El TSXG confirma que la jurisdicción social es la competente en la demanda por acoso contra el fiscal jefe provincial de La Coruña

El TSXG confirma que la jurisdicción social es la competente en la demanda por acoso contra el fiscal jefe provincial de La Coruña

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21/7/2021 21:15
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Actualizado: 21/7/2021 21:15
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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), formada por los magistrados Fernando Lousada Arochena, Juan Luis Martínez López y Jorge Hay Alba, ha confirmado que la jurisdicción social, y no la contencioso-administrativa, es la competente.

Por ello, que debe devolverse al Juzgado de lo Social 1 de La Coruña la demanda por acoso laboral interpuesta por el fiscal J.A. contra su jefe, el fiscal jefe provincial de La Coruña, Javier Rey Ozores.

Así lo establece en la sentencia, de fecha de 19 de julio pasado, en la que estima en parte el recurso de suplicación del recurrente contra el auto de 18 de febrero de este año del mencionado Juzgado que confirma uno anterior, de 15 de enero, en el que todavía se consideraba competente, según informa Galicia Confidencial.

De acuerdo con el fiscal demandante,  existe, por parte del fiscal jefe provincial «una conducta de acoso, aislamiento social y laboral» hacia su persona lo que «constituye un caso de acoso o ‘mobbing’, en relación a la normativa en materia de prevención de riesgos laborales».

En la demanda interpuesta, en su nombre, por la abogada Verónica Suárez García, del despacho SF Corporación, se especifica «la responsabilidad derivada de los daños sufridos como consecuencia del incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos psicosociales –por parte del citado fiscal jefe provincial– por las lesiones y prejuicios profesionales graves, físicos, psíquicos y morales», padecidos por su cliente.

«Así como en su honor y en su imagen», añade.

La demanda por acoso laboral fue admitida a trámite por el Juzgado de lo Social 1 de La Coruña el 2 de julio de 2020.

Sin embargo, el 15 de enero de este año, una nueva titular del Juzgado, Lucía de la Fuente Séoane, se descolgó con una decisión inesperada: la jurisdicción competente era la contencioso-administrativa y no la social.

Un nuevo auto, fechado el 18 de febrero, respondiendo al recurso del fiscal demandante, ratificó la no competencia de su Juzgado.

La abogada del fiscal demandante, llegado a ese punto, recurrió dichos autos ante la Sala de lo Social del TSXG, que ahora ha rectificado la decisión de la magistrada de primera instancia.

La competencia para resolver este asunto pertenece a esta jurisdicción, con lo que anula los acuerdos tomados por el Juzgado de lo Social declarando su incompetencia.

Ahora este órgano judicial debe reanudar los trámites de la demanda por acoso laboral contra Javier Rey Ozores, fiscal jefe provincial de La Coruña.

La abogada de J.A., el fiscal demandante, solicitaba en su escrito que se declarara la responsabilidad de la Fiscalía por los daños y perjuicios causados por el fiscal provincial jefe por el incumplimiento manifiesto de la normativa de prevención de riesgos psicosociales y se la condenara, indemnizando a su cliente con 20.000 euros y la adopción de las medidas necesarias –preventivas y paliativas– para que se cumpliera la normativa infringida.

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