Todo contenido generado por estas herramientas debe someterse a una supervisión humana efectiva antes de incorporarse a un procedimiento judicial. Foto: Confilegal.

El TSXG fija el primer estándar judicial sobre el uso de la IA por los abogados

21 / 07 / 2026 05:45

Actualizado el 08 / 09 / 2026 17:46

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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) fija un estándar de diligencia para la abogacía en cuanto al uso de la Inteligencia Artificial en ejercicio de la profesión.

La IA puede asistir al abogado, pero nunca sustituir su juicio profesional; por ello, todo contenido generado por estas herramientas debe ser objeto de una verificación humana efectiva antes de incorporarse a un escrito procesal.

En su auto 61/2026, el TSXG aprovecha la pieza de imposición de multas coercitivas, que condena al abogado que se inventó hasta 24 citas jurisprudenciales a pagar 1.800 euros, para construir el primer estándar judicial sobre el de la IA en el ejercicio de la abogacía.

Supervisión humana antes y después como principio básico para utilizar la IA

La sala de lo Social, formada por Luis Fernando de Castro Mejuto (presidente), Alejandro Gracia Lafaja y Pilar Carreira Vidal, se apoya en una idea central: la inteligencia artificial puede asistir al profesional en tareas de búsqueda, análisis o redacción, pero nunca puede reemplazar su criterio jurídico. Por ello, todo contenido generado por estas herramientas debe someterse a una supervisión humana efectiva antes de incorporarse a un procedimiento judicial.

El tribunal distingue, además, dos niveles de control. Un control ex ante, consistente en seleccionar herramientas adecuadas, y un control ex post, que obliga a verificar la autenticidad, exactitud y pertinencia de toda la información generada por la IA antes de utilizarla en un escrito procesal. A este segundo requisito la Sala lo denomina expresamente una «reserva de humanidad».

En opinión del tribunal, cuando el abogado renuncia a ese control y traslada al algoritmo la elaboración de la fundamentación jurídica sin comprobar el resultado, incumple el deber de diligencia profesional y puede vulnerar el principio de buena fe procesal. La responsabilidad, subraya el auto, nunca recae sobre la herramienta utilizada, sino sobre el profesional que firma el escrito.

Con esta resolución, el TSXG trasciende el caso concreto y envía un mensaje al conjunto de la profesión: la incorporación de la inteligencia artificial al ejercicio de la abogacía es compatible con las exigencias deontológicas, siempre que el abogado conserve el control efectivo sobre el proceso de elaboración jurídica y asuma plenamente la responsabilidad de cada argumento y cada cita que presenta ante un tribunal.

Multa de 1.800 euros para el abogado

La consecuencia práctica de esa falta de supervisión ha sido la imposición de una multa de 1.800 euros al letrado, al considerar la Sala que incurrió en una vulneración del principio de buena fe procesal al presentar un recurso sustentado en 24 citas jurisprudenciales falsas o inexistentes, que representaban el 75 % de las resoluciones invocadas.

El tribunal entiende que, aunque no existiera voluntad deliberada de engañar, la ausencia de una verificación mínima de la jurisprudencia constituye una quiebra manifiesta del deber de diligencia que exige el ejercicio de la abogacía.

La cuantía de la sanción tampoco es casual. La Sala explica que ha tomado como referencia el coste anual de una suscripción a una herramienta de inteligencia artificial jurídica profesional —como las que comercializan Aranzadi, Tirant lo Blanch, Lefebvre o vLex—, al considerar que el uso de cualquiera de ellas, o incluso la simple comprobación de las citas en la base de datos gratuita del CENDOJ, habría evitado las «alucinaciones» detectadas en el recurso.

Además, sitúa la multa en el tramo bajo previsto por la ley al apreciar como circunstancias atenuantes el reconocimiento de los hechos, las disculpas del abogado y la comunicación espontánea de lo ocurrido a su cliente.

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