Sobre estas líneas, Jaime Campaner, abogado defensor de Begoña Gómez, para quien no hay caso y por lo que ha solicitado el sobreseimiento de la causa. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Como ya avanzó en su escrito de defensa el abogado de Begoña Gómez, Jaime Campaner, ha pedido el archivo de la causa

9 / 09 / 2026 00:45

El abogado de Begoña Gómez, Jaime Campaner ha pedido este martes su absolución en la audiencia preliminar del caso que instruye el magistrado Juan Carlos Peinado, el trámite que cierra la instrucción y precede a la eventual apertura de juicio oral con jurado popular por presuntos delitos de malversación y tráfico de influencias.

El planteamiento de su defensa no ha sido matizado. Campaner ha solicitado directamente el archivo de la causa.

Le ha acompañado en esa petición la defensa de Cristina Álvarez, asistente de Gómez en Moncloa y coacusada en el procedimiento, y también la Fiscalía, en la misma línea que ha venido mostrando desde el comienzo de la causa.

Frente a ese frente común, la acusación popular que ejerce Hazte Oír no ha cedido terreno: ha reclamado la apertura del juicio oral y penas de 13 años de prisión para Gómez y seis para Álvarez por malversación, aunque —matiz que no es menor— no ha pedido medidas cautelares para ninguna de las dos.

La estrategia de la defensa de Gómez ha ido más allá de negar los hechos. Campaner ha cuestionado la propia legitimación procesal de Hazte Oír, alegando defectos insubsanables en su acusación y reprochándole haber incorporado referencias a atestados policiales y declaraciones de la fase de instrucción cuando, sostiene la defensa, su escrito debía ceñirse a una narración de hechos.

Una vista aplazada, y luego retrasada otra hora

La sesión de este martes ya llegaba con una historia previa de dilaciones. Gómez y Álvarez habían pedido aplazar la vista, y el juez accedió el lunes mediante un auto citando a las partes para las 18.00 horas en los juzgados de Plaza de Castilla.

El motivo del aplazamiento inicial: Campaner, que reside habitualmente en Palma de Mallorca, tenía previsto volar el martes a Barcelona para otro proceso judicial el miércoles.

Ese viaje se canceló esta misma mañana, lo que ha permitido al letrado desplazarse a Madrid, aunque sin aterrizar antes de las 17.50 horas.

El resultado fue un nuevo desfase: la vista, convocada a las 18.00, no arrancó hasta las 19.15, coincidiendo con la llegada del abogado de Gómez, y se prolongó media hora.

Álvarez, por su parte, ni siquiera ha estado presente. Su defensa trasladó al juez por escrito que la asistente de Gómez se encuentra de vacaciones fuera de España, con regreso previsto para el 28 de septiembre de 2026, lo que —sostiene— hacía imposible su comparecencia «y más con esta premura».

Su letrado se ha reservado además el derecho a recurrir por nulidad, precisamente por la celeridad con que se convocó la vista preliminar.

El fondo: dos escritos de defensa que niegan el enriquecimiento

Peinado fijó esta audiencia una vez que tanto Gómez como Álvarez presentaron sus respectivos escritos de defensa reclamando la absolución por entender que no cometieron delito alguno.

En el suyo, Gómez ha negado haber actuado «en ningún momento» con ánimo de enriquecerse y ha rechazado que se «apropiara» del software de la Universidad Complutense de Madrid, objeto central de la investigación junto con la cátedra que codirigió en ese centro.

Ha situado además su vínculo con la UCM en 2012, años antes de que su marido llegara a la Presidencia del Gobierno, y ha negado haber utilizado su posición matrimonial para influir sobre autoridades o funcionarios.

Álvarez, en su propio escrito, ha sostenido que no intervino en el registro, la contratación, la transferencia ni la disposición del software universitario, y que se limitó a seguir instrucciones de Gómez, convencida de no estar incurriendo en ninguna ilegalidad.

Con esta vista se cierra formalmente la instrucción del ‘caso Begoña Gómez’, que llega precedida por la resolución de julio de la Audiencia Provincial de Madrid, que confirmó la decisión de Peinado de enviarla a juicio con jurado popular pero corrigió al instructor archivando dos delitos y ordenando levantar las medidas cautelares que pesaban sobre ella: retirada de pasaporte, prohibición de salir del país y comparecencia quincenal en sede judicial.

Los siguientes pasos a partir de ahora

A partir del auto de apertura, Peinado dejará de llevar el caso. El expediente pasará al Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Madrid, que nombra un Magistrado-Presidente.

Antes de fijar juicio, las defensas de Gómez y Álvarez podrán replantear ante él las cuestiones previas de la Ley del Jurado.

La más relevante: si Hazte Oír, sola y sin Fiscalía, puede sostener la acusación. Superado ese trámite empezará la selección del jurado. Se sortearán candidatos del censo madrileño, se cita a un mínimo de veinte y se celebrará una vista de recusaciones hasta completar nueve titulares y dos suplentes.

Solo entonces se fijará la fecha del juicio, algo que en este tipo de procedimientos suele tardar varios meses.

En la vista se practicará la prueba y las partes expondrán sus informes finales.

Después, el magistrado redactará el objeto del veredicto y el jurado deliberará, hecho por hecho y acusado por acusado, sobre la malversación y el tráfico de influencias.

Con ese veredicto, dictará sentencia. Cabra apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en funciones de apelación,y, después, casación ante el Supremo.

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