La CNMC sanciona Endesa con 30.000 euros por cambiar a un usuario de compañía sin su consentimiento

La CNMC multa a Endesa Energía con 260.000 euros por irregularidades en contratos de luz y gas

170.000 por 17 infracciones leves por irregularidades en la formalización de los contratos y 90.000 por haber cambiado de compañía a un particular sin su consentimiento

20 / 02 / 2019 10:38

Actualizado el 05 / 04 / 2022 12:00

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Endesa Energía con 260.000 euros por irregularidades en la formalización de contratos de luz y gas natural, en algunos de los cuales no pudo acreditar el consentimiento expreso de los consumidores.

El organismo presidido por José María Marín Quemada ha sancionado a la compañía con 170.000 euros por 17 infracciones leves (14 de ellas contrarias a la Ley del Sector Eléctrico y tres a la Ley del Sector de Hidrocarburos), por irregularidades en la formalización de los contratos de suministro de energía eléctrica y de gas natural, y con 90.000 euros por haber cambiado de compañía a un particular sin su consentimiento.

Durante la investigación llevada a cabo por la CNMC, el organismo ha detectado que Endesa Energía incumplió su obligación de contar en todo momento con la documentación que acredita la voluntad del cliente de cambiarse de suministrador para 14 contratos de suministro eléctrico.

También detectó esta práctica en otros tres contratos de suministro de gas natural, de los que tampoco disponía de la documentación exigida legalmente.

Además, la CNMC recibió la denuncia de un consumidor canario, a través de la Consejería de Economía, Industria, Comercio del Gobierno de Canarias, que reclamaba que Endesa Energía le había cambiado de comercializador de electricidad sin su consentimiento en tres propiedades que previamente fueron de un familiar fallecido meses antes.

A principios de enero, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia también sancionó a Endesa Energía con otros 30.000 euros por incumplir los requisitos de contratación con los clientes, establecidos en la Ley del Sector Eléctrico.

El expediente se inició como consecuencia del escrito de una asociación de consumidores en el que trasladaba la denuncia de un particular sobre irregularidades en su contrato con derecho al bono social.

Indicaba que el cliente había cambiado de domicilio y solicitó dar de alta el suministro en las mismas condiciones que tenía. Esto es, un contrato con Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y con el descuento del bono social al que tenía derecho. Sin embargo, Endesa Energía le dio de alta en el mercado libre, señala el regulador.

El pasado diciembre la multó con 120.000 euros por dar de alta a varios clientes sin contar con su consentimiento.

En varios casos, el cambio sin consentimiento implicó que el cliente dejase de tener su contrato con la tarifa eléctrica regulada (PVPC) para ser suministrado en el mercado libre, donde la comercializadora fija libremente el precio de la energía y puede incluir otros servicios y seguros de mantenimiento adicionales.

En uno de los casos, según la CNMC, activó un nuevo contrato con suministros de gas y electricidad sin consentimiento del cliente, al que cambió la tarifa regulada de gas a un suministro a mercado libre.

La CNMC tuvo conocimiento de estos hechos tras recibir varias denuncias de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento del Gobierno de Canarias, de los escritos de FACUA-Consumidores en Acción y de un particular.

En marzo de 2018 también la sancionó con otros 30.000 euros por una práctica similar. Esta multa fue el resultado de una denuncia presentada por FACUA-Consumidores en Acción y respondía a una infracción leve del artículo 66.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. De acuerdo con la CNMC, Endesa Energía no respetó el procedimiento que deben seguir las comercializadoras de electricidad para contratar con un nuevo cliente ni tampoco ha contado con su consentimiento para cambiarlo de compañía suministradora.

En 2017 multó a cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural (Endesa Energía, Iberdrola Clientes, Gas Natural Servicios y Viesgo Energía) con 155.000 euros por las mismas prácticas.

La CNMC insiste en que las comercializadoras de electricidad y gas natural deben cumplir los requisitos fijados por la Ley cuando formalizan sus contratos, y muy especialmente cuando se trata de consumidores vulnerables.

Recuerda que están prohibidas las ventas en el domicilio, salvo que exista petición expresa por parte de los consumidores y sea por iniciativa suya.

En 2015 publicó una serie de recomendaciones para fomentar las buenas prácticas entre los consumidores y las comercializadoras de electricidad y gas natural, cuando se realiza una contratación.

Entre otros, insistía en la importancia de que las compañías sean muy cuidadosas a la hora de captar clientes a través de canales de venta domiciliaria y por teléfono, especialmente en el caso de consumidores vulnerables y de personas mayores.

Asimismo, la normativa establece el derecho del consumidor a elegir comercializador, y obliga a éstos a cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes.

El pasado septiembre, la CNMC obligó a los principales grupos energéticos a cambiar su imagen de marca para que los clientes puedan distinguir entre la empresa comercializadora que ofrece la tarifa regulada en electricidad (PVPC) y gas (TUR) y la que actúa en el mercado libre.

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