Opinión| La deliberación en el Constitucional de los recursos de amparo sobre el procés

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Esta primera sentencia de amparo a uno de los principales protagonistas del procés contendrá una doctrina aplicable al resto de amparos. Foto: EP

10 / 08 / 2026 00:04

Actualizado el 10 / 08 / 2026 00:05

El próximo 22 de septiembre está convocada la primera deliberación de los recursos de amparo que sobre el procés estan pendientes en el Tribunal Constitucional.

Se trata del recurso correspondiente al amparo interpuesto por Turull y cuya de ponencia se encarga el magistrado José Maria Macias, integrado en el sector conservador minoritario ahora en el Tribunal.

Macias propondrá así el rechazo del recurso de amparo, con el apoyo del resto de integrantes del grupo conservador.

En este caso, su ponencia no seria aceptada por la mayoría progresista del Constitucional, que es favorable a la aplicación de la amnistía al delito de malversación, al contrario que la Sala Penal del Tribunal Supremo.

Macias podría aceptar el criterio de la mayoría y redactar una nueva sentencia otorgando el amparo, sin perjuicio de mantener su discrepancia y votar en contra del fallo. Aunque lo mas probable es que la redacción de la sentencia sea encomendado por el presidente a otro magistrado o magistrada del sector mayoritario.
No es de extrañar claro está que en este primer amparo el Constitucional asuma íntegramente la doctrina contenida en todos los recursos que fueron interpuesto contra la ley de amnistía, asi como la sentencia recientemente pronunciada al respecto por el TJUE.

Esta primera sentencia de amparo a uno de los principales protagonistas del procés contendrá, en definitiva, una doctrina aplicable al resto de amparos pendientes en Domenico Scarlatti sobre el mismo tema.

La almendra del argumento por el que se van a estimar éste y los restante amparos será que la malversación del «proces,» no implicó en realidad para sus responsables un beneficio personal de carácter patrimonial al financiarlo con dinero público y no con su propio patrimonio (a lo que se refiere también el TJUE en razon a los rendimientos procedentes de la UE).

Por lo que está perfectamente incluida en el ambito de la aplicación de la ley de amnistía consitucionalmente bendecida.

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