¿Hay ‘mano negra’ en el recurso de apelación sobre la herencia de la condesa de Torres Arias?

¿Hay 'mano negra' en el recurso de apelación sobre la herencia de la condesa de Torres Arias?

6 / 10 / 2020 11:54

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Hace un año que se interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid contra la decisión del magistrado Marcelino Sexmero, titular del Juzgado de Instrucción 4, de archivar provisionalmente la querella que tiene como elemento central la herencia de más de 1.000 millones de euros de Tatiana Pérez de Guzmán, condesa de Torres Arias y grande de España.

De acuerdo con las Memorias oficiales del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), de 2017 y 2018, el tiempo medio de resolución de los recursos de apelación en la Audiencia Provincial de Madrid se encuentra entre los 3,2 y 3,8 meses.

¿Por qué en este caso el magistrado ponente del caso, destinado en la Sección 17, José Luis Sanchez Trujillano, lleva 12 meses y todavía no hay noticias de que vaya a resolver pronto?

¿Qué le está frenando?, si le está frenando algo, me pregunto. Porque no tiene sentido.

No quiero pensar que haya «mano negra». Pero la duda me asalta, lo confieso.

En juego está la herencia multimillonaria que el 1 de octubre de 2012 dejó Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno y Seebacher, condesa de Torres Arias, marquesa de Santa Marta y de la Torre de Esteban Hambrán, cuando murió, a los 89 años, sin haber tenido descendencia. La última de un linaje que se remonta a Isabel La Católica. 

Una señora que padecía demencia senil y alzheimer y que había dejado de aparecer en público en 2003. En sus últimos años, al parecer, ya no sabía ni quién había sido.

Los querellantes del caso son Miguel Figueroa Griffith y los hermanos Borja e Ignacio Ussía Figueroa, todos ellos sobrinos segundos de la aristócrata.

Acusan de apropiación indebida, administración desleal, estafa, falsedad documental y blanqueo de capitales –casi nada– a la persona jurídica Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno, heredera universal de la condesa fallecida

También a los cuatro miembros de su cúpula directiva: Teodoro Sánchez-Ávila Sánchez-Migallón, el presidente; Rosa Oliva Oliva, la vicepresidenta –y esposa del anterior–, Manuel Gerardo Tarrío Berjano, vocal y notario; y José Marcos Picón Martín, secretario de la Fundación y también notario, ante el que la condesa hizo su testamento en 2008.

Se da la circunstancia de que la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno, que gestiona ahora su patrimonio, fue creada cinco meses antes del fallecimiento de la condesa. 

El magistrado Marcelino Sexmero comenzó la instrucción, muy fuerte, el 27 de septiembre de 2017. Ordenó periciales caligráficas de las firmas de la condesa de los ejercicios de 2007 a 2011 de las certificaciones de las cuentas anuales de Inversiones Tirema, la mercantil donde se habían concentrado todas las propiedades de la señora.

También ordenó al Centro de Cuidados Laguna, de la Fundación Vianorte, que remitieran el expediente médico completo de la condesa y una certificación de cuándo empezó a ser tratada de sus enfermedades y su patología psiquiátrica.

Para la Policía Judicial, el mandamiento fue claro: investigar los hechos, respecto de la mercantil, la Fundación y los cuatro querellados. 

Sin embargo, después de dos años, la cosa perdió fuerza y Sexmero terminó por darle carpetazo, decretando el sobreseimiento provisional del caso.

«No procede continuar con la instrucción de la causa ni practicar más pruebas, ni tan siquiera la pericial caligráfica de la firma de los documentos debitados por los querellantes, dado que no acreditado el estado de incapacidad intelectual y volitiva real de Doña Tatiana, las mismas devienen inútiles como el resto de las diligencias solicitadas», explicó Sexmero en su auto de archivo.

Esa era precisamente la madre del cordero de la querella que el magistrado vio con toda claridad cuando decidió instruir: determinar la capacidad intelectual y de decisión de la condesa y determinar si lo ocurrido después fue legal o no. 

Sexmero llegó a esa conclusión tras interrogar a los notarios imputados, Manuel Gerardo Tarrío Bejarano y José Marcos Picón Martín, por el respeto a la fe pública.

UN ARCHIVO QUE VULNERA LA DOCTRINA

Y esa es la base del recurso de apelación, consiguiente, ante la Audiencia Provincial de Madrid, que argumenta que el archivo vulnera la doctrina imperante que establece que se debe agotar la instrucción.

El magistrado debía haber llevado a cabo todas las diligencias ordenadas, antes de proceder al sobreseimiento de la causa.

Lo que no se hizo.

Del interrogatorio a la doctora Yolanda Zurrián, quien asistió a la condesa hasta su muerte, se desprendió que habían existido tres historias clínicas distintas, y que el historial clínico estaba incompleto. No constaban ni los resultados de escáner, resonancia magnética, rayos X o TAC, etcétera, que le habían hecho.

«Pruebas todas ellas definitivas para contrastar la efectiva capacidad de Doña Tatiana para la intervención en los negocios jurídicos que han sido denunciados en fechas tan próximas a su óbito y de gran trascendencia patrimonial», dice el recurso de apelación.

Tatiana Pérez de Guzmán se pasó sus tres últimos años de vida, entre 2010 y 2012, entrando y saliendo de ese centro médico.

El farmacéutico José María Bardeira Barja, cuyo establecimiento se encuentra junto al Palacio en el que residía –recluida- la condesa, en el 25 del General Martínez Campos, confirmó la expedición de numerosos fármacos para combatir el alzheimer y las enfermedades degenerativas que padecía la aristócrata. 

De acuerdo con la querella, la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno donó después del fallecimiento de la aristócrata 15 millones de euros a la Fundación Foral Amigos de la Universidad de Navarra, del Opus Dei, por una parte.

También cedió unos terrenos en la carretera de Barajas al Centro de Cuidados Laguna, dependiente de la Fundación Vía Norte, donde fue tratada la condesa, sobre los que se ha levantado la nueva sede del hospital de la Universidad de Navarra, también del Opus.

Las pruebas caligráficas solicitadas, además de las investigaciones de la Policía Judicial, son esenciales para establecer la verdad: ¿Estaba Tatiana Pérez de Guzmán en condiciones de tomar las decisiones que supuestamente tomó antes de fallecer o las tomaron otros por ella?

¿Fueron falsificadas sus firmas? 

Esto es lo que tiene que determinar la Justicia. 

Al magistrado Sanchez Trujillano, y a los dos magistrados de la Sección 17 que conformarán el tribunal,les corresponde ahora decidir un recurso de apelación que dice que se ha vulnerado el derecho fundamental a un procedimiento con todas las garantías al negar los medios de prueba pertinentes, si se ha creado indefensión por no practicar los medios de prueba solicitados, que «son oportunos útiles y pertinentes para la determinación de los hechos punibles», y si se ha vulnerado el derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas.

En esencia, que se ha vulnerado el artículo 24 de la Constitución, los artículos 777 y 852 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y el 5.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Los tres magistrados deben resolver si hay que devolver la instrucción al magistrado Sexmero, o no. 

Es un caso simple.

Normalmente, se suele tardar, repito, de 3,2 a 3,8 meses. Lo dice el TSJM.

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