Toros
Está fuera de sus competencias. De esta forma el TSJIB anuló el acuerdo del Ayuntamiento de Calvía de declararse municipio antitaurino. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Calviá no puede declararse municipo «antitaurino» porque no tiene competencias legales para hacerlo, según el TSJIB

11 / 10 / 2022 06:48

Actualizado el 14 / 10 / 2022 09:15

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha declarado nulo el acuerdo del Ayuntamiento de Calvià, de octubre de 2015, para declarar el municipio «antitaurino».

El recurso fue presentado por la Fundación Toro de Lidia contra la sentencia del Juzgado número 2 de Palma, que desestimaba el recurso interpuesto por dicha Fundación contra la moción del Ayuntamiento de Calvià.

A través de este acuerdo de 2015, el Ayuntamiento declaraba el municipio como «amigo de los animales y antitaurino», así como «contrario a la práctica de las corridas de toros y manifestando su voluntad de que no se celebren corridas de todos en ninguna plaza de toros de Baleares».

En el fallo de la sentencia, la Sala considera que aunque el acuerdo del Consistorio implica que no se celebren corridas de toros, «dicha celebración no depende de decisión municipal al estar fuera de sus competencias».

En este sentido, alude a la razón de anular un acuerdo de un pleno del Ayuntamiento «consistente en una declaración de naturaleza política sobre un tema que, aún siendo considerado por la mayoría de los concejales de interés para el conjunto de vecinos, no está dentro de las competencias municipales».

Ante esta sentencia, contra la que cabe recurso recurso de casación, la Fundación Toro de Lidia ha recordado que «ninguna de las ciudades o municipios que quieran declarar sus antitaurinismo tiene la capacidad legal».

«Eso es, hoy por hoy, ilegal», ha remachado el portavoz de la Fundación, Chapu Apaolaza.

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