Willy Toledo absuelto: Los insultos a Dios y a la Virgen no son delito contra los sentimientos religiosos
El actor Willy Toledo, sentado en el banquillo de los acusados en el juzgado de lo Penal número 26 de Madrid, donde tuvo lugar el juicio en el que se le acusó de delitos contra la libertad de conciencia, ofensa a los sentimientos religiosos y obstrucción a la Justicia. Por todos ha sido absuelto. Foto: Ricardo Rubio/EP.

Willy Toledo absuelto: Los insultos a Dios y a la Virgen no son delito contra los sentimientos religiosos

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01/3/2020 06:45
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Actualizado: 01/3/2020 11:41
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La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 26 de Madrid, Sonia Agudo Torrijos, ha absuelto al actor Willy Toledo del delito de ofensa a los sentimientos religiosos al considerar que los mensajes publicados en su perfil de Facebook, en los que decía «Me cago en Dios y en la Virgen», no acreditan por si solos la comisión de un delito de escarnio contra los sentimientos religiosos.

La sentencia reconoce «la falta de educación, el mal gusto y el lenguaje soez» utilizado Willy Toledo, «y que caracteriza sus publicaciones», pero subraya que «no acreditan por si solos la comisión por parte del mismo de un delito de escarnio contra los sentimientos religiosos por el que ha sido acusado».

Fue la tesis que defendió Endika Zulueta, abogado de Toledo.

«El pensamiento no delinque, y la expresión escrita o verbal del pensamiento (salvo que aliente a la hostilidad violenta contra determinados colectivos), no debe ser delito, en un país que se entienda respetuoso con los Derechos Fundamentales», declara a Confilegal el abogado.

Zulueta, abogado también de César Strawberry, vocalista del grupo rockero Def con Dos –quien fue absuelto también por el Tribunal Constitucional hace cinco días de una condena por seis «tuits» en los que ironizaba sobre la vuelta de ETA, el GRAPO y el asesinato de Luis Carrero Blanco–, considera que ambos casos son triunfos del derecho  a la libertad de pensamiento y expresión.

Tanto la defensa de Toledo como el Ministerio Fiscal solicitaron su absolución por estos hecho, al situarlos en el marco de la libertad de expresión.

La magistrada también afirma que el actor no incurrió en un delito de obstrucción a la Justicia al no presentarse anteriormente en el Juzgado, según la sentencia.

La asociación Abogados Cristianos interpuso una denuncia contra el actor por los mensajes publicados en su perfil de la red social Facebook en 2015 y 2017 y pedía 22 meses de multa para él.

Durante el juicio el actor defendió que sus palabras son «blasfemia» y no constituían delito, mientras que la acusación ejercida por la asociación Abogados Cristianos destacó que se trataba de un ataque a la libertad religiosa.

La sentencia repasa la legislación vigente en España y en la Unión Europea en este aspecto, diferentes sentencias del Tribunal Constitucional y de otros juzgados, y reitera que las dos publicaciones de Facebook de Willy Toledo iban dirigidas a sus seguidores y personas que comparten sus ideas.

«NO QUERÍA OFENDER A NADIE»

Asimismo, recoge la literalidad de las frases de las publicaciones de Toledo y, aunque reconoce que el lenguaje es «soez», reitera que no incurre en ningún delito de ofensa a los sentimientos religiosos tal y como defiende la asociación Abogados Cristianos.

En concreto, explica que el primer texto se publicó el 12 de octubre, día de la fiesta de la Hispanidad, y en él además de decir «me cago en la Virgen del Pilar», Willy Toledo también hace la misma alusión mal sonante y soez respecto de la fiesta nacional, la monarquía y sus monarcas, el descubrimiento, sus conquistadores, la conquista y «todo lo que se menea».

«Es decir resulta evidente que su objetivo no era la crítica u ofensa de los sentimientos religiosos, sino la Fiesta del doce de octubre y todos lo que implica la misma», subraya la sentencia.

Además, resalta que Willy Toledo manifestó durante el juicio que «no quería ofender a nadie, que solo quería expresar sus sentimientos y opiniones, ejercitar su derecho a la libertad de expresión».

TAMPOCO HAY OBSTRUCCIÓN A LA JUSTICIA

Por otra parte, la magistrada concluye que el actor tampoco cometió un delito de obstrucción a la Justicia.

Durante la fase de instrucción, Willy Toledo fue llamado a declarar en tres ocasiones.

Tras no acudir a las dos primeras citaciones por considerar que no había cometido «delito alguno» sino que había «ejercido su libertad de expresión», el pasado 12 de septiembre fue detenido por la Policía para asegurar su comparecencia en los juzgados.

«La incomparecencia de los acusados o investigados durante la instrucción o durante la sustanciación del juicio oral no pueden ser constitutivos de un delito de obstrucción a la justicia», dicta la sentencia.

«Esperemos que Willy sea la última persona que se sienta en el banquillo en España simplemente por expresar lo que piensa, y sea un paso más para la despenalización de los delitos religiosos y del resto de las normas mordaza que continúan vigentes en nuestro país», concluye Zulueta.

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