Cremades y Otero-Novas: “Los jueces deben entender la problemática del arbitraje y qué se espera de ellos”
Bernardo Cremades y Elena Otero-Novas, fundador y presidenta de la Corte Española de Arbitraje. Foto: Luis Javier Sánchez/Confilegal.

Cremades y Otero-Novas: “Los jueces deben entender la problemática del arbitraje y qué se espera de ellos”

Confilegal reúne a la nueva presidenta de la Corte Española de Arbitraje y al fundador de esta institución arbitral en una esperada entrevista
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17/6/2019 06:15
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Actualizado: 17/6/2019 13:31
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La entrevista tiene lugar en el despacho que Bernardo Cremades –uno de los grandes árbitros internacionales españoles– socio director de Cremades y Asociados, tiene desde hace más de 40 años en la calle Goya de Madrid.

Cremades fue fundador de la Corte Española de Arbitraje (CEA) que, desde el pasado mes de mayo, preside Elena Otero-Novas. Institución que acaba de celebrar su primer pleno.

Es una interviú a dos bandas, que resulta fluida y plena de información. La comunicación fluye con mucha facilidad.

“Trabajamos el nuevo Plan Estratégico para estar el 1 de septiembre funcionando”, cuenta Otero-Novas, quien, además, es secretaria del Consejo, consejera y directora de la Asesoría Jurídica, Regulación y Seguridad Corporativa de Vodafone España, desde septiembre de 2017.

Orígenes y vinculación al arbitraje

Lo primero que abordamos para romper hielo es su vinculación al mundo del arbitraje. Son dos formas de llegar al arbitraje. Bernardo Cremades es un estudioso y reputado árbitro.

Otero-Novas procede del mundo de la empresa, como usuaria en grandes compañías, el que le ha ayudado a conocer esta práctica arbitral a nivel internacional

Elena Otero-Novas: “He sido muy procesalista en una etapa de mi vida como abogada del Estado, donde llegue a la Audiencia Nacional y al Tribunal Supremo, tras haber ejercido en diversos tribunales y jurisdicciones. El litigio siempre me gustó. Tras lo que llegué al arbitraje  desde el mundo de la empresa y sus necesidades. El arbitraje está en la confluencia entre el mundo del litigio y de la empresa”.

Desde esta convergencia, esta jurista reconoce que “a partir de cierto  momento las empresas españolas salen al exterior y tienen que recurrir más intensamente al arbitraje en el mundo internacional. Hay que darse cuenta que en el mundo internacional el arbitraje  se impone como fuero imparcial y objetivo”, aclara

Sin embargo, considera “que la asignatura pendiente es el arbitraje en el mundo doméstico. Es también una solución válida y útil en el ámbito doméstico pero no todo el mundo ha tenido experiencias positivas, aquí hay filias y fobias”.

Bernardo Cremades: “La relación con el mundo del arbitraje se remonta a hace más de cuarenta años. Estaba dedicado a la cátedra, había hecho el doctorado en Alemania y allí la Corte Internacional de Arbitraje (CCI) me llamó por teléfono proponiendo un arbitraje en Viena, entre una empresa francesa y otra turca. Acepté pese a mi juventud y dictamos un laudo que es el famoso caso Norsolor “.

Recuerda que “en aquel momento había que hacer un arbitraje conforme a la ley  y así lo exigía la ley de Viena. Sin embargo las partes no habían pactado la ley que debiera solventar el arbitraje. Llegamos a la conclusión que había que aplicar los principios generales del derecho, es decir la lex mercatoria”.

Cremades destaca que “el problema que planteó es que quien perdió recurrió en nulidad al arbitraje de Viena y llego hasta el Tribunal Supremo de Viena. Dicho tribunal nos dio la razón, señalando que los principios generales del derecho son fuente del derecho internacional y eso hacía que nuestro laudo fuera válido”.

Curiosamente la parte que fue a ejecutar “dicho laudo se encontró con el mismo problema en Francia, donde había un problema de orden público al supuestamente convertirse un arbitraje de derecho en equidad. El asunto llegó a la Corte de Casación donde también señalaron que lo habíamos hecho bien. Ahí empieza mi conexión del arbitraje. Luego llegaron otros asuntos de diferente índole, muchos de ellos de carácter internacional”.

Según Cremades, «una corte arbitral es una empresa de servicios muy especializados. Eso hace que tenga que ser competitiva, con un elemento humano muy importante». Foto: Luis Javier Sánchez/Confilegal. 

Corte Española de Arbitraje, orígenes y futuro más inmediato

El primer tema que abordan estos juristas es el papel de la Corte Española de Arbitraje, como punta de lanza del arbitraje en nuestro país.

Cremades explica su puesta en marcha y Otero-Novas qué planes futuros hay para ella.

