El abogado Javier Gómez Bermúdez, expresidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y exjuez de instrucción de dicho órgano judicial, afirmó hoy que no basta no que estén prohibidas las intervenciones telefónicas abogado-cliente, habría que prohibir también la «grabación de las conservaciones de los entornos del abogado».
«La jurisprudencia está recogiendo la recogida por arrastre. No intervengo el teléfono del abogado pero intervengo el teléfono de todo su entorno. Del entorno de sus clientes. Lo que no puedo hacer de modo directo lo hago de modo indirecto. O en diferido. Esto no se puede hacer. Está mal regulado. Hay que prohibir totalmente las comunicaciones abogado-cliente sean del tipo que sean», afirmó hoy en Bibao.
Fue durante su intervención en la mesa redonda que llevó por título «El refuerzo del secreto profesional», en la que intervinieron también sus compañeros Jesús Remón Peñalver y Cristóbal Martell Pérez-Alcalde, y que moderó Enrique Sanz Fernández-Lomana, presidente de la Mutualidad de la Abogacía, en el marco de las VIII Jornadas Juntas de Gobierno que se celebra en el Palacio Euskalduna.
«Porque una vez que el juez de instrucción ha tenido conocimiento de las conversaciones del abogado con su cliente, aunque de forma indirecta, ha podido desvelar la estrategia de defensa, ha podido desvelar otros datos periféricos. Esto es muy grave», afirmó.
«¿Qué se hace ahora? La Policía transcribe y resume las conversaciones y las entrega en el juzgado. Eso es una barbaridad donde las haya», afirmó.
«Esto muy fácil de controlar. Tecnológica y legalmente. Desde el punto de vista tecnológico, si en el preciso momento de una intervención indirecta en la que aparece una conversación con el abogado se suspende la escucha y se comunica al juez de instrucción en un plazo de 24 horas para que decida que hacer», explicó.
El sistema también tiene capacidad para bloquear el teléfono del abogado e impedir que se grabe la conversación.
«Otra posibilidad puede ser que cuando se detecte que se conecta al teléfono de un abogado, esas conversaciones vayan a otro expediente secreto que no puede oír la policía y que queda reservado a expensas del avance de la investigación. Si el en ese avance aparece un indicio sólido de que el abogado está haciendo más que el ejercicio de su profesión, entonces se podrá examinar por el juez esas intervenciones pasra comprobar datos o hechos», subrayó.
