La Comisión Permanente del CGPJ recuerda que ya advirtieron sobre estas deficiencias de la ley del «sí es sí»
El órgano de gobierno de los jueces avisó en su informe sobre el proyecto de ley de garantía integral de la libertad sexual que esto que ha sucedido podría ocurrir. Y ha ocurrido. Foto: Confilegal.

La Comisión Permanente del CGPJ recuerda que ya advirtieron sobre estas deficiencias de la ley del «sí es sí»

|
17/11/2022 06:50
|
Actualizado: 17/11/2022 05:18
|

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) emitió ayer un comunicado expresando «su más firme repulsa a los intolerables ataques vertidos en las últimas horas contra los miembros del Poder Judicial por algunos responsables políticos», en clara referencia a la ministra de Igualdad, Irene Monero, por las revisiones de pena que han hecho ya algunos jueces debido a la entrada en vigor de la ‘ley del solo sí es sí’.

Dichos ataques, añadió el CGPJ «se contraponen con el acreditado compromiso de la Carrera Judicial con la protección de las víctimas de los delitos contra la libertad sexual».

«Este tipo de actuaciones minan la confianza de las víctimas en las administraciones y, singularmente, en la de Justicia, aumentando su desprotección», subrayó.

AVISARON QUE ESTO PODRÍA OCURRIR

El CGPJ recuerda que ya advirtieron, en el informe que realizaron sobre la futura ley –hoy en vigor–, que el nuevo «cuadro penológico» suponía «una reducción del límite máximo de algunas penas.

Y concluía que ‘la reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se hayan impuesto las penas máximas conforme a la legislación vigente'».

Asimismo, hizo hincapié en que «la aplicación de la norma más favorable constituye un principio básico del derecho penal, derivado del artículo 9.3 de la Constitución Española y del artículo 2.2 del Código Penal, que establece que ‘tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena'».

En este sentido, señaló que «las resoluciones judiciales conocidas en los últimos días y dictadas como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual resultan, por tanto, de la aplicación estricta de estos preceptos por parte de los miembros del Poder Judicial, sometidos únicamente al imperio de la ley tal y como dispone el artículo 117.1 de la Constitución Española».

Noticias Relacionadas:
Lo último en Mundo Judicial