Cremades: “En aquel momento entré en contacto con el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, que hoy es la Cámara de España, para hacerles ver que tenían muchas responsabilidades en materia de arbitraje. Así se constituye una sección de arbitraje en dicho Consejo y con posterioridad la Corte Española de Arbitraje en 1981 como institución decana del arbitraje en nuestro país”.

La aparición de dicha corte impulsa el movimiento arbitral en nuestro país.

“En primer lugar, se ratifica el tratado de Nueva York, se promueve desde las Cámaras el convenio de Washington de 1965 y luego surgen otras entidades arbitrales como la Corte Civil y Mercantil (CIMA) con Santiago Foncillas como primer presidente, luego la Corte de Arbitraje de Madrid con Julio González-Soria como primer presidente, A partir de ese momento se crean otras instituciones arbitrales en nuestro país”.

Otero-Novas: “Nuestro primer reto es colaborar en la creación del Centro Internacional de Arbitraje en colaboración con CIMA y Corte de Arbitraje de Madrid. La red cameral internacional de la Cámara de España será muy importante para dar a conocer esta nueva institución arbitral. Queremos ser un socio relevante en este proyecto”.

Al mismo tiempo, quieren «seguir impulsando el arbitraje doméstico donde hay más operadores jurídicos y somos la entidad decana de referencia con una dimensión suprarregional  e internacional. Y es también fundamental colaborar en el desarrollo del arbitraje en España y crear un ecosistema para que cale entre los empresarios la cultura del arbitraje. Va arraigando pero aún queda mucho por hacer”.

Cremades: “Hay que darse cuenta que una corte arbitral es una empresa de servicios muy especializados. Eso hace que tenga que ser competitiva, con un elemento humano muy importante. Hoy tenemos muy buenos árbitros y abogados para el arbitraje doméstico e internacional. De momento las empresas importantes españolas no acuden al arbitraje interno y acuden entre empresas españolas a la Corte Internacional de Arbitraje de París (CCI) es porque en nuestro país no se da dicha competitividad”.

Desde su punto de vista “el empresario español y los abogados españoles tienen más confianza en algo internacional que en su propia corte doméstica y esto es algo que debe cambiarse. El reto del futuro Centro Internacional de Arbitraje y de la Corte Española de Arbitraje es ser competitivo y ganarse la confianza de las partes”.

Otero-Novas: “Creo que arrastramos un cierto retraso en este campo. No tenemos una cultura tan consolidada en nuestro país sobre el arbitraje como la que existe en otras jurisdicciones de nuestro entorno. Ahora ya tenemos una Ley de Arbitraje que, máxime tras los cambios del 2011, es homologable a las más modernas, tenemos también un cierto ecosistema y debemos arrancar…”.

Relaciones de los jueces con los árbitros

Ambos juristas comentan la relación existente entre árbitros y abogados que no siempre ha sido fluida. Ahora hay que trabajar para mejorar esa relación de cara a que la anulación de laudos sea por los motivos tasados por la Ley de Arbitraje.

Cremades: “De todas formas el problema del arbitraje en España es que algunos jueces no entienden bien cuál es su papel como supervisores del laudo. El árbitro y el juez son socios en la administracion de justicia. Es fundamental que esa relación fluya para que el arbitraje funcione en nuestro país”.

En su opinión, “hubo avances importantes el juzgado 101 de Madrid estuvo ejecutando laudos desde el 2011 que existió hasta hace muy poco.  También luchamos porque la unificación de la doctrina no fuera en las Audiencias Provinciales y sí en los TSJ respectivos que hay en nuestro país, Sin embargo, muchos están funcionando salvo el de Madrid, Tiene una Sala Civil y Penal con dos expertos en penal y uno procesalista que anulan demasiados laudos”.

Para Cremades, “no tenemos que cambiar la ley, lo que hay que hacer es que los jueces actúen con criterios internacionales. Así lo han hecho en París, donde a un juez lo llevo el poder judicial para que fuera durante diez años jefe de la asesoría jurídica de la Cámara de Comercio Internacional. Ese juez es hoy el magistrado en la Corte de Casación francesa se encarga de realizar la jurisprudencia en materia de arbitraje. Eso ha hecho que esta jurisprudencia esté en la vanguardia y que la gente quiera ir a Paris con sus arbitrajes. Tenemos que seguir esa línea en España”.

Otero-Novas: “Este asunto que explica Bernardo se resume en que en nuestro país no siempre es fácil que se comprenda y respete la iniciativa privada en muchos ámbitos, no solo en el del arbitraje. El concepto de orden público se extiende a demasiados ámbitos, lo que genera una dinámica intervencionista por parte de  los poderes públicos que debemos corregir”. 

A su juicio, “en el arbitraje vemos que en ocasiones también falla ese  entendimiento entre aquello donde debe entrar el  poder público, en este caso jurisdiccional,  y la iniciativa y la autonomía privada; pero este fallo es subsanable con buena voluntad de todos los que participamos en el mundo del arbitraje”.

