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Marchena combatió la idea repetida una y otra vez de que la justicia española está permanentemente desautorizada por Europa: «Es falsa». La foto corresponde a un acto anterior, celebrado en ISDE. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Marchena: «España es el país menos condenado» por el TEDH según datos del Consejo de Europa

10 / 12 / 2021 06:48

Actualizado el 01 / 04 / 2022 14:33

El presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, refuto ayer la idea extendida que se tiene de que el Supremo solo aprende cuando le da un revolcón Estrasburgo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

«Es falsa», afirmó. «Las estadísticas de la web del TEDH dicen una cosa bien distinta. Demuestran que España es el Estado, de los 47 que componen el Consejo de Europa, menos condenado».

También subrayó que la labor del otro tribunal europeo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), es la de «resolver dudas sobre la aplicación del Derecho» a través de las cuestiones prejudiciales que se le plantean.

«¿Que nos equivocamos? Pues claro, faltaría más», indicó. Pero luego apostilló que el TJUE lo que hace es resolver dudas a través de cuestiones prejudiciales.

Marchena respondía así a una pregunta sobre la resolución de la justicia europea relativa a la inmunidad del prófugo expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, en la que se le advertía que el procedimiento penal, incluidas las órdenes de detención, quedaban suspendidas hasta que hubiera una respuesta a la cuestión prejudicial planteada por el instructor Pablo Llarena.

Con todo, recordó que la respuesta de la primera instancia del TJUE, el Tribunal General de la Unión Europea, sobre Puigdemont se encuadra en el marco de la fase de investigación, que tiene un protagonista –por Llarena–, por lo que pronunciarse sobre ese asunto «sería una osadía».

Pero incidió en que la idea repetida una y otra vez de que la justicia española está permanentemente desautorizada por Europa es falsa.

SOBRE LA ACCIÓN POPULAR

Marchena hizo estas declaraciones en el marco de un coloquio organizado por el Instituto de Emprendimiento Avanzado, en Madrid, en el que el magistrado valoró las ventajas e inconvenientes de mantener la figura de la acción popular, a través de la cual un ciudadano español mayor de edad puede personarse en un proceso judicial sin necesidad de haber sido perjudicado por los hechos que se enjuician.

El magistrado se mostró contrario a ella cuando se usa como «instrumento para trasladar la contienda política al proceso penal».

«Sí creo incondicionalmente en la acción popular cuando se concibe como instrumento para actuar como control de cualquier tentación inhibicionista o abstencionista del fiscal de no implicarse de forma institucional obligada en la investigación de un hecho delictivo», comentó, para sumar a esto que «si es un elemento de control de la desidia de los poderes públicos, de reequilibrio de poderes en el proceso», lo aplaude.

Marchena considera que instrumentalizar la acción popular para trasladar la contienda política al proceso penal es un error porque «los valores que se ventilan en el plano procesal nada tiene que ver con los de la contienda política».

«Lo que muchas veces hay es una profesionalización del ejercicio de la acción popular porque se rentabiliza en términos mediáticos, publicitarios», lamentó, añadiendo que sin embargo no le vale «la descalificación de la acción popular ruda sin matices».

Tras repasar los últimos acercamientos a una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para retocar la función de esa acción popular en el proceso, recordó que no se puede caer en una «descalificación radical y absoluta de la acción popular», aunque se mostró partidario de «retocar los presupuestos normativos que producen un uso patológico de la acción popular».

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