en la página web de la RFEF.
El Comité de Apelación es un órgano colegiado compuesto por 3 personas: Miguel Díaz y García-Conllevo, como presidente, catedrático de Derecho Penal y doctor en Derecho, y los vocales Elena Roldán Centeno, abogada del Estado y doctora en Derecho, y Concepción Escobar Hernández, catedrática de Derecho Internacional Público en la Universidad Nacional de Educación a Distancia y doctora en Derecho.
El Comité de Apelación considera que el Levante presentó la denuncia fuera de plazo, llegando a la misma conclusión que la Jueza Única.
No obstante, esta resolución incorpora una novedad importante, ya que deja la puerta abierta a aceptar denuncias extemporáneas siempre y cuando exista indefensión.
El problema es que en este caso no hubo indefensión para el Levante, ya que los granotas disponían de las actas y tenían a su disposición las sanciones, es decir, sabían quién podía jugar y quién no.
“En el caso que nos ocupa la indefensión sólo se debería considerar como existente si el interesado (Levante UD SAD) no hubiese podido tener conocimiento de las circunstancias que motivan la infracción, a saber: que no tuviese conocimiento de qué jugadores participaron en el encuentro y si los mismos estaban afectados o no por una suspensión. Ninguna de las dos circunstancias se da, ya que el recurrente conocía la lista de jugadores del equipo contrario participantes en el encuentro en virtud del acta. (…)
«Por tanto, el no reclamar en plazo ha de entenderse como un comportamiento negligente del propio Club, cuyas consecuencias jurídicas no puede pretender excluir posteriormente”.
En relación con los precedentes alegados por el Levante, el Comité de Apelación considera que no son relevantes.
Recurso ante el TAD
Contra la resolución desestimatoria del Comité de Apelación, el Levante tiene un plazo de 15 días hábiles para interponer recurso ante el TAD, que es la última instancia administrativa(artículo 43.2 Código Disciplinario RFEF).
Así lo recoge la propia resolución de Apelación: “Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación”.
Las resoluciones del TAD ponen fin a la vía administrativa, de modo que frente a ellas solo cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por el que dispondrían de dos instancias más, primera y apelación.
No obstante, acudir la vía contenciosa no tendría demasiado sentido en este caso, al haberse disputado ya los cuartos de final de la Copa del Rey.
¿Quiénes serán los encargados de resolver el recurso interpuesto ante el TAD?
El Tribunal Administrativo del Deporte está formado por siete miembros nombrados por la Comisión Directiva del CSD(cuatro a propuesta del Presidente del CSD y tres a propuesta de las Federaciones españolas), todos licenciados en Derecho.
Actualmente está compuesto por María Lidia García Fernández, como presidenta, miembro del Centro de Estudios Cooperativos de la Universidad de Santiago de Compostela y licenciada en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela, Manuel Delgado, letrado de Las Cortes, Koldo Irurzun Ugalde, profesor de Derecho del Trabajo en la Universidad del País, Vasco, Cristina Pedrosa Leis, abogada del despacho Aristeia Abogados, de Santiago de Compostela, Julián Espartero Casado, profesor titular de la Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Universidad de León y licenciado en Derecho, Jesús Avezuela Cárcel, director general en la Fundación Pablo VI, letrado del Consejo de Estado y profesor de Derecho Administrativo en el Centro Universitario Villanueva, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, y Rosario de Vicente, catedrática de Derecho Penal en la Universidad de Castilla-La Mancha y doctora en Derecho por la Universidad de Salamanca.
Ellos tendrán la última palabra en el conflicto Barcelona-Levante por la alineación indebida en Copa del Rey.
Noticias Relacionadas: