Altodo reclama al Ayuntamiento de Madrid que no 'privatice' el Servicio de Orientación Jurídica municipal 'como pretendía Carmena'
También exige una «urgentísima reforma» del artículo 6 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita; en la imagen, el letrado Juan Manuel Mayllo.

Altodo denuncia que la subida en un 5% del IPREM es ‘absolutamente insuficiente’ a efectos de acceso a la justicia gratuita

Tras hacérselo saber a los grupos parlamentarios y apreciar "falta de sensibilidad" y de voluntad política, ha presentado una queja ante el Defensor del Pueblo

28 / 10 / 2020 16:32

Actualizado el 28 / 10 / 2020 16:48

La Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno (Altodo) considera «absolutamente insuficiente» a efectos de acceso a la justicia gratuita la subida en un 5% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), situándose éste en 564,73 euros al mes (tan solo 27 euros más de incremento), en contraste con la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 950 euros aprobado el pasado mes de febrero.

«Va a seguir imposibilitando el acceso a los Tribunales a una buena parte de la población», ha denunciado en un comunicado.

Altodo recuerda que el IPREM sustituyó al SMI como índice de referencia a efectos de concesión o denegación del beneficio de justicia gratuita, lo que ha supuesto que en la actualidad, y pese al incremento acordado, «queden fuera del sistema de justicia gratuita los solicitantes monoparentales que perciban más de 1.129 €/mes, las familias de hasta tres miembros que perciban en conjunto más de 1.411 €/mes, y las familias de cuatro o más miembros que perciban en conjunto más de 1.694 €/mes».

Esta asociación, que preside el letrado Juan Manuel Mayllo, afirma que esto no ocurriría si se recuperara el SMI como índice de referencia.

Sostiene que como como ya denunció el pasado 14 de abril en otro comunicado, «este amplio sector de la población seguirá privado de la posibilidad de defensa y representación gratuitas por abogado y procurador, asistencia pericial gratuita u obtención gratuita de copias, testimonios, instrumentos y actas notariales, entre otras prestaciones».

Añade que «tampoco podrá contratar profesionales de libre elección para la defensa de sus legítimos derechos e intereses, al carecer de medios suficientes, vulnerándose así en la práctica, y de facto, un derecho fundamental » como es «el derecho de acceso a la justicia en condiciones de igualdad con quienes tienen medios».

«Dicho de otro modo, una parte muy importante de la población española seguirá quedando fuera del sistema judicial, al no poder reclamar sus derechos ante los Tribunales ni mediante profesionales de oficio, ni profesionales de libre elección», apostilla.

Altodo señala que como ya dijo el pasado abril, el salario mínimo interprofesional es un instrumento para garantizar a los trabajadores y sus familias afrontar dignamente sus necesidades básicas; «es decir, son mínimos salariales indisponibles, pero no presuponen la tenencia de recursos suficientes para litigar, lo que puede predicarse, con mucho mayor énfasis, respecto del IPREM».

También recuerda que el artículo 119 de la Constitución establece que la justicia «será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar”.

Y concluye que la «ligerísima subida» del IPREM acordada por el Gobierno es «un mal remiendo que en absoluto solucionará la flagrante vulneración de este derecho fundamental que en la práctica se viene produciendo».

Por otra parte, la Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno manifiesta que la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita precisa de una «urgentísima reforma» de su artículo 6.

Reclama dicha modificación legal «a fin de incluir los aranceles notariales y registrales y los honorarios del mediador concursal y del administrador concursal dentro del contenido material del derecho, a fin de que la conocida como “Ley de Segunda Oportunidad” (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo) no siga dejando fuera del sistema a buena parte de sus destinatarios, que obviamente son ciudadanos en situación de insolvencia, que carecen de medios para costear los honorarios de dichos profesionales».

HA PRESENTADO UNA QUEJA ANTE EL DEFENSOR DEL PUEBLO 

Altodo informa que ha incrementado sus contactos con diferentes grupos políticos para trasladarles estas consideraciones, pero que ante la «evidente falta de sensibilidad y voluntad política» que dice haber apreciado en algunos de esos grupos, y que «evidencia la ridícula e inapreciable subida del IPREM recientemente acordada», se han visto obligados a presentar una queja ante el Defensor del Pueblo, que ha sido ya admitida a trámite.

Esta asociación confía en que el Defensor del Pueblo en funciones, Francisco Fernández Marugán, atienda sus denuncias y recomiende a las administraciones públicas competentes la urgente necesidad de retornar al SMI como índice de referencia a efectos de concesión o denegación del beneficio de justicia gratuita, así como de ampliar el ámbito subjetivo de aplicación del beneficio a las asociaciones sin ánimo de lucro y microempresas en situación objetiva de falta de recursos para litigar, «trágicamente incrementada a consecuencia de la crisis económica» generada por la pandemia.

También espera que Marugán recomiende a las administraciones públicas extender el contenido material del derecho de justicia gratuita a los honorarios de otros profesionales que necesariamente han de intervenir en el mecanismo de “segunda oportunidad”.

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