Tras el aval del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a la Ley de Amnistía, el siguiente que revisará los recursos de amparo relacionados con el procés es el Tribunal Constitucional (TC).
El órgano de garantías ha comunicado que comenzará el próximo 22 de septiembre a estudiar los recursos de amparo presentados por dirigentes del procés contra la negativa del Tribunal Supremo (TS) a aplicarles la medida de gracia que ahora cuenta con el respaldo del TJUE.
El primero en revisarse será el interpuesto por el secretario general de Junts, Jordi Turull. El resto se señalaran «en los plenos sucesivos».
Tan una semana después del aval de la Justicia Europea
El TJUE avaló la semana pasada la ley de amnistía, al establecer en dos sentencias vinculantes que la norma no choca con el Derecho de la Unión Europea, ni afecta a los intereses económicos de la UE.
El máximo órgano judicial europeo respondió así a dos de las cuatro cuestiones prejudiciales que los tribunales enviaron a Luxemburgo por sus dudas sobre la compatibilidad de la ley con las reglas de la UE; dos asuntos respecto a los que el Abogado General en su dictamen no vinculante de noviembre descartó que afectara a intereses financieros de la UE, ni que fuera una «autoamnistía», aunque esta última referencia no aparece en las sentencias.
El Constitucional accedió a estudiar los casos debido a la transcendencia constitucional y política
El Constitucional acordó el año pasado admitir a trámite el recurso de amparo presentado por Turull contra el ‘no’ del Supremo a amnistiarle la malversación del ‘procés’.
Al igual que el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva y Dolors Bassa, cuyos recursos de amparo ya fueron admitidos a trámite, Turull impugnaba dos resoluciones del Supremo: en la que se le denegó la aplicación de la amnistía; y en la que el tribunal confirmó su decisión al rechazar su súplica.
Y, de la misma forma que ellos, solicitó como medida urgente que se le dejara en suspenso la pena de inhabilitación para ejercer cargo público, que llega hasta 2030, ya que es la única que queda vigente tras los indultos a las penas de prisión.
El dirigente de Junts basó su recurso de amparo en supuestas vulneraciones del principio de legalidad penal (artículo 25.1 de la Constitución Española) y del derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 del mismo texto).
El TC accedió a estudiar su recurso de amparo al apreciar «una especial trascendencia constitucional, puesto que plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina» y porque «el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generalesÌ.