Para esta jurista “ habría que ver si tendría sentido radicar determinadas competencias en materia de arbitraje de nuevo en el Tribunal Supremo, donde los jueces están acostumbrados a la dinámica de la casación, , en la que el juez se auto limita y no revisa todo lo actuado en la instancia, sino que se ciñe al examen de unos determinados motivos tasados”.

«Tenemos una Ley de Arbitraje que, máxime tras los cambios del 2011, es homologable a las más modernas, tenemos también un cierto ecosistema y debemos arrancar», afirma Otero Novas. Foto: Luis Javier Sánchez/Confilegal. 

A este respecto, Cremades recuerda que “los primeros pasos de la ejecución de los laudos en España estaba encomendada a la Sala Primera del Supremo. En aquel momento su jurisprudencia era protectora del empresario español. Denegaba por este motivo la ejecución de los laudos extranjeros en España por este motivo”.

«Este tema lo solucionamos con una reunión en la Escuela Judicial con estos magistrados e invitamos a Pierre Bellet a la sazón primer presidente de la Corte de Casación francesa, su primer presidente. Ahí les explicó cómo deberían afrontar el tema del arbitraje aplicando el tratado de Nueva York de 1958″.

Semanas después el magistrado Beltrán de Heredia fue ponente de un auto que cambio de forma notable la jurisprudencia española decía que “la misión del Tribunal Supremo era que se garantizase el estado del Derecho ejecutando los laudos extranjeros. Este camino hay que seguirlo y mantener un contacto más fluido con los magistrados correspondientes».

Desarrollo Centro Internacional de Arbitraje en Madrid

En los próximos días estará operativa esta nueva institución donde participan la Corte Española de Arbitraje, la Corte Civil y Mercantil (CIMA) y la Corte de Arbitraje de la Cámara de Madrid.

Nuestros interlocutores lo ven como un paso adelante para que nuestro país tenga más peso específico en el mundo del arbitraje.

Cremades: “Es una iniciativa muy interesante que también puede hacer que se proyecte en América Latina, como cualquier otra entidad de este tipo debe contar con el respaldo judicial adecuado. Al mismo tiempo hay mucha empresa española de infraestructura y energía en el Golfo Pérsico y Norte de Africa que podría utilizar esta entidad arbitral. El principal activo de un centro de arbitraje es contar con una solución jurídica segura y seria de los litigios”.

Otero-Novas: “Debería ser una plataforma que sirviera para plantear este debate de una forma más seria. Ya está creado el Centro y ahora habrá que ver como se pone en marcha. Es el momento de un nuevo diálogo con el mundo judicial y los decisores. La iniciativa ha sido respaldada por diferentes gobiernos y ahora nos falta cerrar adecuadamente el entendimiento con el poder judicial para definir bien cuál habrá de ser su papel en el desarrollo del arbitraje”.

El futuro del arbitraje doméstico en nuestro país

Otra cuestión que nuestros expertos abordan es el arbitraje doméstico o interno con menor importancia que el arbitraje internacional. En esta parte de la conversación surge diseñar un modelo de arbitraje, menos costoso y más rápido para la pyme.

Cremades: “El procedimiento específico para pymes es muy actual. Está funcionado en la CCI de Paris en asuntos de poca cuantía. Lo que se promueve es que sean árbitros únicos quienes lleven esos temas y que sean jóvenes para que desarrollen el arbitraje en estos temas. La regulación es más rápida y concisa que los arbitrajes comerciales normales”.

La solución podría verse en menos de un año.

Otero-Novas: «En España se llama procedimiento abreviado en diferentes instituciones arbitrales se tiene. Falta ahora desarrollar la cultura del arbitraje para que este tipo de iniciativas se conozcan. La Corte Española y otras cortes similares tienen la obligación de difundir este servicio y sus características entre sus asociados. Está en el origen de las propias Cámaras de Comercio en sus inicios, las antiguas cofradías de comerciantes, que ya buscaban resolver sus conflictos de forma privada y eficiente”.

Respecto al futuro del arbitraje, “se ha avanzado mucho en estos últimos veinte años. Es más conocido el fenómeno del arbitraje. Sin embargo hay que seguir trabajando en crear dicho ecosistema en nuestro país y que el empresario vea el real valor añadido de una solución arbitral ofrecida por unos expertos en su tema”, apunta Otero-Novas.

Por su parte, Cremades es consciente que la evolución ha sido importante.

“Hace veinte años nos tachaban de utópicos al dedicarnos al arbitraje. Ahora el arraigo es mayor y muchos jóvenes juristas quieren desarrollar su carrera en el arbitraje internacional”.

Para este jurista, esa situación “la estamos viendo en EE.UU. y en países como España el efecto es parecido a otra escala. El arbitraje ha contribuido a la enseñanza del Derecho desde los ‘moot case’, simulaciones en las universidades de casos arbitrales».

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