Condenados 9 migrantes subsaharianos a año y medio de cárcel por liderar el mayor salto ‘violento’ a la valla de Ceuta
Tuvo lugar "sobre las 6.30 horas", en el marco de "una actuación previamente planeada, con preparación anticipada de objetos e instrumentos peligrosos como hierros, cizallas, lanzallamas en spray, piedras y botes con cal viva y heces". Foto: Guardia Civil

Condenados 9 migrantes subsaharianos a año y medio de cárcel por liderar el mayor salto ‘violento’ a la valla de Ceuta

Ocurrió en la madrugada del 26 de julio de 2018, y provocó la entrada ilegal de 602 personas; 18 guardias civiles quedaron heridos
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15/10/2019 17:26
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Actualizado: 15/10/2019 17:28
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La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a un año y 6 meses de cárcel a 9 migrantes de origen subsahariano que «planificaron» y lideraron al grupo de 602 personas indocumentadas que en la madrugada del 26 de julio de 2018 saltaron la valla de Ceuta y accedieron en el territorio nacional «con fuerza contra las cosas y violencia contra las personas».

18 guardias civiles quedaron heridos en este asalto.

Se trata de la primera condena a migrantes por organizar un salto masivo a la valla de Ceuta.

La Fiscalía, la Abogacía del Estado y la asociación Independientes de la Guardia Civil (IGC) -representado por la letrada Nuria Gutiérrez de Madariaga– que han ejercido la acusación, han propuesto antes del inicio de la vista oral a los nueve acusados rebajar sus peticiones iniciales de hasta 8 años de cárcel a 18 meses de prisión por delitos de daños y desórdenes públicos, y éstos han aceptado la condena.

Según la sentencia, dictada in voce, también han sido condenados al pago de un mes de multa con cuota de tres euros diarios por 18 delitos leves de lesiones a agentes y de un año a tres euros diarios por un delito de daños.

En concepto de responsabilidad civil deberán abonar «conjunta y solidariamente» casi 11.500 euros a los guardias heridos de diversa consideración, 10.511 euros al Estado por los destrozos causados en el vallado fronterizo, cerca de 500 euros a la Comandancia local de la Benemérita por un terminal estropeado y 3.700 más a la Dirección General de la Guardia Civil por la reparación de un vehículo y la ropa y protecciones afectadas.

Según el relato de hechos probados al que ha dado lectura el presidente del tribunal de la Sección VI de la Audiencia de Cádiz, con sede en Ceuta, «sobre las 6.30 horas» y en el marco de «una actuación previamente planeada, con preparación anticipada de objetos e instrumentos peligrosos como hierros, cizallas, lanzallamas en spray, piedras y botes con cal viva y heces» se consumó la «entrada masiva» de «al menos 602 inmigrantes indocumentados procedentes de territorio marroquí» bajo el liderazgo de dos de los condenados, ‘León’ y ‘Scorpio’, con el respaldo del resto de condenados, que lideraban los «subgrupos» en que se habían dividido.

En este vídeo de la Guardia Civil, recogido por Europa Press, se pueden ver los objetos que emplearon:

«Organizaron a las personas a las que dirigían a fin de que violentaran» con los instrumentos de que disponían, «como cizallas y radiales eléctricas portátiles, facilitados por la organización», el vallado español.

Una vez en Ceuta, y «con ánimo de atentar contra el principio de autoridad y de alterar el orden y la paz social para facilitar la entrada del resto de personas que componían los subgrupos», los condenados «dieron las directrices de utilizar la violencia contra los agentes de la Guardia Civil utilizando de nuevo armas e instrumentos de carácter peligroso como lanzallamas caseros, palos, piedras, heces y productos abrasivos».

El tribunal se ha negado a aceptar que la condena quedase en suspenso atendiendo a la «organización y planificación» del salto y a los «elementos peligrosos» utilizados contra los guardias civiles y las instalaciones de protección del territorio español.

También ha valorado su «falta de arraigo» y su «ausencia de esfuerzo para reparar el daño causado».

Al tratarse de una pena inferior a dos años de prisión no se ha ordenado su ingreso inmediato en la cárcel.

Exclusivamente contra esa parte ejecutoria de la sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

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