La JEC apercibe a Calvo por lanzar mensajes partidistas desde el Twitter de su Ministerio en época electoral

La JEC apercibe a Calvo por lanzar mensajes partidistas desde el Twitter de su Ministerio en época electoral

Dice que existe una vulneración del principio de "neutralidad" de los poderes públicos y le advierte de que abrirá expediente si se produce un nuevo quebrantamiento

22 / 03 / 2019 08:53

Actualizado el 22 / 03 / 2019 09:02

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La Junta Electoral Central (JEC) apercibió ayer a la vicepresidenta del Gobierno y ministra de Presidencia, Carmen Calvo, por utilizar el Twitter del Ministerio para lanzar mensajes partidistas en periodo electoral.

Representantes del PP denunciaron ante la JEC ciertos tuits de Calvo en dicha cuenta, por el contenido, que los populares consideraron «partidistas» y con críticas electorales en el ámbito de la defensa de la igualdad.

Este organismo encargado de velar por los procesos electorales han resuelto que existe una «vulneración del principio de neutralidad de los poderes públicos» en la difusión en período electoral de mensajes con valoraciones subjetivas desde el perfil en redes sociales del Ministerio de la Presidencia.

Algunos de los mensajes de la vicepresidenta que la JEC ha señalado como ejemplos de este uso partidista:

«Las derechas tienen bloqueada la ley de igualdad laboral desde hace un año»; «las derechas no pueden caer en el error del PP: recurrir las leyes ante el Tribunal Constitucional» o «Ciudadanos y Partido Popular (…) no paran de decir y hacer cosas insustanciales».

En su alegación a esta reclamación, el Gobierno dijo que los tuits se habían retirado.

La Junta Electoral Central expresa al respecto que «la reiteración de esta forma de infringir el artículo 50.2 no se salva con la mera retirada de los mensajes referidos una vez que estos son denunciados».

ADVIERTE QUE LA REINCIDENCIA ACARREARÍA LA APERTURA DE UN EXPEDIENTE

Advierte a Calvo que si se repiten «nuevos quebrantamientos en el futuro» con la publicación de este tipo de mensajes, llevaría al organismo a abrir un expediente sancionador en función del artículo 153.1 de la LOREG.

Dicho artículo establece sanciones de entre 300 a 3.000 euros para autoridades o funcionarios.

El artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General prohíbe de forma expresa durante el período electoral la realización de cualquier acto organizado o financiado directa o indirectamente por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos.

Este artículo es el mismo que ha llevado a la JEC a abrir expediente sancionador al presidente de la Generalitat, Quim Torra.

La JEC también ha denunciado a Torra ante la Fiscalía al apreciar indicios de un delito de desobediencia, lo que podría desembocar en una condena por inhabilitación.

Torra fue previamente advertido, como ahora Calvo, sobre la presencia de lazos amarillos y ‘esteladas’ en edificios públicos.

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